La Fiscalía desarma a la Generalitat en su plan para liberar a Cuixart

El órgano judicial presenta un informe al Juzgado de Vigilancia de Lledoners por el uso fraudulento del 100.2 porque se ‘reinserta’ en su propia empresa

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La Fiscalía de Barcelona rechaza la aplicación del artículo 100.2 vigente desde el pasado jueves 13 de febrero para Jordi Cuixart, que le permite estar fuera de la cárcel 9,5 horas cinco veces a la semana para trabajar. El presidente de Òmnium Culturalcondenado por sedición por el Tribunal Supremo, va a invertir ese tiempo en para ir a trabajar a su empresa Aranow —ubicada en un polígono de Sentmenat (Barcelona) y dedicada al diseño y producción de maquinaria industrial— y a las tareas de voluntariado durante dos tardes en un centro de jóvenes en riesgo de exclusión social en Badalona.

La Fiscalía rechaza esta semilibertad para Cuixart al considerar que el 100.2 es “excepcional” y que siempre está asociado a la reinserción del interno en la sociedad. Es por eso que defiende que su tratamiento debería orientarse a “enseñar” al presidente de Òmnium a “respetar la ley” y que “solo se puede conseguir aquello que se desea utilizando los mecanismos legales”. Por ello, ha presentado un informe al Juzgado de Vigilancia Penitenciaria —quien debe decidir sobre la aplicación o no de este artículo del reglamento penitenciario—, indicando que el Ministerio Público se opone a la concesión de esta situación de semilibertad de Cuixart.

Tal y como ya ha recalcado en otras ocasiones en que Cuixart solicitaba permisos para salir de la cárcel, la Fiscalía considera que el interno no se ha arrepentido por los hechos que fueron objeto de condena. Además, advierte de que, solo cuando se admite la responsabilidad del delito cometido, el peligro de recaída en otros episodios delictivos “se aleja de manera rotunda”.

«Es evidente que en ningún caso se concedería un permiso a un interno que en relación al delito cometido manifestase que lo volvería a hacer en las mismas condiciones y por las mismas vías, máxime teniendo en cuenta la gravedad del delito y de la pena, de 9 años de prisión, propia de delitos tales como el homicidio, agresión sexual con penetración o salud pública», apuntaba la Fiscalía a finales de enero al oponerse a la salida de 72 horas de la cárcel solicitada por Cuixart.

Y otro de los principales motivos para que el órgano judicial se oponga al permiso es la consideración de que trabajar en su empresa de diseño de maquinaria industrial y hacer voluntariado en un centro de jóvenes no influirá en el tratamiento de Cuixart ya que no tiene “déficit” en el ámbito sociolaboral. También remarca que se aplica el 100.2 a Cuixart con “gran amplitud horaria” y de forma demasiado temprana en el transcurso de la pena.

“Cuando se trata de delitos considerados graves como el aquí analizado, la pena ha de identificarse por la sociedad y por el afectado como una sanción efectiva, a fin de mantener la confianza en el Estado de Derecho y el buen funcionamiento de la Administración Pública”, subrayó la Fiscalía haciendo referencia a los nueve años de prisión impuestos a Cuixart por sedición.

Los demás líderes independentistas también podrían obtener la semilibertad

El Ministerio Público apunta que la interpretación que hace la Junta al aplicar este 100.2 es una “forma espuria de otorgar una clasificación en tercer grado” ya que existe “falta de reconocimiento del carácter delictivo de su conducta” ante la gravedad de la pena.

El informe fiscal también detalla que el artículo aplicado  “no influirá de forma positiva en las carencias tratamentales del interno” ya que con su concesión, “facilitando el trabajo del penado en el exterior en una situación equivalente al tercer grado, no se produce ningún efecto tratamental, más allá de una genérica alusión a su proceso de inserción social, familiar y laboral ya iniciado”.

Òmnium Cultural, tras el escrito de la Fiscalía, acusó al Ministerio Público de querer “reeducar” y cambiar la ideología de Cuixart, además de considerar que el fiscal sigue “intentando coartar su libertad de pensamiento y el ejercicio de derechos fundamentales”.

La junta también aplicó ese artículo al expresidente de la Asamblea Nacional Catalana (ANC) Jordi Sànchez. Y este miércoles, el mismo órgano de la cárcel de Mas d’Enric (Tarragona) concedió el 100.2 a la expresidenta del Parlament Carme Forcadell.

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