IVA de Canarias: cuál es y beneficios

El impuesto equivalente al IVA en Canarias es conocido como Impuesto General Indirecto Canario (IGIC)

Una persona calculando.

El IVA de Canarias es menor que el IVA español. Imagen: Freepik.

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Las Islas Canarias no solo gozan de un buen clima durante todo el año, sino que también disponen de un régimen fiscal diferente al resto de la península, que ofrece una serie de ventajas y beneficios a aquellas personas que quieran emprender en el archipiélago.

Qué es el IGIC

El impuesto equivalente al IVA en Canarias es conocido como Impuesto General Indirecto Canario (IGIC),pero con unos tipos impositivos más bajos que el IVA. En el caso del IGIC, y se distingue porque tiene unos tipos impositivos generales más bajos que el IVA. En el caso del IGIC, el impuesto general es del 7% mientras que en el IVA es del 21%.

Desde el año 2000, las islas cuentan con un régimen especial de baja tributación para los negocios que lleven a cabo su actividad en las islas. El IGIC abarca también el espacio aéreo Canario y hasta un radio de 12 millas náuticas alrededor de todo el archipiélago.

El impuesto, de carácter indirecto, grava las entregas de bienes y prestaciones de servicios (ventas) realizadas por empresarios y profesionales de manera habitual u ocasional, así como las importaciones de bienes cualquiera que sea la condición del importador, realizadas en las Islas Canarias

Tipos de gravamen

Concretamente, existen cinco tipos de gravámenes:

  • Tipo cero: 0% aplicable con carácter general a los bienes de consumo básico o tienen la consideración de equipamiento comunitario como, por ejemplo, agua, libros, energía eléctrica, productos de higiene femenina, material escolar, petróleo, transporte interinsular, medicamentos de uso humano, energía eléctrica, aceite, vehículos híbridos eléctricos (cuyas emisiones no excedan de 110 gramos de dióxido de carbono), vehículos eléctricos…
  • Reducido: 3% resulta aplicable a la entrega importación de bienes procedentes de la actividad industrial y a los alimentos manufacturados, acceso a representaciones teatrales, musicales, servicios de telecomunicaciones, las flores…
  • General: 6.5%. Se aplica desde el 1 de enero de 2019 (anteriormente 7%) cuando la operación gravada no esté sujeta a ninguno del resto de los tipos impositivos vigente.
  • Incrementados: 9,5% se aplica a determinados vehículos, buques y aeronaves y el tipo del 13,5% se aplica a lo que en teoría puede considerarse bienes de lujo o santuarios (cigarros puros y bebidas alcohólicas).
  • Especiales: 20% la entrega de las labores del tabaco, con excepción de los cigarros puros.

Cómo afecta el IGIC a los autónomos

Desde 2018, se creó el Régimen Especial Canario del Pequeño Empresario (REPEP), que deja exento de impuestos a aquellos autónomos con una facturación anual que no supere los 30.000 euros.

Canarias. EFE-Alberto Valdés

En líneas generales, el régimen especial consiste en que estarán exentos de facturar IGIC en sus facturas emitidas, si bien no pueden deducirse las cuotas soportadas en sus adquisiciones de bienes y servicios afectos a la actividad. Podrán acogerse a este régimen especial los arrendadores de locales y de viviendas vacacionales.

Cómo declarar el IGIC

Para declarar el IGIC hay que presentar los modelos 420, 421 y 425. Los autónomos y empresarios residentes en las Islas Canarias deben declarar el IGIC de sus operaciones a través de estos formularios para cumplir con sus obligaciones.

El modelo 420 es utilizado para la declaración trimestral (421 en caso de haberse acogido al Régimen Reducido). Mientras que para las presentaciones anuales, tanto autónomos y empresarios deben presentar una declaración recapitulativa anual bajo la forma del modelo 425.

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Raquel Navarro Pérez

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