Naturgy, Engasa, Greenalia… Las empresas con parques eólicos paralizados en el juzgado

Además de los dos parques tumbados por el TSXG a los de Manuel García, el alto tribunal también ha aprobado medidas cautelares recientemente contra los proyectos de otras dos energéticas en Galicia

Imagen exterior del Tribunal Superior de Xustiza de Galicia (TSXG)

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Durante el pasado mes de julio, el Tribunal Superior de Xustiza de Galicia (TSXG) anuló en sendas sentencias la autorización de la Xunta a dos parques eólicos proyectados por Greenalia, la energética coruñesa de Manuel García y José María Castellano. No obstante, la compañía herculina no es la única que ha sufrido un revés por este motivo en los tribunales este verano. También Engasa y Naturgy, aunque en su caso de trata de paralizaciones cautelares.

En el sector creen que estas paralizaciones pueden ser solo el principio y ya se habla de otras resoluciones cautelares que aún no se habrían hecho públicas. Esta misma semana, la Asociación Empresarial Eólica (AEE) emitió un comunicado en el que mostraba su “enorme preocupación» por la situación que, aseguran, se está desencadenando en Galicia con la “sucesión de paralizaciones de proyectos eólicos” y ha instado a las instituciones a “encontrar una solución urgente al bloqueo estructural actual”.

Interpretación de la normativa

Pero, ¿a qué se deben las paralizaciones del último mes y por qué son distintas a otras llevadas a cabo anteriormente? La patronal eólica, que agrupa a unas 310 empresas en España, asegura que las paralizaciones que se están produciendo en la comunidad derivan de la interpretación de los tribunales gallegos de la aplicación de la Ley 21/2013 de evaluación de impacto ambiental y, en particular, del proceso de participación pública durante la tramitación ambiental de proyectos.

A principios de junio, el TSXG informó de la que sección tercera de la Sala de lo Contencioso-administrativo había anulado en sentencia la autorización administrativa previa y de construcción, así como la declaración de utilidad pública y de compatibilidad con aprovechamientos mineros y forestales del proyecto del parque eólico Campelo, que Greenalia pretendía levantar entre Coristanco y Santa Comba.

El alto tribunal estimó el recurso presentado por la entidad ambientalista Adega y por la Plataforma para la Defensa de la Cordillera Cantábrica. El TSXG concluyó que se produjo una “indebida fragmentación” del parque, que no es autónomo e independiente con respecto a otros dos, el Monte Toural y el Bustelo, promovidos también por la misma compañía. Los magistrados subrayaron que “ningún letrado niega que los tres proyectos compartan líneas e infraestructuras de evacuación, como tampoco que cada uno de ellos hubiera sido objeto de estudio de sus efectos acumulativos y sinérgicos, así como de su propia declaración de impacto ambiental, de modo que con ello reconocen abiertamente que se ha producido la fragmentación de la evaluación ambiental de proyectos de tres parques eólicos que, en realidad, no eran autónomos, sino integrados y dependientes entre sí, al compartir estructuras y conexiones”. Y ello, según resalta la Sala, “a pesar de que las solicitudes se formularon en fechas distantes entre sí”. Por tanto, el alto tribunal indica que “la evaluación ambiental ordinaria tendría que haber sido única”, por lo que acoge el motivo de nulidad.

Dos semanas después, y con unos argumentos similares, de nuevo la “fragmentación indebida”, el TSXG anuló la autorización de la Xunta al desarrollo del parque Bustelo, en este caso situado entre Coristanco y Carballo.

Falta por saber qué ocurrirá con otro parque judicializado de Greenalia, el Monte Toural. En este caso, el pasado enero, el TSXG suspendió a la compañía de forma cautelar los permisos otorgados.

