Tebas pierde la batalla contra la piratería: Un juez rechaza multar a NordVPN por los bloqueos de LaLiga

El Juzgado de lo Mercantil de Córdoba ha desestimado la solicitud de LaLiga

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Javier Tebas, presidente de LaLiga.

El Juzgado de lo Mercantil de Córdoba ha desestimado la solicitud de LaLiga, que pedía imponer multas coercitivas a NordVPN por un supuesto incumplimiento de la orden cautelar de bloqueo dictada el pasado mes de febrero, según ha informado la empresa en un comunicado.

NordVPN ya ha había advertido con anterioridad que dicha orden no era técnicamente viable, ya que perjudicaría directamente a páginas web legítimas, tanto en España como fuera de ella.

Apenas tres meses después emitir la orden, el juzgado ha aceptado el análisis técnico imparcial que presentó el proveedor de servicios de Red Privada Virtual (VPN) y ha dictaminado que no se puede determinar que la compañía haya incumplido la orden de manera intencionada y sin justificación.

La orden exigía a NordVPN bloquear una lista de direcciones IP que supuestamente alojaban emisiones no autorizadas de La Liga. Sin embargo, los expertos técnicos de la compañía han demostrado, por un lado, que las direcciones IP objetivo están cambiando constantemente, incluso en cuestión de horas. Por lo tanto, las listas proporcionadas no se corresponden con las direcciones reales en el momento en el que se llevó a cabo el bloqueo.

Por otro lado, han constatado que el bloqueo generalizado a nivel de IP habría provocado que miles de usuarios de España y otros países se hayan quedado sin sitios web completamente legítimos.

Javier Tebas | Foto de LALIGA
Javier Tebas | Foto de LALIGA

La justicia rechaza las multas a NordVPN

Tras analizar los informes de NordVPN y de LaLiga, el juzgado encontró una disputa técnica genuina y dictaminó que las multas no estaban justificadas.

Ahora bien, a pesar de esta decisión, el proceso judicial continúa en curso, ya que se trata de una resolución procesal en fase preliminar y que no resuelve el procedimiento de fondo.

El fallo del Juzgado de lo Mercantil de Córdoba del 19 de mayo de 2026 se produce en un momento en el que se está cuestionando el bloqueo indiscriminado de IPs en España y en el resto de Europa.

En España, servicios como Cloudflare, Vercel, GitHub y Docker han estado intermitentemente inaccesibles para usuarios españoles durante los periodos de retransmisión de partidos de fútbol, mientras, en paralelo, grupos de la sociedad civil, desarrolladores y pequeñas empresas documentaban estas interrupciones. De hecho, Cloudflare tiene un proceso judicial abierto ante los tribunales españoles alegando bloqueo excesivo.

laliga

Además, el 29 de abril de 2026, el Congreso de los Estados Unidos aprobó una iniciativa no vinculante, acordada previamente entre el PSOE y ERC y respaldada por mayoría parlamentaria, que insta al gobierno a reformar la Ley de Servicios Digitales. El objetivo es «introducir el principio de proporcionalidad tecnológica e impedir que las sentencias judiciales permitan este tipo de bloqueo indiscriminado».

A nivel europeo, varios analistas de políticas públicas han comenzado a utilizar la experiencia en España como ejemplo de advertencia, comparando directamente con el sistema Piracy Shield de Italia.

Más allá de los derechos de autor, se está debatiendo como un asunto de gobernanza de internet si los proveedores de VPN, DNS y CDN deben ser involucrados forzosamente para el bloqueo a nivel de IP.

«NordVPN apoya la protección legítima de la propiedad intelectual y la aplicación de medidas efectivas para los titulares de derechos. Sin embargo, las medidas utilizadas para garantizar estos derechos deben ser proporcionadas, técnicamente sólidas y respetuosas con todos los usuarios y servicios que dependen de la misma infraestructura compartida de internet», ha indicado la compañía.

NordVPN también ha añadido que «el bloqueo masivo de IPs impuesto a proveedores de VPN carece de todos estos aspectos: no detiene a los infractores decididos, que se adaptan en cuestión de minutos, e impone costes reales a usuarios, empresas y servicios legítimos que no tienen relación con la disputa subyacente».

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