Cara y cruz del cártel lácteo: un juzgado de Lugo tumba una reclamación de 1,4 millones a Lactalis, Schreiber y CLAS

Al contrario que en otras sentencias que condenan a los grandes grupos lácteos por los pactos en los precios de la leche en origen señalados por la CNMC, la Audiencia Provincial de Lugo desestima el recurso de apelación de una empresa andaluza al entender que las multas de Competencia aún no son firmes

Línea de envasado de leche de Puleva / Puleva

Línea de envasado de leche de Puleva / Puleva

No todas las decisiones judiciales relacionadas con el caso del cártel lácteo son iguales y eso queda claro en las distintas sentencias que van saliendo a la luz. El aluvión de demandas contra los grandes operadores en España derivan de las sanciones impuestas en 2019 por la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia (CNMC) a los gigantes del sector por supuestos intercambios de información sobre el aprovisionamiento de leche. En lo que va de año, la Audiencia Provincial de Barcelona ha ido estimando parcialmente distintos recursos de apelación presentados por sociedades ganaderas que se declaran afectadas por esta operativa. Pero la moneda no siempre cae del mismo lado. En Galicia, otra sentencia, en este caso de la Audiencia Provincial de Lugo, ha desestimado el recurso de apelación de una empresa andaluza contra la decisión anterior del tribunal de instancia de tumbar la reclamación de una ganadería, que pedía un total de 1,4 millones de euros a Central Lechera Asturiana (CLAS), Lactalis y Schreiber Foods, uno de los grandes proveedores de Mercadona.

La sentencia a la que ha tenido acceso Economía Digital Galicia fue emitida el pasado abril. La empresa sevillana Escolástica Inversiones recurrió una sentencia del año 2022 que tiró por tierra las reclamaciones de Ganadería Tres Pinos, empresa granadina que reclamó 1,43 millones de euros a cuatro sociedades lácteas: Central Lechera Asturiana, Schereiber Foods y Industrias Lácteas de Granada y Grupo Lactalis Iberia, estas dos últimas en manos de la multinacional francesa dueña de Puleva.

La clave, las multas de la CNMC

La granja demandante argumentaba que las cuatro sociedades eran responsables solidarias de los perjuicios que había sufrido “como consecuencia del desarrollo de prácticas anticompetitivas” y les exigía una indemnización de 803.000 euros en concepto de daño producido y de 635.000 euros más “en concepto de actualización por revalorización”.

La Audiencia Provincial de Lugo da firmeza a la sentencia anterior, que argumentaba que al no haber “alcanzado firmeza” la resolución de la CNMC que sirve de base para muchas de estas demandas, y “encontrándose pendiente de resolución los recursos contencioso-administrativos interpuestos, no cabe otra cosa, en este momento, más que la desestimación de la demanda dada la acción ejercitada y el hecho de que la decisión sancionadora no ha alcanzando firmeza”.

En su última resolución de 2019, Competencia impuso, entre otras, una multa de 11,6 millones a Grupo Lactalis Iberia; de 10,2 millones a Industrias Lácteas de Granada y de 929.644 euros a Schereiber Foods, según se recuerda en esta reciente sentencia, que también apunta a que se declaró prescrita la infracción de Central Lechera Asturiana.

Pero, en la sentencia, la sección primera de la Audiencia Provincial de Lugo argumenta que “la resolución administrativa de la CNMC no es aún firme”, algo que necesitaría para poder tomar en consideración la demanda de la granja andaluza. “La Sala, teniendo en cuenta la jurisprudencia del Tribunal de Justicia de la UE (…) llega a la conclusión de que, para salvaguardar el principio de prohibición de resoluciones incompatibles con la decisión adoptada por las autoridades de competencia, las demandas deben desestimarse por no concurrir el requisito de fijación con carácter firme de los hechos infractores”, expone.

Disparidad de opiniones

Es cierto que otros juzgados españoles están cogiendo un camino distinto, pese a que no todas las sanciones de la CNMC son todavía firmes y se encuentran a la espera de la decisión del Supremo. Pese a ese hecho, otras muchas sentencias ya han comenzado a condenar a las lácteas basándose en la resolución de Competencia.

Por ejemplo, también recientemente, la Audiencia Provincial de Barcelona estimó parcialmente el recurso de apelación de una cooperativa ganadera de León contra Nestlé y Capsa como afectada por el cártel de la leche. La cooperativa Hermanos Conejo Amez reclamaba 2,8 millones de euros pero el juzgado condenó a las compañías a indemnizarla con un 2% del precio que pagaron por la leche en origen en aquellas compras que fueron efectuadas durante el periodo de actuación del cártel, que Competencia determina entre el año 2000 y el 2013.

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