Actualizado
La CEV sobrepondera el voto de empresa respecto al de asociaciones en la pugna Navarro-Lafuente
Los estatutos marcan que las empresas no pueden tener más del 30% del censo y ahora son el 35,1% de los votos

Salva Navarro saliendo de la foto que tenía con Eva Blasco y Vicente Lafuente
La primera disputa previa a la presentación oficial de las candidaturas de Salvador Navarro y Vicente Lafuente a las elecciones en la CEV es el censo, como ya adelantó Economía Digital. Los números trasladados ayer por la patronal autonómica del censo no cuadran con lo que dicen los estatutos ya que hay una sobreponderación contraria a la norma del voto de las empresas.
Lo que ayer dijo la CEV presidida por Salvador Navarro es que hay 515 votos de los cuales 334 son de vocales de las 167 Asociaciones y Federaciones y 181 son vocales por parte de Empresas Directamente Asociadas (EDAS), De este modo, las agrupaciones de empresarios tendrían un peso del 64,9% mientras que las empresas poseerían el 35,1% de los votos.
El artículo 20 de los estatutos de la CEV dicen que esto no puede ser y que el máximo peso que pueden tener las empresas directamente asociadas es del 30%.
«Las Empresas Directamente Asociadas (EDA) a las que se refiere el artículo 7.2. de los presentes Estatutos, no podrán ostentar en su conjunto una representación superior al 30 por ciento de los Vocales de la Asamblea», explica el estatuto.
Y a continuación, se expone: «A tal fin, con carácter previo a la celebración de la Asamblea General, por parte de la Junta Directiva habrá de ponderarse el valor del voto que corresponde a los vocales de las EDA en proporción al valor del voto ordinario que corresponde a los vocales asignados a los restantes Miembros de pleno derecho de la Confederación distintos de las EDA, de forma que, en ningún caso, la representación de las EDA en su conjunto exceda el porcentaje antes dicho».
Esta ponderación no se ha hecho pública ni en la reunión que tuvo ayer la CEV en Castellón ni en la nota de prensa posterior que se emitió y su aplicación cambia el reparto de votos que tienen las asociaciones y las agrupaciones de empresarios.
Si los 334 votos de federaciones tienen que pesar un 70%, el censo tendría que ser (aplicando una regla de tres), de 477,14 votos, por lo que las empresas tendrían un derecho de voto equivalente 143,14 votos. Para hacerlo más sencillo, es como si los votos de las empresa valieran como 0,79 votos de una asociación.
Este cálculo es relevante porque al aplicarse la ponderación que marcan los estatutos el umbral para poder presentarse no sería de 103 votos (el 20% de 515) sino de 95,4 votos. Otro dato a tener en cuenta es que con 239 votos de asociaciones ya se ganaría las elecciones.
La manipulación del censo vía las empresas
Fuentes empresariales apuntan que han existido manipulaciones en el elecciones de patronales, tanto a nivel de CEOE como en la extinta Coepa, abusando del voto de las empresas. «Las empresas apuntan antes de las elecciones, pagan la cuota un año y obtienen el derecho de voto y luego se borran», es el modus operandi usado según relata un empresario.
Este riesgo, para el que la CEV está blindado vía estatutos, es uno de los factores que preocupa una vez se ha iniciado el proceso electoral y mientras el listado de vocalías sigue sin ser público, tal y como han confirmado a Economía Digital media docena de representantes empresariales.
La ponderación de voto en la CEV tendrá que aplicarse en dos momentos críticos. El primero será con la presentación de los avales ya que el cumplimiento del 20% depende del cálculo que se haga del censo.
El segundo momento serán en el de la votación, que es secreta, pero que se tendría que hacer en urnas separadas para poder diferenciar el voto de las asocaciones del que se tiene que ponderar de las empresas. La derivada de realizar así la votación es que los candidatos sabrán de manera diferenciada el volumen de apoyo que tienen de asociaciones y de las grandes empresas, que son las que tienen una afiliación directa a la CEV.