Europa no compensará a los afectados del Popular

La JUR decide de forma preliminar que no es necesario pagar a los accionistas y acreedores afectados por la quiebra de Banco Popular

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Europa se desentiende de las reclamaciones de los afectados por la quiebra de Banco Popular. La Junta Única de Resolución (JUR) decidió de forma preliminar que no hace falta compensar a los accionistas y acreedores afectados, puesto que, según su último informe, hubieran perdido más dinero en un proceso de insolvencia normal y no al incorporarse al paraguas de Banco Santander por un euro.

«El informe de valoración llega a la conclusión de que bajo procedimientos normales de insolvencia, las pérdidas generales habrían sido sustancialmente mayores que las pérdidas que se realizaron», explicó este lunes en un comunicado el organismo europeo.

La autoridad presidida por Elke König señaló que con una liquidación ordinaria, los afectados habrían perdido el 100% de sus derechos. De hecho, según Deloitte, el menoscabo para los acreedores habría sido de entre 23.400 millones de euros, en el mejor de los casos, y 34.100 millones, en el peor. Por contra, la resolución final terminó por costarles 11.400 millones.

A 18 meses vista, el escenario que refleja la ley concursal española, los acreedores y accionista habrían perdido el 100% de su inversión y los acreedores no asegurados se hubieran quedado sin entre el 33% y el 54% de sus derechos, mientras que con la resolución de la JUR no quedaron afectados. 

Un juez decidirá sobre la quiebra de Banco Popular

El mismo informe señala que los números rojos también habrían golpeado el Fondo de Garantía de Depósitos, que habría tenido que pagar entre 1.800 y 2.200 millones de euros para compensar todos los depósitos de menos de 100.000 euros de la entidad. «De este informe de evaluación se deduce que no hay diferencia en el trato real de los accionistas y acreedores afectados y el trato que habrían recibido si la institución hubiera estado sujeta a procedimientos de insolvencia ordinarios en la fecha de resolución», justificó el organismo.

No obstante, la decisión final no depende de la JUR, sino de un juez, que se posicionará una vez los afectados hayan expresado su respuesta a la autoridad europea. 

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