El Supremo da esperanza a los promotores eólicos con el desbloqueo de otro parque de Greenalia

El Alto Tribunal ha estimado los recursos interpuestos por la empresa, la Xunta y la patronal eólica de Galicia y confirma la legalidad de la autorización administrativa que había paralizado el TSXG

Parque eólico de Acciona

Parque eólico de Acciona

Una reciente sentencia del Tribunal Supremo da esperanza a los promotores eólicos de Galicia, que llevan tiempo argumentando que en la comunidad, y el concreto, en el TSXG, existe “un bloque judicial” que impide el desarrollo del sector. Ahora, una sentencia de la sección quinta de la sala de lo Contencioso Administrativo del Alto Tribunal da luz verde al parque eólico Bustelo, proyecto impulsado por Greenalia entre los concellos de Coristanco y Carballo.

Fue en el año 2021 cuando la plataforma ecologista Adega y la Asociación Plataforma para la defensa de la Cordillera Cantábrica (PDCC) interpusieron un recurso contencioso administrativo contra la resolución de la Dirección Xeral de Planificación Enerxética de la Xunta, que otorgó “autorización administrativa previa y autorización de construcción” a las instalaciones proyectadas dentro del parque eólico Bustelo.

En 2023, la sección tercera de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Xustiza de Galicia, en la que en aquel momento se encontraba el magistrado Luís Villares, estimó el recurso, paralizando el desarrollo del parque.

Tanto la Xunta, como Greenalia y la Asociación Eólica de Galicia (EGA), presentaron un recurso de casación ante el Supremo, que ahora ha sido estimado. El tribunal anula el fallo recurrido y asegura que el procedimiento administrativo de la administración autonómica fue el correcto.

Segunda sentencia favorable para Greenalia

Esta sentencia da alas a los promotores eólicos con parques paralizados judicialmente ya que es la segunda que desbloquea un proyecto de este tipo en menos de dos meses. El pasado marzo, de nuevo, el Superior resolvió las alegaciones contra otro parque anulado por el TSXG: el Campelo, ubicado entre Coristanco y Santa Comba e impulsado también por Greenalia.

La anulación del TSXG se amparaba en lo que los magistrados consideraron una fragmentación indebida del proyecto, pues no lo consideraba autónomo e independiente respecto a otros dos parques más promovidos por Greenalia, y en el proceso de información pública.

El Supremo descarta que se produzca dicha fragmentación indebida, pues argumenta que «el hecho de que dos o más instalaciones de parques eólicos compartan instalaciones de conexión no comporta, ineludiblemente, que debamos considerar la existencia de un único proyecto de parque eólico a efectos de su evaluación medioambiental, sino que habrá que examinar en cada caso las circunstancias concurrentes, a la luz de la normativa y de la jurisprudencia aplicables».

Historias como esta, en su bandeja de entrada cada mañana.

O apúntese a nuestro  canal de Whatsapp

Deja una respuesta

SUSCRÍBETE A ECONOMÍA DIGITAL

Regístrate con tu email y recibe de forma totalmente gratuita las mejores informaciones de ECONOMÍA DIGITAL antes que el resto

También en nuestro canal de Whatsapp