El Supremo ratifica que las obras de Sijena se quedan en Aragón

Los magistrados certifican la nulidad de la venta de las obras a la Generalitat de Cataluña, y apoya su regreso a Huesca

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El Tribunal Supremo certifica que las obras del Monasterio de Sijena se quedan en Aragón. El alto tribunal ha desestimado los recursos interpuestos desde Cataluña contra la sentencia de la Audiencia de Huesca, que declaró la nulidad de la venta de de las 97 piezas a la Generalitat y el Museu Nacional d’Art de Catalunya (MNAC).

La sentencia, que tiene más de 130 páginas, considera nulos los contratos de compraventa al tender que la titular fue una persona jurídica «diferente e independiente de la que actuó como venderora». La decisión de la Sala Primera reconoce «la especial complejidad jurídica del litigio«.

La entidad jurídica que formalizó la venta –la Real Orden del Monasterio de Sant Joan de Jerusalem de Valldoreix– era una entidad distinta a la propietaria efectiva de las obras religiosas de arte –la Real Orden del Monasterio de San Juan de Jerusalén de Sijena–. El juzgado determinó que se tenían «una personalidad jurídica independiente».

Según la interlocutoria, los bienes formaban parte de un tesoro artístico del Monasterio de Sijena en la fecha donde fue declarado Monumento Nacional. Eso significa que el régimen de protección propio de la declaración «se tiene que extender también a este tesoro artístico».

Obras sustraídas sin autorización de la Dirección General de Bellas Artes

En la anterior sentencia, la Audiencia provincial rechazó todos los argumentos planteados por las instituciones catalanas en sus recursos. Los magistrados estimaron, igual que la jueza de primera instancia que juzgó el caso, que las pinturas estaban «en precario» en el MNAC y sin título de propiedad.

El tribunal dio validez a lo manifestado por los peritos en ese juicio, que admitieron que las pinturas pueden trasladarse sin sufrir daños, al contrario de lo que alegaban desde la parte catalana. La posibilidad de realizar la traspaso dejaba abierta la opción de solicitud de ejecución de la sentencia desde Aragón.

Las pinturas murales fueron arrancadas de los muros de la Sala Capitular al comienzo de la Guerra Civil por el funcionario catalán Josep Gudiol a instancias de la Generalitat, pero sin ninguna autorización ni de la Dirección General de Bellas Artes ni de las monjas propietarias.

Sergi Ill

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