El Constitucional admite el recurso del Gobierno contra la ley catalana de alquileres

El Ejecutivo alegó que esta ley podría vulnerar las competencias del Estado en materia de legislación procesal

El ministro de Política Territorial y Función Pública, Miquel Iceta, en la sesión de control al Gobierno en el Senado, el 23 de marzo de 2021 | EFE/JCH/Archivo

El Constitucional admite a recurso el recurso del Gobierno contra le ley catalana de alquileres./ EFE

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El Tribunal Constitucional (TC) ha admitido a trámite el recurso del Gobierno contra el decreto-ley del Govern que se aprobó en el mes de septiembre.  Así lo ha decidido el pleno, que ha dictado una providencia por la que acuerda trasladar la demanda del Ejecutivo al Congreso, Senado y al Parlament catalán para que puedan personarse en el proceso y formular las alegaciones que estimen convenientes.

Esta norma tenía como objetivo poner freno a los desahucios y garantizar que los grandes tenedores -propietarios de diez inmuebles o más- ofrecieran alquileres asequibles a las personas más vulnerables. Sin embargo, el Gobierno central la recurrió porque no logró alcanzar un acuerdo con la Generalitat para modificar el texto legal.

El Ejecutivo alegó que esta ley podría vulnerar las competencias del Estado en materia de legislación procesal. “Si una ley autonómica vulnera el marco competencial, yo tengo políticamente, moralmente y legalmente la obligación de presentar ese recurso”, expuso entonces el ministro de Política Territorial, Miquel Iceta. 

No obstante, como gesto a su socio catalán, ERC, los de Pedro Sánchez decidieron no pedir directamente la suspensión

ERC, Junts, En Comú y la CUP, a favor de la norma

Esta ley, que limita los precios de los alquileres, fue aprobada el año pasado en el Parlament con los votos favorables de JxCat, ERC, En Comú Podem y la CUP, impulsores de la norma junto al Sindicat de Llogaters y la Generalitat.

La norma obligaba a los grandes propietarios a “acreditar” que se ha ofrecido al inquilino un alquiler social antes de poder iniciar el proceso de desalojo y contemplaba la obligación de congelar o bajar el precio de los alquileres si se detectan zonas con “tensión” residencial en las 60 ciudades catalanas que suman más de 20.000 habitantes.

Salvador Illa, Pere Aragonès y, Jordi Puigneró en el Parlament. EFE/Enric Fontcuberta

Según el texto, son personas y familias vulnerables quienes viven «una situación de vulnerabilidad acreditada ya antes de la pandemia»; «quienes ocupan el piso donde viven desde antes de junio de 2019 sin título habilitante»; a quienes se le ha extinguido «el contrato de alquiler con un gran tenedor» y «personas o unidades familiares vulnerables con dificultades para pagar las cuotas hipotecarias».

En el caso de que las personas afectadas hubieran ocupado un piso de un gran tenedor entre julio de 2019 y el 25 de octubre, si acreditan la situación de vulnerabilidad se les suspende el desalojo, aunque «en este caso no es obligatorio ofrecerles un alquiler social», señaló la Generalitat.

PSC, Ciudadanos y PP se opusieron por la vulneración de competencias estatales. De hecho, los populares se adelantaron al Gobierno y fueron los primeros en recurrir la norma.

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