Portazo de Hacienda a la mejora de BBVA: el accionista de Sabadell pagará impuestos si no se llega al 50%
La exención fiscal incluida en la última oferta de BBVA por Sabadell solo podrá hacerse realidad en el caso de que la aceptación supere la mitad más uno de los derechos de voto

El presidente del BBVA, Carlos Torres (d), y el presidente de Banc Sabadell, Josep Oliu (i), durante la ceremonia de toma de posesión del nuevo gobernador del Banco de España, el 24 de septiembre de 2024.
BBVA ha incluido un beneficio en su nueva oferta por Sabadell que, en realidad, no depende de la entidad presidida por Carlos Torres.
Se trata de la anunciada “neutralidad fiscal”, una exención del pago de impuestos que van a poder disfrutar los accionistas que acudan al canje pero, y aquí viene la letra pequeña, solo en el supuesto de que la aceptación exceda el 50%.
“Cualquier escenario que suponga no superar el 50% de aceptación implicará la tributación de las plusvalías por parte de los accionistas de Sabadell”, explica Nuria Álvarez, analista de Renta 4.
Es decir, que los accionistas solo se evitarán pasar por Hacienda en el caso de que BBVA logre la ansiada mayoría de los derechos de voto, algo que el banco está lejos de poder garantizar en estos momentos.
Más bien al contrario, todo parece indicar que la nueva oferta sigue sin convencer del todo, por lo que gana enteros la po…, obligando a lanzar una segunda opa en efectivo, al precio que fije la CNMV.
Un regalo que no es tal
El problema es que, en ese supuesto, quedará anulada esa exención fiscal, tal y como adelantábamos en esta información de Finanzas.com.
José María Mollinedo, secretario general del sindicato de técnicos de Hacienda Gestha, explica más detalladamente que esto se debe al funcionamiento del régimen especial de diferimiento fiscal del canje de valores, que solo se aplica a operaciones que permiten obtener la mayoría de los derechos de voto o, si la entidad ya dispone de dicha mayoría, a operaciones que posibiliten adquirir una mayor participación.
“Así lo establece el artículo correspondiente 76.5 de la Ley del Impuesto de Sociedades y el 37.3 de la Ley del IRPF. Es una derivada del régimen de diferimiento fiscal en caso de fusión o absorción, por la cual las plusvalías no tributan mientras no se vendan esos activos”, explica Mollinedo.
Es decir, que la normativa otorga esa ventaja fiscal a las operaciones que busquen una toma de control prolongada en el tiempo, evitando beneficiar fiscalmente otro tipo de movimientos más especulativos (como, por ejemplo, una sociedad que compre una participación para venderla después con el objetivo de obtener plusvalías).
¿Qué accionistas de Sabadell deberán tributar?
Así pues, si la aceptación finalmente queda por debajo del 50%, la obligación de tributar para todos aquellos accionistas que acudan a la opa dependerá del precio y la fecha en que compraron las acciones de Sabadell.
La fecha es importante porque existe un régimen transitorio que beneficia a los accionistas más antiguos de Sabadell.
En concreto, muchos de los que compraran las acciones antes del 31 de diciembre de 1994 podrán evitarse tributar por las ganancias patrimoniales generadas hasta el 19 de enero de 2006 (siempre que el periodo de permanencia anterior a esa fecha fuese superior a 5 años).
Para el resto, es preciso calcular las ganancias o pérdidas patrimoniales generadas en la operación (básicamente, la diferencia entre el precio al que se compraron las acciones de Sabadell y el valor otorgado a las nuevas acciones de BBVA en el momento del canje, en la proporción prevista en la oferta).
Si se determina que hay ganancia patrimonial, habrá que tributar por ello en la declaración de la renta de 2025 (que se formalizará entre abril y junio de 2026), sabiendo que los primeros 6.000 euros tributan al 19% en la escala del ahorro.
Es poco probable que la operación genere minusvalías, si se tiene en cuenta el rally que llevan las acciones de Sabadell pero, en caso de que así sea, estas podrán compensarse con las ganancias patrimoniales de 2025 o de los siguientes cuatro años, según precisa Mollinedo.