Gómez Besteiro, sin causas pendientes con el archivo provisional de la ‘Operación Pulpo’

La titular del Juzgado de Instrucción número 2 de Lugo señala que no existe ningún indicio de las supuestas adjudicaciones irregulares de la Diputación, que presidía el exsecretario xeral del PSdeG, a empresas del propietario de Monbus

El exsecretario xeral del PSdeG José Ramón Gómez Besteiro

El exsecretario xeral del PSdeG José Ramón Gómez Besteiro. Europa Press

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José Ramón Gómez Besteiro, el que fuera secretario xeral del PSdeG y presidente de la Diputación de Lugo, despeja su futuro judicial tras el archivo provisional de la última causa que tenía pendiente: la ‘Operación Pulpo’. En ella se investigaban supuestas adjudicaciones ilícitas en el marco del ‘Programa KM0’ del organismo provincial lucense.

Besteiro decidió apartarse de la primera línea política en marzo de 2016, una semana después de que la jueza Pilar de Lara, que abrió la Operación Pulpo tres años antes, decidiera investigarlo por seis delitos durante su etapa como presidente de la Diputación.

Esta causa se sumaba a otra abierta por la misma magistrada, de la que también quedó exonerado, relacionada el paso del socialista en la Concejalía de Urbanismo de Lugo, en la que le imputaba otros cuatro delitos.

En el auto difundido por el Tribunal Superior de Xustiza de Galicia (TSXG) se detalla que el Juzgado de Instrucción número 2 de Lugo ha decretado el sobreseimiento provisional de la causa sobre estas presuntas adjudicaciones irregulares dentro del ‘Programa KM0’, con cargo a fondos propios y a los FEDER, a empresas de transporte titularidad de un directivo del Grupo Monbus.

La magistrada destaca en el auto que, por el momento, todavía no es firme la resolución del Juzgado de Instrucción número 1 de Lugo que delimita el objeto procesal de la causa ya que está pendiente de que la Audiencia Provincial resuelva un recurso de apelación contra la inclusión o exclusión de determinados hechos en el objeto del procedimiento. 

Sin indicios de criminalidad

Según indica la jueza, la formación del testimonio que motiva el procedimiento «presenta graves deficiencias» que impiden su eventual continuación. Además, la magistrada señala que, teniendo en cuenta la copia remitida al juzgado que justifica la formación de la causa, «no aparece debidamente justificada la perpetración» de delito alguno «respecto de la totalidad de los extremos remitidos». 

Así, incide en que «no permite constatar indicio alguno racional de criminalidad», al tiempo que subraya que «no consta en los informes policiales de análisis de la documental incautada (únicas diligencias practicadas, además de las declaraciones de testigos e investigados) ningún indicio relativo a los ingresos oficiales y declarados de los investigados».

Todo ello, «habiéndose realizado diversos análisis patrimoniales que no permiten inferir ningún indicio racional de criminalidad frente a los mismos».

La titular del Juzgado de Instrucción número 2 de Lugo explica que «ningún indicio objetivo de criminalidad pudo constatarse» a pesar de «la sucesiva reiteración, en diversas resoluciones judiciales a lo largo de la instrucción de la causa, de las supuestas adjudicaciones ilícitas y diversas irregularidades».

 «Irregularidades, ilicitudes y puntos sospechosos»

Con todo ello, la magistrada indica que, «a pesar del esfuerzo para intentar delimitar el objeto procesal» de la causa realizado por el Juzgado de Instrucción número 1 de Lugo, de la que era titular Pilar de Lara, «no existe un relato circunstanciado de hechos que permita a las defensas de los investigados tomar conocimiento cabal de los hechos que se les imputan».

Continúa que «se alude a ‘irregularidades’ e ‘ilicitudes’, ‘puntos oscuros’ y/o ‘sospechosos’, pero los mismos no son suficientes para configurar un juicio indiciario de responsabilidad criminal frente a los investigados ni para reputar mínimamente justificada la perpetración de delito alguno contra la Administración de Justicia».

Por todo ello, decreta el sobreseimiento provisional de la causa en un auto, contra el que cabe presentar recurso, poniendo fin a la última causa pendiente de Gómez Besteiro.

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