Europa respalda a los grandes inversores para que reclamen por la salida a bolsa de Bankia

El tribunal de Luxemburgo considera que la acción de responsabilidad ampara tanto a inversores minoristas como a los cualificados

Imagen de archivo de la Bolsa de Madrid./ EFE

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Los grandes inversores pueden reclamar responsabilidades a Bankia por las inexactitudes en el folleto de emisión publicado para su salida a bolsa en 2011. Así lo ha decidido este jueves el Tribunal de Justicia de la Unión Europea. El mismo considera que la acción de responsabilidad ampara tanto a inversores minoristas como a los cualificados.

Las acciones Bankia se emitieron a bolsa en julio de 2011 a un importe de 3,75 euros, la entidad indicó que sus activos totales a cierre del ejercicio 2011 eran de cerca de 300 millones de euros, y estimaron que el valor de mercado del primer día de cotización alcanzarían los 4,00 y 5,05 euros, explican desde el despacho de abogados Navas & Cusí.

Sin embargo, el 25 de mayo de 2012 la entidad se declaraba en quiebra técnica con una brecha de 23.465 millones de euros, lo que precipitó el rescate del Estado y significo que los grandes y pequeños inversores perdieran todo lo invertido.

En España, los tribunales han declarado en centenares de sentencias la nulidad de la compraventa de acciones de inversores minoristas al considerar que ha existido una mala praxis bancaria en la salida a bolsa de Bankia.

En concreto, afirman que el valor de las acciones no reflejaba la realidad, motivo que llevó a miles de accionistas a reclamar. Pero en el caso de los grandes inversores, la polémica llegó al alto tribunal comunitario.

Una sentencia de la Audiencia Provincial de Madrid estimó la responsabilidad de Bankia después de que un inversor cualificado, Unión Mutua Asistencial de Seguros (UMAS), interpusiera una demanda contra la entidad donde solicitó la nulidad por error en el consentimiento en la compra de las acciones (suscribió una orden de compra de 160.000 acciones, valoradas en 600.000 euros); y también, pidió que se declarase la responsabilidad de Bankia por falta de veracidad en el folleto de la emisión.

La sentencia de primera instancia estimó la demanda, declaró la nulidad de la adquisición de acciones y ordenó la restitución de las prestaciones. Pero Bankia interpuso recurso de apelación y en segunda instancia, el juez desestimó la acción de nulidad y estimó la de responsabilidad por la inexactitud del folleto.

Finalmente, el Tribunal Supremo decidió preguntar al Tribunal de Justicia de la Unión Europea y a finales de 2019 elevó una cuestión prejudicial para que se pronunciara al respecto.

En la sentencia dictada este jueves, la corte con sede en Luxemburgo considera legítimo que los inversores que hayan participado en una oferta de valores en la que se haya publicado un folleto invoquen la información contenida en el mismo, de modo que tienen derecho a reclamar responsabilidad por esa información aunque no fueran destinatarios del folleto, explica EFE.

En concreto, señala que, en una oferta mixta, dirigida tanto a inversores cualificados como minoristas, todos ellos disponen de ese documento que supuestamente contiene información completa y fiable. Y confirma por tanto que, cuando exista un folleto, puede iniciarse una acción de responsabilidad civil por la información del mismo, cualquiera que sea la condición del inversor que se considere perjudicado.

No obstante, el TJUE añade que los Estados miembros pueden permitir o incluso exigir que, cuando se exija responsabilidad por la información facilitada en el folleto, se tomen en consideración el nivel de experiencia del inversor cualificado y sus relaciones con el emisor de valores de que se trate.

Ello siempre y cuando estas normas no hagan en la práctica imposible o excesivamente difícil reclamar responsabilidades y sean equivalentes a las de otras acciones judiciales similares.

La corte señala, en este sentido, que los Estados de la UE tiene un amplio margen de apreciación para fijar los términos en los que se puede pedir responsabilidad por el folleto y que, si bien este documento es fundamental para que los minoristas puedan invertir con conocimiento de causa, los inversores cualificados normalmente tienen acceso a otros datos para tomar esas decisiones.

Cristina Hidalgo

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