Los sindicatos presionan para que el Gobierno les dé más protagonismo con la reforma del despido

CCOO presiona para que la reforma del despido, que el Gobierno abordará después del verano, refuerce su intervención en los procedimientos individuales y colectivos, además de encarecer las indemnizaciones

Los secretarios generales de CCOO, Unai Sordo (2i), y UGT, Pepe Álvarez (3d), encabezan la manifestación por el Primero de Mayo. EFE/Fernando Alvarado

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Los sindicatos presionan para que la reforma del despido que el Gobierno va a abordar después del verano les dé más protagonismo a las centrales en los procedimientos individuales y también en los colectivos, además de abordar otros asuntos como la subida de las indemnizaciones, que deberían ser «reparativas y disuasorias».

Esas son algunas de las conclusiones que el sindicato CCOO y la Fundación 1 de Mayo presentaron este viernes en el Congreso de los Diputados, coordinadas por el catedrático de Derecho del Trabajo y de la Seguridad de la Universidad de Castilla-La Mancha, Antonio Baylos. El despido, que no se abordó en la reforma laboral de 2021, tiene que ser retocado ahora mismo por compromiso del Gobierno, ya que tanto PSOE como Sumar se comprometieron a ello en el acuerdo de investidura; como por mandato europeo.

El sindicato UGT presentó una reclamación ante el Comité Europeo de Derechos Sociales, intérprete de la Carta Social Europea, asegurando que la normativa sobre el despido contravenía la regulación europea. Y, a falta de que se publique la decisión, todo parece indicar que Europa habría dado la razón al sindicato.

CCOO se sumó a posteriori con otra reclamación en ese sentido, que aún está pendiente de resolución. Y mientras, han preparado una propuesta de cómo debería encaminarse esta reforma que, a su juicio, debe aumentar su papel en los casos de despido. Por ejemplo, reforzando la «tutela» sindical en los casos individuales, con una audiencia previa a los delegados sindicales. Y también en el caso de los colectivos: reclaman que se fortalezca el derecho de información y consulta con la negociación previa a la formalización de situaciones de conflicto o la extensión de los periodos de debate y negociación, con unos tiempos «muy cortos» hoy en día.

Igualmente, pretenden que se eliminen las comisiones negociadoras ‘ad hoc’ para ser sustituidas por la intervención de los sindicatos «legitimados para negociar el convenio colectivo» en la rama de actividad.

Sobre la indemnización, la clave que reclaman los sindicatos es que sea tanto restaurativa como disuasoria. Esto es, que conlleve una cuantía mínima que se incremente «con una indemnización adicional en función de circunstancias concretas tanto relativas a la empresa y a las personas despedidas como a las especiales circunstancias del caso». En relación con este asunto se debería poner el foco, sobre todo, en la contratación temporal o a tiempo parcial, donde tiene mayor «importancia disuasoria» la indemnización por despido improcedente.

El sindicato UGT defiende un modelo similar al que hay ahora mismo en vigor en Italia, también después de una reclamación ante el Comité Europeo de Derechos Sociales, que implica un importe mínimo de seis meses que desincentive los despidos, sobre todo en los casos de contratación temporal. Tanto el FMI como el Banco de España han desaconsejado esta fórmula, ya que añadiría no solo costes a las empresas, sino también mayor incertidumbre, lo que se trasladaría a la creación de empleo.

Por otro lado, CCOO también propone que las deslocalizaciones de producción no sean causas objetivas de despido, al tiempo que se impongan normas específicas sobre deslocalizaciones para establecer un compromiso de permanencia.

El Gobierno ha aprobado esta misma semana una ‘mini’ reforma del despido, al eliminar como causa automática de extinción de la relación laboral el reconocimiento de la incapacidad permanente de la persona trabajadora, que podrá solicitar a la empresa una adaptación o un cambio de puesto.

La posibilidad de extinguir el contrato, explica Trabajo, se condiciona a la voluntad de la persona trabajadora, que podrá solicitar una adaptación del puesto de trabajo o el cambio a otro vacante y disponible, acorde con su perfil profesional y compatible con su nueva situación.

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