Hasta 340 euros menos para miles de trabajadores por nueva disposición del BOE
Los trabajadores que cumplan los requisitos estipulados por la legislación vigente podrán optar a un beneficio fiscal al presentar la Declaración de la Renta
Buenas noticias para los trabajadores que cobran el Salario Mínimo Interprofesional (SMI). El motivo es la entrada en vigor, tal y como recoge el Boletín Oficial del Estado (BOE), de un cambio fiscal en la nómina que exime del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF) a quienes perciben la remuneración mínima exigida por ley.
Los empleados que perciban un salario anual que oscile entre los 16.576 euros y 18.276 euros podrán beneficiarse de la deducción al presentar la Declaración de la Renta
Concretamente, podrán beneficiarse de la medida los empleados que perciban un salario anual que oscile entre los 16.576 euros, lo que implica una remuneración de 1.184 euros mensuales distribuidos en 14 pagas, y 18.276 euros. Los trabajadores con este sueldo, tendrán derecho a deducirse 340 euros al rendir cuentas con el fisco en la declaración de la renta.
Quién puede beneficiarse
Dos de cada diez personas que cobran el salario mínimo han experimentado retenciones del IRPF en su nómina, lo que implica que se hayan visto afectados medio millón de empleados, fundamentalmente, solteros y sin hijos. A través de la enmienda de Hacienda, se persigue que los perceptores de la remuneración mínima queden exentos de pagar el impuesto.
Las personas interesadas en obtener la devolución es fundamental que el contribuyente presente la Declaración de la Renta correspondiente a 2025. Foto: Freepik.
Un factor a tener en cuenta es que para obtener la devolución del importe retenido es fundamental que el contribuyente presente la Declaración de la Renta correspondiente a 2025 en la campaña del próximo año.
Cómo se calcula la deducción
La deducción será de 340 euros anuales cuando los rendimientos sean inferiores al SMI de 16.576 euros y se irá recortando de forma paulatina hasta los 18.276 euros. Sin embargo, quienes perciban una remuneración comprendida entre las dos cantidades, deberán restar a esos 340 euros el resultado de multiplicar por 0,2 la diferencia entre los rendimientos íntegros del trabajo y 16.576 euros anuales.
La deducción será de 340 euros anuales cuando los rendimientos sean inferiores al SMI de 16.576 euros y se irá recortando de forma paulatina hasta los 18.276 euros
Consecuentemente, un trabajador con un sueldo anual de 17.200 euros obtendría una reducción fiscal de 215,20 euros, después de multiplicar 624 euros (la diferencia con el SMI) por 0,2 y restarle 340 euros.
Impacto sobre la nómina
El Gobierno ha optado por no subir el umbral mínimo exento del IRPF, por lo que se conserva el del año pasado. Sin embargo, el importe exento se aplica a ingresos anuales inferiores a 15.876 euros anuales, un importe que no alcanza el nuevo salario mínimo, que desde este año se encuentra fijado en los 16.576 euros.
El importe exento se aplica a ingresos anuales inferiores a 15.876 euros anuales, un importe que no alcanza el nuevo salario mínimo. Foto: Freepik.
Con la introducción de la nueva deducción en la cuota del IRPF, los asalariados que cobran el salario mínimo o una cantidad inferior no tributarán durante este año, siempre y cuando presenten la Declaración de la Renta.
Los asalariados que cobran el salario mínimo o una cantidad inferior no tributarán durante este año
El Ejecutivo se ha decantado por esta fórmula, puesto que según las estimaciones de Hacienda, elevar el mínimo exento del IRPF hasta la cuantía anual del salario implicaría un coste de entre 1.700 millones de euros y 2.000 millones de euros.
Elevar el mínimo exento del IRPF hasta la cuantía anual del salario implicaría un coste de entre 1.700 millones de euros y 2.000 millones de euros. Foto: Freepik.
La menor recaudación por subir el umbral mínimo exento al nuevo SMI no solo estaría ligada a lo que Hacienda dejaría de ingresar por eximir del IRPF a los perceptores del salario mínimo, sino también por los ajustes en el impuesto para no perjudicar a las rentas más bajas.
La subida del mínimo exento del IRPF al SMI en años anteriores también ha beneficiado a los salarios próximos a dicho salario. En caso contrario, se desencadena un error de salto que conlleva el pago de retenciones más elevadas.
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