Los viajes de Sánchez en el Falcon provocan un varapalo judicial para el Gobierno

Un juez avala el derecho de una ciudadana a conocer los viajes de Pedro Sánchez en el avión oficial de la Presidencia. En 2018 lo usó para ir a un concierto

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El Gobierno de Pedro Sánchez tiene algún que otro problema con la transparencia. Desde los expertos en los que se apoyó el ministro de Sanidad, Salvador Illa, para gestionar la pandemia de coronavirus, que eran miembros de su equipo, pasando por las compras de material sanitario hasta uno de los que más polémica ha levantado: los viajes del jefe del Ejecutivo en el Falcon.

Respecto al uso del avión privado presidencial, el Gobierno ha recibido esta semana un varapalo judicial. El Juzgado Central Contencioso-Administrativo 2 ha avalado el derecho de una ciudadana a conocer los desplazamientos del presidente ajenos a su cargo, según adelantó El Independiente.

El magistrado Luis Manuel Ugarte Oterino ha desestimado el recurso que la Administración General del Estado interpuso contra la resolución por la que el Consejo de Transparencia y Buen Gobierno (CTBG), un ente público que nació en 2014 con el objetivo de garantizar a la ciudadanía el derecho a la información de interés público, que estimaba la reclamación presentada por esta ciudadana.

En julio de 2018 usó un Falcon 900 del ejército para ir a Castellón a un concierto de The killers

La mujer había intentado conocer los medios de transporte oficiales utilizados por Pedro Sánchez entre el 1 de enero y el 20 de mayo de 2019 en sus viajes privados por España. Y es que los desplazamiento del presidente son dignos de conocer. En julio de 2018 usó un Falcon 900 del ejército para ir a Castellón a un concierto de The killers.

Pedro Sánchez camina hacia el Falcon del Ejército del Aire, en una imagen de archivo. EFE

El Gobierno evita dar información al Portal de Transparencia

Desde entonces, el Gobierno ha evitado en numerosas ocasiones a facilitar la información que le solicitaba el Portal de Transparencia justificando que los viajes del presidente eran materia clasificada. Pero ahora, Ugarte respalda en su sentencia la posición mantenida por el CTBG y ha tumbado las alegaciones con las que la Abogacía del Estado trataba de anular la resolución dictada el 22 de octubre de 2019 por Transparencia.

Este órgano entendió que la petición de la ciudadana encaja con la ley, por lo que le dio diez días hábiles a la Presidencia del Gobierno para que le facilite a la solicitante los datos que le negó o acudiera a los tribunales. Eligió la segunda opción.

Los motivos que alegó la abogacía del Estado fueron dos. Por un lado, aseguró que no sabía que órgano tendría los datos solicitados porque no contaban con un archivo que los recogiera y, por otro, que su divulgación ponía en peligro la seguridad de Pedro Sánchez, puesto que daría a conocer las rutas habituales de Pedro Sánchez.

Pero estas excusas no han convencido al juez Ugarte, a quien “le cuesta entender” que la Presidencia del Gobierno carezca de información sobre los desplazamientos privados de Pedro Sánchez en aviones de la Fuerza Aérea.

EL Gobierno tiene un plazo de dos semanas si quiere recurrir

«Se trata, en definitiva, de una solicitud de información de la que la Administración requerida debería disponer, que a lo sumo habrá de ordenar para facilitársela a la interesada, consultando las fuentes en que consten los desplazamientos del presidente del Gobierno, en los medios aéreos y periodo indicados, discriminando entre los de naturaleza oficial y privada», razona la sentencia.

«Y, en el caso de que, como indica la resolución del Consejo [de Transparencia y Buen Gobierno], no se hayan producido desplazamientos privados del presidente del Gobierno durante el periodo fijado en la solicitud en los que se hayan usado medios oficiales, se deberá indicar expresamente», continúa.

Por lo tanto, el juez desestima el recurso interpuesto por la Administración General del Estado, a la que condena de costas .hasta un máximo de 2.000 euros. Ahora la Presidencia del Gobierno tendrá que decidir si acepta el fallo o recurre en apelación, para lo que tiene un plazo de dos semanas.

Economía Digital

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