Competencia investiga a RTVE por pasarse con la autopublicidad

Competencia inicia un expediente sancionador contra RTVE por superar los cinco minutos de autopromoción por hora

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Radio Televisión Española (RTVE) se encuentra bajo investigación por presuntamente exceder el tiempo de autopublicidad permitido. La Comisión Nacional de Mercados y la Competencia (CNMC) anunció este lunes la apertura de un expediente sancionador a la corporación mediática estatal por superar la autopromoción máxima en sus canales La 2, Teledeporte y Canal 24 Horas.

Se trata de infracciones detectadas entre los meses de marzo y abril de 2019, cuando –según la nota de prensa de Competencia– por la razón que fuere la sociedad que gestiona el servicio público de radio y televisión posibilitó que los anuncios de sus propias producciones y programas rebosaran el máximo de cinco minutos por hora que permite la ley.

La CNMC se remite al artículo 13.2 de la  Ley General de la Comunicación Audiovisual (LGCA), que regula el tiempo de emisión dedicado a anuncios de autopromoción, y que establece: «Los prestadores del servicio de comunicación audiovisual tienen el derecho a emitir programas que informen sobre su programación o anuncios de sus propios programas y los productos accesorios derivados directamente de dichos programas».

Y añade la LGCA: «Estos programas y anuncios no se considerarán comunicación comercial a los efectos de esta Ley. No obstante, para la comunicación audiovisual televisiva, el tiempo dedicado a los anuncios publicitarios sobre sus propios programas y productos no podrá superar los 5 minutos por hora de reloj y sus contenidos estarán sujetos a las obligaciones y prohibiciones establecidas con carácter general para la publicidad comercial».

La incoación de este expediente sancionador contra RTVE, por una posible vulneración del referido artículo de la LGCA, «no prejuzga el resultado final de la investigación», matizó Competencia. «Se abre ahora un periodo máximo de tres meses para la instrucción del expediente y resolución del expediente por parte de la CNMC. CRTVE dispone de un plazo de diez días para presentar alegaciones», concluye el comunicado.

CNMC ya multó con 50.000 euros a RTVE por la autopublicidad

El inicio de un expediente sancionador contra RTVE por parte de la CNMC fue anunciado una semana después de que la misma Comisión informara de que, entre noviembre de 2018 y febrero de 2019, las cadenas La 1, La 2, Teledeporte, 24 Horas y Clan TV emitieron en varias ocasiones más de cinco minutos de autopromociones por hora de reloj.

Por esta misma razón, Competencia multó con 50.392,2 euros a la corporación pública por superar en 20 ocasiones el límite establecido por ley para la autopublicidad. Nuevamente, esto supone una vulneración del artículo 13.2 de la LGCA, asumida por el organismo regulador como una infracción leve (en este caso una veintena de infracciones leves).

RTVE dispone de dos meses para recurrir la resolución ante la Audiencia Nacional. «La CNMC recuerda que, contra esta Resolución, CRTVE podrá interponer directamente recurso contencioso-administrativo ante la Audiencia Nacional en el plazo de dos meses a partir del día siguiente al de su notificación», reza la nota de prensa del proceso sancionador.

Economía Digital

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