Pkf Attest pide 0,5 millones por cuatro meses de trabajo en el concurso de la firma dueña de Oasiz
La consultora Pkf Attest, designada administrador concursal de Carlotta Iberia, dueña del centro comercial Oasiz, había pedido al Juez dispensa para no presentar las cuentas de 2025.
Exterior del centro comercial Oasiz, en Torrejón de Ardoz (Madrid). Compaigne de Phalsbourg
Pkf Attest requiere al Juzgado Mercantil número 14 de Madrid unos honorarios de 0,5 millones de euros por su trabajo, durante cuatro meses, como administrador concursal de Carlotta Iberia, la sociedad dueña de Oasiz, el mayor centro comercial de la Comunidad de Madrid.
El Juzgado designó a la consultora como administrador concursal de Carlotta Iberia el pasado 9 de enero, cuando la firma controlada por el fondo Cale Street Invesment (CSI) se declaró en concurso de acreedores, con un pasivo cercano a los 320 millones de euros.
Pocos días después, el 22 de enero, se abrió fase de liquidación ordenándose la disolución de la sociedad y el cese de sus administradores, siendo sustituidos por los profesionales de Pkf Attest.
Pkf había solicitado al Juez dispensa para presentar las cuentas de 2025 de Carlotta
En su escrito al Juzgado requiriendo una retribución de 0,56 millones de euros, consultado por este diario, la administración concursal de Carlotta Iberia explica que por Real Decreto de 2004 está establecido un arancel de derechos que para su cálculo tiene en cuenta la masa activa y pasiva del concursado (en el caso de Carlotta Iberia, un pasivo de 318,6 millones frente a un activo de 140,3 millones de euros).
Según los cálculos de la consultora, se le debería asignar unos honorarios de 301.850 euros por el activo, y 70.236 euros por el pasivo. Pero a esa cantidad, añade en su escrito al Juez, habría que añadir 186.000 euros más, al haberse suspendido las facultades de administración del concursado.
El artículo 4.2 del Real Decreto 1860/2004 señala que si el concursado tuviera suspendido el ejercicio de las facultades de administración y de disposición sobre la masa activa, «el juez, a su prudente arbitrio, podrá incrementar hasta un 50 por 100 la cantidad que resulte (…)».
El Juez obliga a Pkf a presentar cuentas
En un reciente Auto, el Juzgado Mercantil número 14 de Madrid rechaza la petición de Pkf Attest de no presentar las cuentas de 2025 de Carlotta Iberia.
La administración concursal de la sociedad dueña de Oasiz, en un requerimiento inusual, pidió al Juzgado el pasado 13 de marzo autorización para que se le dispensara de la obligación de formular, auditar, aprobar y depositar las cuentas anuales de 2025 de Carlotta Iberia mientras durara la liquidación y conclusión del proceso concursal.

El centro comercial Oasiz, en Madrid.
El requerimiento es inusual porque las últimas cuentas auditadas de una empresa en concurso de acreedores son imprescindibles para conocer la situación financiera de la concursada, las causas de su insolvencia, así como por tratarse de documentación relevante para los acreedores.
El artículo 116 del Texto Refundido de la Ley Concursal, explica el Auto fechado el pasado 13 de abril, impone a la administración concursal, en los supuestos de suspensión de las facultades de administración y disposición del deudor, el deber de formular y someter a auditoría las cuentas anuales, «sin establecer excepción alguna por el solo hecho de hallarse la sociedad en fase de liquidación«.
En un procedimiento «de la entidad del presente», subraya el Juez Alberto Francisco Gago Fernández-Rubalcaba en el Auto, «la formulación de dichas cuentas resulta necesaria para garantizar la transparencia, el derecho de información de los acreedores y la adecuada depuración de las cuestiones que pudieran suscitarse en sede de calificación concursal, por lo que procede desestimar la solicitud de dispensa formulada».
Los acreedores de Carlotta Iberia que se han opuesto a las pretensiones de la administración concursal, advirtieron en alegaciones presentadas ante el Juzgado que las cuentas de 2025, «precisamente», son claves para «esclarecer qué ocurrió en el período inmediatamente anterior y coincidente con la insolvencia, la apertura de la liquidación y la venta de la unidad productiva».
Acreedores de Carlota Iberia advierten de «posible fraude procesal»
Uno de los acreedores, la sociedad NAM, representada por el abogado Rubén Montoya, que trabajó en la construcción de Oasiz, destacó en su oposición a las prentensiones de Pkf Attest que fue durante 2025, cuando, bajo el control efectivo por parte del fondo CSI de Carlotta Iberia, «se produjo un fuerte incremento del pasivo de la concursada, con especial aumento de la deuda a favor de la propia CSI, lo que exigiría un examen contable independiente para determinar si hubo opacidad, conflicto de intereses, o agravación artificial de la insolvencia, así como utilización abusiva del marco preconcursal y posibles conductas relevantes para la calificación culpable del concurso».
Además, NAM puso de relieve que las cuentas de 2024 ya venían acompañadas de salvedades de KPMG y de discrepancias de varios consejeros sobre la valoración del centro comercial Oasiz.
Cale Street participó en la financiación de la construcción de Oasiz con un préstamo por importe de 105 millones de euros garantizado con hipoteca sobre el propio centro comercial.
El fondo se hizo de hecho con el control del centro comercial, situado en Torrejón de Ardoz, tras la homologación de un plan de reestructuración de Carlotta, en febrero de 2024, obteniendo el 75% de los derechos de voto de la compañía y designando cuatro consejeros.
La deuda de Carlotta Iberia con CSI supera los 140 millones de euros, tras nuevas aportaciones de capital por parte del fondo y el cobro de intereses del 9%.
A finales del pasado mes de marzo el Juzgado permitió la venta Oasiz al fondo Cale Street, por 140 millones de euros, cuatro años después de que el mismo activo fuera valorado en 195 millones, como publicó este diario. Algunos de los acreedores advierten de «posible fraude procesal«.