La Junta Electoral avala el voto presencial de los contagiados en las elecciones catalanas

El organismo arbitral avala la 'hora Covid' de la Generalitat y señala que el voto por correo ha crecido un 300% en Cataluña

Operarios de los Talleres Municipales del Ayuntamiento de Barcelona trabajan en el almacén donde se guarda el material electoral que se usará en las elecciones catalanas del 14 de febrero y ha comenzado a distribuirse a los colegios electorales. EFE/Enric Fontcuberta

Recibe nuestra newsletter diaria

O síguenos en nuestro  canal de Whatsapp

Los contagiados y sus contactos podrán votar presencialmente en la jornada electoral del próximo 14 de febrero. La Junta Electoral Central (JEC) ha acordado este jueves desestimar el recurso de un ciudadano, que pedía que se prohibiera votar a los positivos en la contienda electoral catalana.

La JEC ha considerado que «tanto la administración electoral como las autoridades sanitarias y gestoras del proceso electoral han adoptado un conjunto de medidas para facilitar el voto no-presencial» con el objetivo de «garantizar la seguridad en los colegios electorales».

Para justificarlo, el organismo arbitral ha remarcado que el voto por correo ha crecido un 307% con respecto a las últimas elecciones catalanas. Además, ha destacado el dispositivo de la Generalitat para una franja horaria: de 19:00 a 20:00 horas, con el objetivo de que voten las personas en cuarentena, y prevé el uso de EPIs por parte de miembros de las mesas.

«Privar del derecho de sufragio en cuarentena resulta imposible»

«Privar del derecho de sufragio a los ciudadanos que se encuentren en cuarentena y que no hayan solicitado el voto por correo (…) no solo excede de las competencias de la Junta Electoral Central sino que además resulta de imposible o muy difícil control», explica la Junta en su exposición para rechazar el voto.

La JEC ha explicado que «el riesgo de contagio no es mayor que el de cualquier otra actividad no esencial permitida» en Cataluña. Además, la decisión del organismo arbitral ha coincidido con la relajación de medidas, que permitirán la movilidad entre comarcas –en lugar del municipal actual– y más horas de bares abiertos.

Además, la Junta Electoral cree que una suspensión del derecho al voto en una persona enferma sería una violación de su posibilidad para poder votar: «El derecho de sufragio es un derecho fundamental del que no puede ser privado ningún ciudadano por la autoridad electoral».

La JEC rechaza que se amplíe el plazo del voto por correo

La JEC también ha descartado buscar mecanismos de sufragio no presenciales para personas contagiadas o contactos estrechos a partir de la fecha en que concluya el plazo de solicitud del voto por correo. Tampoco cree que sea posible ampliar el plazo de solicitud del voto por correo más allá del 5 de febrero. 

Las elecciones del 14 de febrero han generado una gran expectación a la vez que algunos retos logísticos. Las Juntas Electorales están preocupadas ante el elevado número de alegaciones presentadas para evitar concurrir a las mesas electorales: más de 20.000 personas han pedido eximirse de estar en los centros de votación.

20.000 miembros de mesas electorales presentan alegaciones

La Generalitat se ha lavado las manos, y ha asegurado que el operativo para garantizar la composición de las mesas electorales corresponde a la Junta Electoral. Además, la preocupación desde el Govern porque puedan haber problemas en las votaciones es muy bajo.

El responsable del dispositivo electoral por parte del Ejecutivo catalán, Ismael Peña-López, ha reconocido que el nivel de alerta en el departamento es “relativamente” bajo. “El riesgo de que no se constituyan las mesas es realmente muy bajo”, ha asegurado el director general de Participación Ciudadana y Procesos Electorales de la Generalitat.

Sergi Ill

Recibe nuestra newsletter diaria

O síguenos en nuestro  canal de Whatsapp