Inditex gana en el Supremo la guerra de las tarjetas regalo de Zara

El Tribunal Supremo declara nula su sentencia de octubre del año pasado y resucita la guerra judicial de Inditex contra Buongiorno Myalerta por usar tarjetas regalo de Zara como reclamo en una campaña

Tienda de Zara / Cézaro de Luca

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Inditex gana el penúltimo asalto de su batalla judicial contra Buongiorno Myalert SA. La sección primera de la Sala de lo Civil número 1 del Tribunal Supremo ha declarado nula su sentencia del pasado mes de octubre en la que desestimaba el recurso interpuesto por la multinacional gallega contra la compañía que utilizó tarjetas regalo de Zara para promocionar sus campañas de venta.

A través de un auto, el Alto Tribunal establece que se realicen «de nuevo la deliberación, votación y fallo de los recursos» tras detectar «un error notorio y directamente verificable que ha tenido incidencia en el fallo». Y es que según acredita el magistrado Ignacio Sancho Gargallo, «en la sentencia de primera instancia se rechazó la alegación de la demandada relativa al uso descriptivo de la marca y razonó, de forma expresa, que el uso de la marca por la demandada no estaba amparado como uso descriptivo por el artículo 37 de la Ley de Marcas«.

«Ese pronunciamiento -prosigue el magistrado- no fue recurrido en apelación por la demandada. Sin embargo en la sentencia de casación se afirma, de forma errónea, que en la sentencia de primera instancia se razonó que el empleo de la marca era un uso descriptivo amparado por el artículo 37 de la Ley de Marcas. Y este error tuvo una influencia decisiva en el fallo desestimatorio del recurso de casación».

Una causa judicial de hace más de una década

Es por ello que el magistrado dictamina que se lleve a cabo de nuevo la deliberación, la votación y el fallo de los recursos de Zara, que arrastra esta batalla judicial desde hace más de una década. Fue en 2010 cuando Buongiorno utilizó a la marca estrella de Inditex para promocionar la suscripción del servicio de remisión de contenidos multimedia vía SMS de Club Blinko. La compañía ofrecía la participación en un sorteo para ganar una tarjeta regalo de Zara de 1.000 euros entre todos aquellos que estuviesen suscritos al servicio (de pago) durante un mínimo de 30 días.

Esta promoción provocó que Inditex acudiese a los tribunales, en donde llegó a reclamar 400.000 euros. De esta cantidad, unos 84.000 euros se correspondían a la supuesta infracción del derecho de exclusiva mientras que los 308.000 euros restantes eran en concepto de daño causado al desprestigio de la marca.

Sucesión de varapalos judiciales

Sin embargo, Inditex había cosechado desestimaciones de sus recursos en cada una de las instancias judiciales a las que acudió. El Tribunal Supremo acordó desestimar el pasado 26 de octubre el recurso de la empresa de Amancio Ortega contra la sentencia de la Audiencia Provincial de Madrid de 2018 que, a su vez, había confirmado la decisión del Juzgado de lo Mercantil Número 2 de Madrid.

El propio Tribunal Supremo indicaba en su sentencia de octubre de 2021 que se «trataba de un uso con justa causa y conforme a los usos del comercio, en tanto que necesario para la identificación del premio, por lo que estaba dentro de los límites del derecho de marca previstos», unos argumentos que ahora deberá reformular tras declararse su nulidad.

Durante todo este periplo judicial, Inditex defendió que que los juzgados habían realizado una «errónea valoración» de la prueba, al confirmar que el premio de la promoción comercial era una tarjeta de 1.000 euros de Zara, «cuando en realidad se sortearon premios en metálico». La multinacional gallega consideraba que el error «habría sido relevante», pues permitió concluir que se hizo un uso de la marca «conforme a los usos de mercado».

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