Caso Alu Ibérica: cerco judicial por el desvío de fondos con criptomonedas tres años después de la quiebra

La Audiencia Nacional ha tumbado los recursos presentados por la exdirectiva de Grupo Industrial Riesgo, Alexandra Camacho, y el informático Antonio Fernández y los sitúa en el epicentro de la trama dedicada a desviar fondos de Alu Ibérica al mercado de las criptomonedas

Agentes de la Policía Nacional durante el control en la puerta de la fábrica de Alu Ibérica en Aviles / EFE

Agentes de la Policía Nacional durante el control en la puerta de la fábrica de Alu Ibérica en Aviles / EFE

La sala tercera de lo Penal de la Audiencia Nacional estrecha el cerco sobre Alu Ibérica por el presunto desvío de fondos a través de criptomonedas. La sala presidida por el magistrado Carlos Francisco Fraile ha desestimado dos recursos presentados por Alexandra Camacho y el informático Antonio Fernández por su posible implicación en un delito de blanqueo de capitales y de colaborar en la despatrimonialización fraudulenta de sociedades surgidas de la compraventa de las plantas de Alcoa en A Coruña y Avilés.

Tal y como figura en dos autos del pasado mes de junio a los que ha tenido acceso Economía Digital Galicia, la Justicia avanza en esta línea de investigación que fue abierta hace más de dos años por la Unidad de Delincuencia Económica y Fiscal (UDEF).

El origen de los recursos

La defensa de los dos implicados en el Caso Alu Ibérica había presentado sendos recursos contra el auto del Juzgado Central de Instrucción número 3 que dictó el sobreseimiento de Alcoa y cuatro representantes de la empresa, así como de otras tres personas respecto a esta trama. Sin embargo, el magistrado de la Audiencia Nacional ha decidido desestimar ambos recursos al entender que fueron presentados por una persona, Alexandra Camacho (exdirectora ejecutiva de Alu Ibérica) que era «la encargada de ordenar las transferencias de dinero entre las cuentas bancarias de las sociedades del grupo y, finalmente, a la cuenta de la plataforma Kraken Payward Ltd«.

El otro recurrente, el informático Antonio Fernández (estudiante de 23 años en el momento de los hechos), se limitó, de acuerdo al relato de su defensa, «a aceptar una oferta para que aportase sus conocimientos técnicos con objeto de llevar a cabo inversiones en criptomonedas». Se trata de una propuesta que «le realizó un empresario vinculado con la compra de las plantas de aluminio, no habiendo percibido remuneración alguna por su labor. El dinero extraído de las cuentas bancarias era dirigido a la plataforma Kraken Payward» sin que el investigado «tuviera nada que ver al respecto», de acuerdo a su defensa.

Este último investigado era «el encargado de administrar un blog perteneciente a la mercantil Ackerman & Schwartz [despacho incluido en la estructura de la trama y que actuó como asesor jurídico]». Además, solicitó «la apertura de una cuenta para operar con criptomonedas a nombre de GAFF, para lo cual recibió documentación de los administradores; y que gestionó un monedero de criptomonedas de la sociedad Viña y Sentido SL [una de las sociedades en el punto de mira por la Justicia]».

En este sentido, la sala tercera de lo Penal de la Audiencia Nacional considera que en el caso de este informático «concurren todos los elementos necesarios para la continuación del procedimiento». «El auto de 23 de febrero de 2025 que acuerda dicha continuación, lo hace en virtud de
los indicios (…) que apuntan a su participación, mediante la aportación de sus conocimientos técnicos sobre criptomonedas, en la operativa
diseñada por otros investigados para la inversión en la adquisición de aquellas, a través de cuentas abiertas a nombre de sociedades controladas por estos últimos, y la posterior conversión en moneda de curso legal, así como en el ofrecimiento a terceras personas, a cambio de una remuneración, de servicios para transformar dinero de origen desconocido en criptomonedas y su ulterior conversión en moneda de curso legal», recoge el auto.

El papel de Grupo Industrial Riesgo

«Todo ello -prosigue el magistrado- con objeto de invertir las ganancias obtenidas en los hechos presuntamente delictivos, realizados sin
intervención del investigado ahora recurrente, consistentes en la venta por Alcoa Inespal SL realizada el 31 de julio de 2019 por el precio un dólar estadounidense, del 100% del capital social de Alcoa Inespal Avilés SL y Alcoa Inespal Coruña SL (…) a Blue Motion Technologies AG, sociedad del grupo suizo de inversión Parter Capital Group«. Esta sociedad impulsó la creación de Alu Holding AVL Spain y ALU Holding AC 2019 Spain, que fueron revendidas menos de un año después por 13 millones de euros a System Capital Management, el vehículo inversor de Grupo Industrial Riesgo.

En esta operación se utilizó como moneda de cambio «fondos detraídos de la tesorería de las sociedades a las que pertenecían las sociedades
enajenadas». El magistrado da cuenta de la existencia de transferencias «por un importe global próximo a un millón de euros, desde las cuentas bancarias de Alu Ibérica AC Spain y Alu Ibérica AVL Spain, «ordenadas por un investigado que era administrador de estas sociedades, a cuentas suizas de empresas por él controladas, y en la despatrimonialización en beneficio propio de los investigados, una vez adquirido su control, mediante operaciones de diversos tipos, alguna de las cuales se cita a título de ejemplo, de las sociedades titulares de las fábricas de aluminio, con perjuicio de los acreedores, entre ellos los trabajadores de las empresas».

Es por ello que, ante el «elevado volumen» de los fondos transferidos y «la naturaleza de las transacciones realizadas permiten razonablemente inferir que aquel sabía o, al menos, tenía serios motivos para sospechar ese origen ilícito, no obstante lo cual, al menos a título de imprudencia, realizó actos de cooperación que condujeron a la realización de las operaciones, poniendo en riesgo el bien jurídico protegido por el delito de blanqueo, lo que obliga a confirmar los autos recurridos».

El salario «desorbitado» de Alexandra Camacho

El magistrado desestima así el recurso de apelación al igual que con la otra recurrente, Alexandra Camacho, que denunciaba la falta de concreción de hechos imputables en su contra y la Indefensión al ampliarse su imputación (blanqueo) en una resolución posterior. El magistrado aprecia indicios de «la existencia de hechos susceptibles de encaje, para el juez de instrucción, en los tipos delictivos de apropiación indebida, administración desleal, insolvencia punible, blanqueo de capitales y constitución o integración de organización criminal».

El auto da cuenta de la existencia de «la percepción de un salario desorbitado a cargo de esos fondos», lo que, a su juicio, «tiene encaje, al menos, en la tipicidad de los delitos de apropiación indebida y/o de administración desleal y de insolvencia punible, sirviendo de sustento a la decisión de continuar el procedimiento adoptado en dicho auto».

En la resolución judicial se recoge, además, que esta ejecutiva colaboró con el resto de investigados «en la mencionada despatrimonialización mediante la utilización de los fondos de las sociedades […] para el pago de gastos personales y para la percepción de un salario desorbitado a cargo de esos fondos».

Alexandra Camacho fue una de las cuatro personas detenidas en la operación que la Policía Nacional llevó a cabo a comienzos de 2021 y que incluyó registros en las plantas de Avilés y A Coruña, así como en oficinas en Madrid, Málaga y Castellón. Los otros tres detenidos fueron Diego Peris, Luis Losada y Víctor Rubén Doménech, expareja de Alexandra Camacho y presidente del Grupo Industrial Riesgo.

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