Endesa pierde la batalla del Eume y de cinco embalses más por el impuesto de la Xunta

La Sala de lo Contencioso del Tribunal Superior de Xustiza tumba los recursos de Endesa Generación, por cuantía de 3,3 millones, por las liquidaciones del impuesto sobre el daño ambiental de seis embalses durante tres años

José Bogas, consejero delegado de Endesa

José Bogas, consejero delegado de Endesa

Recibe nuestra newsletter diaria

O síguenos en nuestro  canal de Whatsapp

Endesa Generación no solo tiene un problema si mira de frente al Eume y de reojo a Bruselas, donde se ha iniciado una investigación en el Parlamento Europeo para aclarar las causas de la turbiedad de dicho río aguas abajo de la central que explota la eléctrica. También si atiende a las últimas sentencias sobre su particular batalla contra el conocido como impuesto a los embalsases

Archivo – Instalación de barreras en el río Eume, donde vertidos han obligado a prohibir el consumo de agua en Pontedeume. – XUNTA –

Y es que la sección cuarta de la Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Superior de Xustiza de Galicia ha desestimado los recursos presentados por Endesa Generación frente a las autoliquidaciones del Impuesto sobre el Daño Medioambiental causado por determinados usos y Aprovechamientos del agua Embalsada (IDMAE). Lo ha hecho este mismo año. La eléctrica había recurrido las resoluciones desestimatorias a las solicitudes de rectificación de las autoliquidaciones que había presentado para nada menos que seis aprovechamientos hidroeléctricos repartidos por las cuencas gallegas. 

Tres millones en impuestos 

En juego había 3,3 millones de euros, que es la cuantía del recurso presentado por la compañía, según consta en la sentencia a la que ha tenido acceso Economía Digital Galicia. Los períodos impositivos, los cuatro trimestres de los ejercicios de 2013, 2014 y 2015. El impuesto a los embalses de la Xunta recurrido por Endesa afectada a los saltos de A Ribeira y Eume, en el Eume, y también a los de Quereño (Rubiá), Prada (A Veiga), San Agustín (Viana do Bolo) y San Sebastián, este ya en la provincia de Zamora (municipio de Porto), pero dependiente de la cuenta Miño-Sil.  

En su recurso, los abogados de Endesa Generación sostenían que el Impuesto sobre el Daño Medioambiental causado por determinados usos y Aprovechamientos del agua Embalsada vulnera los principios constitucionales y también el Derecho Europeo. La sección cuarta de la Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Superior de Xustiza de Galicia desmonta todos los argumentos de Endesa.  

Un gravamen propio 

El impuesto sobre el daño medioambiental causado por aprovechamientos del agua embalsada tiene como finalidad, por una parte, compensar los efectos negativos a que se encuentra sometido el entorno natural de Galicia por la realización de actividades que afectan a su patrimonio fluvial natural y, por otra, reparar el daño medioambiental causado por dichas actividades.  

El impuesto es un tributo propio de Galicia, de finalidad extrafiscal, que somete a gravamen el daño medioambiental causado por la realización de determinadas actividades que utilizan agua embalsada.  La ley establece que los ingresos obtenidos por la recaudación de este tributo, deducidos los costes de gestión, se destinarán a financiar las actuaciones y medidas encaminadas a la prevención y protección de los recursos naturales, así como a la conservación, reparación y restauración del medioambiente y, en especial, a la conservación del patrimonio natural fluvial gallego directa o indirectamente afectado por los daños medioambientales gravados. 

Economía Digital Galicia

Recibe nuestra newsletter diaria

O síguenos en nuestro  canal de Whatsapp