La banca confía en el apoyo del BCE en su conflicto legal por el IRPH

Desde el sector descartan que el regulador les obligue a realizar provisiones específicas a corto plazo por el dictamen europeo que dañen sus resultados

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El pronunciamiento del Abogado General de la Unión Europea (TJUE) tendrá un nulo impacto económico en los resultados de los bancos a corto plazo. Desde el sector financiero descartan que el dictamen emitido por Maciej Szpunar este martes vaya a provocar exigencias de dotaciones específicas a corto plazo, por lo que los resultados de 2019 estarían a salvo. Dependerá del plazo en el que tome una decisión el TJUE y del sentido de su opinión.

«Paso a paso», apuntaban desde una entidad financiera a Economía Digital tras preguntarle si sería necesario preparar una hucha para afrontar posible responsabilidades legales. «Primero habrá que esperar la sentencia, que el juez no se ha pronunciado. Y aún asumiendo que siga el criterio del Abogado General, habrá que ver qué dicen posteriormente los juzgados sobre si en cada caso se ha informado correctamente, o no», añadían.

En esta misma línea se pronuncian otras fuentes financieras. Reconocen que aunque los reguladores (Banco de España y Banco Central Europeo) impulsan que las entidades impongan un «principio de prudencia» en este tipo de conflictos, pero también adelantan que el proceso se encuentra en una fase muy inicial y la opinión dada a conocer por Szpunar no es vinculante; por lo que realizar provisiones en este momento no sería necesario de manera generalizada. 

Los analistas de La Plaza debaten en este podcast sobre las consecuencias del revés a la banca por el IRPH

No obstante, eso no cerraría la puerta a que algunos bancos puedan, de manera individual, decidir aumentar su colchón específico para ligitios «dependiendo de su exposición particular», apuntan desde una entidad española. El tamaño de la cartera de cada banco es diferente, pero a 30 de junio ninguna entidad del IBEX había puesto en marcha un colchón específico, a pesar de que la exposición conjunta supera los 16.000 millones.

Una primera evaluación

Hasta el momento, Europa solo ha realizado un primer pronunciamiento sobre una cuestión prejudicial lanzada por el Juzgado de Primera Instancia nº 38 de Barcelona y la lectura no sería especialmente negativa para la banca. En sus recomendaciones, el Abogado General no cuestiona el índice IRPH, sino que insiste en que se analice si el indicador fue comercializado de manera transparente e insiste en que esta función le corresponde al «juez nacional».

Esta reflexión ha sido interpretada como un primer análisis de que la justicia europea no pone en duda la legalidad del IRPH, sino que quiere constatar si la comercialización de este tipo de hipotecas se hizo de manera correcta. Este punto es importante para las entidades financieras porque eliminaría el riesgo de que las hipotecas ligadas al IRPH fueran consideradas nulas. 

La Asociación Bancaria Española (AEB) así lo interpretó este martes. En un comunicado quiso resaltar que de los comentarios del Abogado General se desprendía que el IRPH no era, por si mismo, abusivo ni tampoco la cláusula que lo incorporaba a los contratos y resaltaba la siguiente reflexión «el conjunto de consideraciones anteriores me lleva a concluir que la entidad bancaria cumplió la exigencia de transparencia impuesta por la Directiva 93/13”. 

Un largo camino por delante

Para el sector financiero, más que el pronunciamiento del Abogado General, el paso clave será conocer el del TJUE, que como pronto llegaría a finales de año, pero que los afectados esperan para principios de 2020. Aunque el tribunal suele seguir en un alto porcentaje las recomendaciones del Abogado General, no son vinculantes, por lo que quedan meses de incertidumbres, tanto para la banca, como para los afectados, sobre la posición final de Luxemburgo. 

Sería entonces, cuando, en caso de un posicimiento negativo del Tribunal, podría aumentar la presión regulatoria para dotar provisiones dependiendo de las recomendaciones, que podrían ser aplicadas en los numerosos pleitos que están abiertos y de la que, previsiblemente, sería el Supremo la que tomara una decisión final. Desde la banca recuerdan que, en el caso de las cláusulas suelo, no fue hasta la sentencia del TJUE cuando la Comisión Nacional del Mercado de Valores (CNMV) exigió a las entidades consignar el impacto de la aplicación de la retroactividad.

En su informe semestral, el Santander, que cuenta con hipotecas vivas referenciadas al IRPH por 4.200 millones, ya adelantaba que ese sería el paso clave para plantearse atesorar compañía. «La situación actual hasta que se pronuncie el Tribunal de Justicia de la Unión Europea es la de validez de la cláusula de conformidad con la sentencia del Tribunal Supremo de 14 de diciembre de 2017», apuntaba.

Ahora mismo no existe visibilidad sobre el posible impacto legal de este conflicto, lo que muestras las divergentes valoraciones de los distintos analistas. El primero que salió al quite fue Goldman Sachs, que lanzó un informe en el que valoraba el posible impacto con cifras tan dispares, que iban desde los 7.000 a los 44.000 millones. No obstante, las primeras impresiones alejarían la posibilidad de los peores escenarios, que se asentaban sobre la declaración nula del índice. 

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