El Supremo anula el juicio que condenó al ‘rey de las orquestas’

El Supremo ordena repetir el juicio y anula la condena a 12 años de prisión a Lito, ‘el rey de las orquestas’, por delitos contra la Hacienda Pública

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El Tribunal Supremo ha estimado un recurso de casación presentado por Ángel Martínez Pérez, Lito, quien llegó a representar a unas 80 orquestas, entre las que estaban algunas de las más cotizadas de Galicia, como Panorama o París de Noia. El rey de las orquestas fue condenado por la Audiencia Provincial de Pontevedra a 12 años de prisión por seis delitos contra la Hacienda Pública y al pago de multas por más de 36 millones de euros.

Aquella sentencia acaba de ser anulada por el Supremo, al atender un recurso presentado por la defensa de Lito. El tribunal entiende que se produjo una “situación de indefensión” y ordena la celebración de una nueva vista.

Entre los argumentos esgrimidos por la Sala, los magistrados sostienen que hubo un quebrantamiento de forma y se vulneró el derecho a la defensa y a la tutela judicial efectiva, así como vulneración de la presunción de inocencia, entre otras irregularidades.

Errores de forma

Los condenados denunciaron que no se citó al representante de la sociedad limitada especialmente designado en la causa y que, en su nombre, compareció otro acusado.

Según ha explicado el recurrente, el representante fue designado pero el juzgado de instrucción lo rechazó por posible conflicto de intereses, de modo que se nombró a otra persona.

El Supremo ve “déficits relevantes” en el procedimiento

«En el juicio, se le citó como testigo, teniendo erróneamente al otro acusado (Lito) como representante de la sociedad», recoge la resolución del Supremo, que concluye que se aprecia un «déficit relevante en las condiciones en las que la persona jurídica compareció y pudo desarrollar su defensa«.

El tribunal señala que «la existencia de una situación de indefensión para la persona jurídica impone la nulidad de la sentencia y del juicio oral», y mantiene que dicha nulidad afecta también al coacusado Ángel Martínez Pérez, porque ambos fueron representados por el mismo letrado y procurador.

Ordena repetir la vista

«A efectos de evitar cualquier asomo de indefensión, la anulación de la sentencia y del juicio oral se extiende a ambos acusados», concluye el TS, que ordena la celebración de una nueva vista, en la que sea «citado correctamente» el representante de Representaciones Lito SL, y facilitando la posibilidad de que letrado y procurador sean distintos de los de Ángel Martínez Pérez.

Con esta sentencia, el Tribunal Supremo ordena retrotraer las actuaciones al momento en que señaló el juicio en la Audiencia Provincial de Pontevedra.

Lito camina hacia la absolución

A finales de febrero pasado, la Audiencia Provincial ratificó una sentencia absolutoria para este empresario de orquestas, que ya había sido absuelto por un juzgado de Pontevedra de dos delitos contra la Hacienda Pública. Esa resolución se basó en la anulación de los registros practicados por funcionarios de la Agencia Tributaria en dependencias de las sociedades investigadas.

 

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