El Tribunal Constitucional se reúne de urgencia esta tarde
La institución admitirá a trámite los recursos contra la ley de consultas y la convocatoria del 9N, que quedarán automáticamente suspendidas
El Tribunal Constitucional ha convocado un pleno de urgencia esta tarde para estudiar los recursos que la Abogacía del Estado ha presentado contra la ley de consultas catalana y el decreto de convocatoria del 9N. Cuando la institución presidida por Francisco Pérez de los Cobos admita a trámite la solicitud de impugnación, ambas normas quedarán automáticamente suspendidas.
El proceso no implica su anulación. La suspensión es cautelar hasta que los magistrados del Constitucional tomen una decisión sobre si la convocatoria soberanista es sólo una consulta de opinión o un referéndum de autodeterminación, lo acordado por unanimidad en el Consejo de Estado.
Consejo de Estado y de Ministros
Pérez de los Cobos ya había avisado a los miembros del máximo tribunal español que podía existir la convocatoria urgente por los sucesos desencadenados desde que Mas firmó la ley y el decreto de convocatoria el pasado sábado. El Consejo de Estado se reunió de forma extraordinaria el domingo y el Consejo de Ministros ha hecho lo propio este lunes por la mañana. Incluso ha habido una comparecencia del presidente del Gobierno, Mariano Rajoy, para reafirmar públicamente la oposición del Ejecutivo a la consulta.
El Tribunal Constitucional está obligado a admitir a trámite un recurso como los dos que ha presentado la Abogacía del Estado. Una vez iniciado el proceso, dispone de cinco meses para decidir sobre el fondo del asunto. Sólo puede levantar la suspensión de las normas si, pasado este tiempo, los magistrados no han sido capaces de acordar una posición común. En ese momento deben decidir si abren un nuevo período de debate y qué ocurre con las leyes paradas.
Sin margen de maniobra
La suspensión de la norma es automática, según establece la ley. Los jueces no tienen margen de maniobra para rechazar la petición del Ejecutivo. La suspensión tendrá carácter retroactivo y comenzará a ejecutarse desde el momento en que se publicó la ley en el Diario Oficial de la Generalitat de Cataluña.
Esta suspensión se acuerda en una providencia que firman los 12 jueces y es posible que en la misma se explique a la Generalitat que no puede ejecutar ningún acto relacionado con el 9N. Habitualmente, este trámite se dicta en una providencia en la que sólo se acuerda la suspensión y se da plazo a las partes para que presenten alegaciones.
La suspensión será comunicada inmediatamente a Artur Mas por vía telemática y también se le notificará por correo ordinario. A partir de ese momento el President tendrá que acatar la orden del Tribunal Constitucional.