Engasa

Hasta el momento, a nivel individual, Greenalia ha sido la compañía gallega que más ha alzado la voz contra estas sentencias, que tienen vía de recurso en el Supremo. A finales de junio, la compañía emitió un comunicado en el que, aunque indicaba que acataba la decisiones judiciales, denunciaba la “inseguridad jurídica” en la que se encontraba, argumentando que las decisiones ponían en jaque el futuro de empresas del sector así como el desarrollo de contratos PPA con la gran industria gallega. Greenalia asegura que la decisión del alto tribunal gallego “no está amparada en ningún precedente en el Supremo”. Hay que recordar que la firma también solicitó sin éxito en el pasado la recusación del juez Luis Villares, quien fue candidato a la Xunta por la formación En Marea en 2016, debido a su posicionamiento político contrario a la proliferación de eólicos en la comunidad.

Pero, no obstante, Greenalia no es la única compañía cuyos proyectos eólicos han sufrido un revés en los juzgados en los últimos tiempos. También a finales del mes de junio, el Superior gallego suspendió, en este caso de forma cautelar, la ejecución de la resolución de la Xunta que concedió la autorización administrativa previa y de construcción al parque eólico Lagoa II, en este caso promovido por Engasa y ubicado entre los concellos de Santa Comba y Zas. La sección tercera de lo Contencioso-administrativo estimó la medida solicitada por la asociación ecologista Petón do Lobo.

En el auto en el que se estima la medida cautelar, los magistrados indican que la actividad que pretende desplegar la promotora con el parque eólico, “por lógica y por muy pequeña que sea, -que no lo es-”, ocasiona “una afectación ecosistémica, derivada -como mínimo- de la ejecución de las obras en el espacio natural, a consecuencia del removimiento de tierras que va a haber, la implantación de las infraestructuras eólicas, etc.”

Además, también se hace mención a dos informes periciales aportados por la asociación ecologista en los que se asegura “que el daño medioambiental a múltiples especies de flora y fauna está asegurado”. A este respecto, los magistrados apuntan que “estos informes -al contrario de lo que opinan las partes contrarias- acreditan, al menos indiciariamente, un potencial efecto dañoso de tipo medioambiental”.

Entre sus alegaciones, según el auto consultado por Economía Digital Galicia, la asociación Petón de Lobo también denuncia en este caso que se habría llevado a cabo “una fragmentación artificial del parque eólico para evitar una Declaración de Impacto Ambiental (DIA) negativa, puesto que deberían haberse tramitado conjuntamente los procedimientos ambientales que afectan a los parques Lagoa I y II”. También denuncian “incumplimientos de ciertos requisitos en el trámite de información pública, lo que imposibilitó que la ciudadanía participase en la oportunidad de la decisión respecto de la implantación de las infraestructuras del parque eólico, lo que infringe el derecho interno y comunitario”.

Turno para Naturgy

Además de Greenalia y Engasa, el gigante Naturgy también ha visto como la Justicia gallega, recientemente, apoyaba el parón en la tramitación de uno de sus parques, también en este caso como medida cautelar.

En este caso, de nuevo la asociación Petón do Lobo se manifiesta contraria a la decisión de la Xunta que, en octubre de 2022, otorgó los permisos de autorización administrativa previa y de construcción y declaró la utilidad pública del parque eólico Picato, situado en el concello lucense de Guntín y promovido por Naturgy Renovables SLU.

La Sala Tercera de lo contencioso-administrativo dio también luz verde a la paralización cautelar de las actuaciones en el citado parque hasta que se resuelva el recurso inicial. En sus fundamentos de derecho, recuerda que el pasado año ya suspendió en una pieza separada de forma cautelar el desarrollo del parque eólico Campelo por los mismos motivos. “Por la exigencia de los principios de igualdad en la aplicación de la ley, debemos seguir ahora la misma resolución”, esgrime.

Tanto desde el sector como desde las propias asociaciones ambientalistas prevén más resoluciones en este sentido. Aunque sin referirse a ninguna compañía ni asociación empresarial en concreto, recientemente, la Sala de Gobierno del Alto Tribunal gallego emitió un comunicado “ante la publicación de noticias que cuestionan la actuación de jueces y juezas gallegos”. Así, indica que que “se ve en la obligación de recordar que la independencia judicial es uno de los pilares del Estado de Derecho y de la democracia”.

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