Alu Ibérica: el comité amaga con llevar a la empresa al Supremo por vulnerar el derecho de huelga

Los sindicatos estudian recurrir ante el Supremo la sentencia del Tribunal Superior de Xustiza de Galicia que rebajó la indemnización de la empresa a los empleados por "lesionar el derecho de huelga"

Decenas de personas con banderas de sindicatos y humo durante una manifestación convocada por varios sindicatos"en defensa del empleo, por un futuro industrial, contra la represión sindical en Alu Ibérica" en la plaza de Ourense de A Coruña. - M. Dylan - Europa Press

Decenas de personas con banderas de sindicatos y humo durante una manifestación convocada por varios sindicatos»en defensa del empleo, por un futuro industrial, contra la represión sindical en Alu Ibérica» en la plaza de Ourense de A Coruña. – M. Dylan – Europa Press

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El comité de empresa de Alu Ibérica ha informado este jueves de que los sindicatos estudian recurrir ante el Tribunal Supremo la sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Galicia (TSXG) que estima en parte el recurso de la empresa tras ser condenada por lesionar el derecho a la huelga en A Coruña.

El Juzgado de lo Social número 1 de A Coruña resolvió el pasado marzo condenar a Alu Ibérica a pagar una indemnización de 6.250 euros a cada uno de los miembros del comité de huelga coruñés y cada uno de los sindicatos por lesionar el derecho a la huelga. El fallo indicaba, concretamente, que la empresa había «lesionado el derecho fundamental a la libertad sindical» en su vertiente del derecho a la huelga.

Menos indemnizaciones para la plantilla

La empresa recurrió y ahora, según informa el comité de empresa, el TSXG estima en parte dicho recurso y ratifica que se han vulnerado los derechos fundamentales de los miembros del comité de huelga y de los sindicatos convocantes el 26 de diciembre de 2021 en la empresa por el despido de una compañera.

Pero en cuanto al pago de las indemnizaciones, establece la cantidad de 1.500 euros para cada uno de los tres sindicatos accionantes en suplicación (CCOO, UGT y CIG) y 3.000 euros para cada uno de los miembros del comité de huelga, mucho menos de lo asignado en un primer momento. Es por ello que las asesorías legales de los distintos sindicatos evalúen ahora la necesidad de recurrir ante el Supremo, indica el comité de empresa.

Economía Digital Galicia

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