Codere se estrella en los juzgados contra Betfair

El Tribunal Supremo desestima el recurso de casación de la firma española contra su rival, a quien acusaba de competencia desleal

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Por si en el sector del juego no hubiesen suficientes incendios, Codere suma preocupaciones en los juzgados. La compañía española propiedad de fondos extranjeros, cuya situación económica es límite desde hace tiempo, ha perdido su último recurso en los juzgados contra su rival Betfair, a quien acusaba de competencia desleal. La firma fundada por la familia Martínez Sampedro inició una batalla legal con su competidor hace años porque entendía que actuaba de manera ilegal al prestar servicios de juego online en Internet a los residentes en España desde Malta, con una licencia expedida en dicho Estado.

La compañía española pedía condenar a Betfair, concretamente a sus sociedades Betfair Group Plc y Betfair International Plc, a abonarle solidariamente más de 11 millones de euros en concepto de daños y perjuicios. También querían que abonaran 2.776 euros por cada día que desarrollaron actividades de juegos de azar y apuestas ofrecidas con su licencia maltesa usuarios situados en España.

Codere siempre defendió que la supuesta infracción de Betfair había mermado su actividad en el sector de las máquinas AWP (las tragaperras) y había permitido a Betfair una ventaja competitiva en la actividad de juegos por internet, porque se había anticipado a Codere en la comercialización de estos servicios en el canal online.

Codere afirmó que la actividad de Betfair en internet perjudicó a su división de máquinas ‘tragaperras’

El conflicto ya se resolvió en un primer momento a favor de Betfair. El Juzgado Mercantil de Madrid consideró que Betfair no desarrolló una actividad ilícita ni tampoco desleal con anterioridad a la plena aplicación de la última ley del juego (Ley 13/2011). El motivo, muy simple: con anterioridad a la entrada en vigor de dicha ley no había una prohibición general de la prestación de servicios de juegos de azar, al igual que tampoco existía ninguna norma alguna que contemplara la prohibición de la prestación en España de los servicios de juego online.

La ley de regulación del juego comenzó a implementarse de verdad en junio del año siguiente, 2012, y sirvió sobre todo para poner barreras a los adictos al juego que se lanzaban a la ventana de las casas de apuestas digitales. Se decidió, por tanto, que los operadores online deberían tener licencia para operar en España y estar así bajo la lupa de Dirección General de Ordenación del Juego (DGOJ).

Codere consiguió en 2012 que el Supremo declara la actividad online de Pokerstars en España como ilegal

Tanto en la sentencia de los juzgados mercantiles como en esta última del Supremo se reconoce que la situación que existía era de alegalidad y que, además, «la voluntad del legislador y de las administraciones públicas siempre fue la de consentir la prestación de servicios de juego online en España». De hecho, Betfair, al igual que el resto de operadores, venían prestando el servicio en el mercado español desde hacía años sin recibir ninguna sanción administrativa. Ahora mismo, de acuerdo a datos de la DJOG consultados por este medio, 79 operadores del juego tienen licencia para operar en España. 

La última bala que le quedaba a Codere era la sentencia que en 2012 falló parcialmente a su favor y en contra de Pokerstars. La compañía española consiguió que el alto tribunal declarara ilegal la actividad de la comunidad de póker online PokerStars en España hasta 2012 al considerar que operó sin la autorización exigible, pero eximió a la compañía de indemnizar a sus competidores. El juez, como en las sentencias anteriores, entendió que su conducta «no solo no fue aislada, sino que estaba generalizada y plenamente tolerada por las autoridades administrativas».

En este caso (el de Betfair), sin embargo, el juez no quiso comparar un caso y otro. «La demandada en aquel litigio (Pokerstars) ofertaba la actividad de juego online desde la Isla de Man. Tal actividad era organizada y ofertada por una sociedad constituida conforme a las leyes de la Isla de Man y con domicilio social en la misma. Tal circunstancia excluía la aplicación de la normativa comunitaria en materia de libre circulación de servicios».

Fue ese motivo por el que el juez consideró que la situación de este litigio era diferente, «pues Betfair prestaba servicios de juego online, que ofertaba en Internet a los residentes en España, desde Malta, que, a diferencia de la Isla de Man, sí es un Estado miembro de la UE, en el que es plenamente aplicable la libertad de prestación de servicios (art. 56 del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea).

Pelea también contra Bwin

La cruzada de Codere no fue únicamente contra Betfair. En 2011, la compañía controlada entonces por la familia Martínez Sampedro presentó una demanda contra Bwin y el Real Madrid por presunta competencia desleal. Sus razones eran muy similares: publicidad ilícita de juegos de azar y apuestas online.

La demanda defendía que la publicidad y la promoción que desarrollaban casa de apuestas y equipo de fútbol no estaba autorizada por la administración competente, por lo que ambos (el Real Madrid como cooperador) vulneraban la Ley 31/1991 de Competencia Desleal.

Cristian Reche

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