¿Es fácil desheredar a un hijo?

El proceso de desheredación resulta casi imposible en España, aunque algunos juristas consideran la legítima un anacronismo legal

Recibe nuestra newsletter diaria

O síguenos en nuestro  canal de Whatsapp

El proceso de desheredación es ardua tarea y sólo en unos casos muy concretos puede llevarse a cabo. La legislación lo permite, pero sólo en condiciones y casos realmente especiales, algo que algunos juristas consideran un hecho absurdo.

Para negarle la herencia al legítimo tenedor es necesario estudiar las causas que llevan a tomar esa decisión del testador. Un motivo es atentar contra la vida del testador o de su cónyuge. Pero no es la única. Existen otras como negarle alimentos o que el heredero sepa que sus padres han fallecido de forma violenta y no lo comunique a las autoridades.

Transmisión natural a herederos

En España, los hijos heredan obligatoriamente una parte de los bienes del fallecido por naturaleza de sangre y con independencia de las voluntades expresadas en los testamentos. A diferencia de los Estados Unidos, donde la herencia se puede traspasar de manera voluntaria a personas ajenas a la familia, en el caso español los bienes personales se transmiten de forma natural a los herederos de sangre. La legítima es la figura que da cobertura a esa costumbre legal.

Según explican desde el despacho especializado Sanahuja Miranda, «cualquier persona puede disponer libremente del futuro de sus bienes cuando se dispone a realizar un testamento, por lo que puede otorgar sus últimas voluntades de forma absolutamente libre y puede nombrar heredero o herederos de sus bienes a quién considere».

Sin embargo, y a pesar de la plena autonomía del testador para efectuar el libre reparto de sus bienes mediante testamento, «la ley impone la obligación de dejar una parte del valor de la herencia a los ‘herederos forzosos’ o ‘legitimarios'».

De acuerdo con el Código Civil catalán, los hijos de un fallecido tienen derecho a la herencia legítima a partes iguales. Esta parte de la herencia no puede ser inferior a una cuarta parte (o un 25%) de los bienes que se deban repartir entre quienes tienen derecho a la herencia testamentada.

No se conocen casos de desheredación en España

«La ley no ha variado desde el siglo XIX en estos temas», asegura Luís Bravo, abogado fiscalista del bufete Cuatrecasas. Esto es así porque se redactó con la intención de evitar que personas ajenas pudieran arrebatar los legados a los herederos naturales.

Estos casos de desheredación tan extremos son «inexistentes en España», según el letrado Bravo. Sin embargo, sí que se pueden llevar a cabo otros procesos fiscales para que el vástago herede la menor cantidad posible de su progenitor.

Argucias y desventajas

Otra opción que puede barajar el testador que intenta evitar el traslado de un patrimonio a sus herederos legales es la de ingresar parte de su patrimonio en el extranjero o invertirlo en pólizas de seguro de vida. De esa forma, en caso de fallecer, los hijos se ven con más dificultades para conocer la existencia de ese patrimonio. En cualquier caso, si los herederos legítimos descubren la existencia de ese patrimonio tienen derecho a reclamarlo. 

«El régimen de las legítimas es absurdo e incentiva el estado subsidiario. Lo que tiene sentido es que el testador pueda dejar a quien desee su dinero», asiente Bravo.

Economía Digital

Recibe nuestra newsletter diaria

O síguenos en nuestro  canal de Whatsapp