Aena gasta el último cartucho en el Supremo en su pugna con Inditex y Lonia por los alquileres de tiendas

El Tribunal Supremo admite un recurso de casación del operador aeroportuario contra una sentencia que le obligada a abonar más de un millón de euros a Zara y Massimo Dutti, casi la misma cantidad que reclama a la textil ourensana por rentas durante la pandemia

Imagen del exterior de las tiendas de Carolina Herrera y Zara

Imagen del exterior de las tiendas de Carolina Herrera y Zara

Aena lleva al Supremo la pugna con Inditex y Textil Lonia por los alquileres de locales comerciales en los aeropuertos. El operador aeroportuario ha presentado dos recursos de casación, que el Alto Tribunal ha admitido a trámite, con el objetivo de anular las sentencias de primera instancia y de la Audiencia de Madrid que le impiden cobrar a ambas multinacionales gallegas las rentas de los establecimientos del aeropuerto Adolfo Suárez Madrid-Barajas no abonadas tras decretarse el estado de alarma por el estallido de la pandemia del Covid-19. 

En el caso de Inditex el conflicto se remonta a 2023, cuando el Juzgado de primera instancia número 36 de Madrid estimó la demanda del gigante textil gallego. En ella reclamaba 1,15 millones que Aena le había cobrado mediante los avales y la fianza incautada desde el 30 de noviembre de 2020 y el 12 de abril de 2021. De ese importe, 656.957 euros correspondían a locales de Zara, 130.235 euros a los de la desaparecida Uterqüe y 367.011 a los de Massimo Dutti. 

El operador aeroportuario presentó un recurso de apelación en la Audiencia Provincial de Madrid en el que planteaba una cuestión de inconstitucionalidad sobre la disposición final séptima de la Ley 13/2021, que contempla medidas para paliar las consecuencias del Covid-19. Una de ellas es la de anular la renta mínima garantizada en los contratos entre el 15 de marzo y el 20 de junio de 2020, y establece un nuevo cálculo a partir de esa fecha para rebajar la renta mínima de manera proporcional a la merma del tráfico aéreo en la red de Aena en ese ejercicio y en los posteriores, hasta que se recuperen los niveles de 2019. 

Los magistrados tumbaron el recurso presentado por Aena en noviembre del 2024 y confirmaron la sentencia del juez de primera instancia, que entiende que dichos importes no deben ser abonados al ser aplicable una cláusula (rebus sic stantibus) que permite la modificación de los contratos de arrendamiento “en atención al cierre total, posteriores cierres parciales y al general impacto de la pandemia del covid-19 en el tráfico aéreo y las tiendas aeroportuarias”. 

El caso contra Lonia

En el caso de Textil Lonia, la multinacional gallega que explota las marcas Carolina Herrera y Purificación García, la batalla legal se remonta a junio de 2022, cuando el Juzgado de primera instancia número 70 de Madrid desestimó la demanda interpuesta por Aena contra la sociedad que fundaron Jesús, Francisco y Josefina Domínguez, hermanos del diseñador ourensano Adolfo Domínguez. En este caso, el gestor aéreo reclamaba casi 908.000 euros en concepto de rentas impagadas en 2020 , tras decretarse el estado de alarma por la pandemia. 

El juez de primera instancia absolvió a Textil Lonia al entender que era aplicable la mencionada disposición séptima de la Ley 13/2021. Según recogía la sentencia, los contratos de arrendamientos contaban con una cláusula en la que se establecía un sistema combinado con una renta variable en proporción al volumen neto mensual de ventas en el local arrendado, así como de una renta mínima anual garantizada a percibir por Aena. “Esa disposición adicional séptima resulta de aplicación para Aena y la ha aplicado a la renta mínima anual garantizada del año 2021, según las facturas presentadas por la demandada”. En todo caso, considera que la norma es aplicable “en tanto no sea derogada o declarada inconstitucional”. 

Al igual que ocurrió con la multinacional fundada por Amancio Ortega, Aena recurrió en apelación a la Audiencia Provincial de Madrid, alegando también la cuestión de inconstitucionalidad sobre la disposición adicional séptima de la Ley 13/2021. El tribunal desestimó las pretensiones de la compañía, salvo la imposición de costas del juez de primera instancia, que el órgano colegiado madrileño revoca en una sentencia de abril del 2023.

El camino al Supremo

Tanto en el caso de Inditex como en el de Lonia, Aena optó por solicitar sendos recursos de casación en el Tribunal Supremo contra las resoluciones de la Audiencia Provincial de Madrid en los que apuntaba la falta de jurisdicción de los tribunales civiles para conocer de los casos. El origen de esta argumentación se encuentra en un resultado favorable que obtuvo en un caso muy similar en los tribunales gallegos. 

En concreto, se trata del litigio contra Airfoods Restauración y Catering S.L, una cadena de restaurantes con varios locales en el aeropuerto Santiago-Rosalía de Castro a la que le reclamaba las rentas no satisfechas tras el estallido de la pandemia. El recorrido judicial se repite: el juzgado de primera instancia da la razón a la arrendadora y Aena presenta recurso de apelación ante la Audiencia Provincial de A Coruña, que también es desestimado. 

Aena acude al Supremo pero, en esta ocasión, presenta un recurso extraordinario por infracción procesal y otro de casación. El Alto Tribunal entendió que “podría existir incompetencia de la jurisdicción civil, por ejercitarse en la demanda una acción relativa a reequilibrio contractual de una concesión administrativa, cuyo conocimiento corresponde a la jurisdicción contencioso-administrativa”. Tras oír a las partes y al Ministerio Fiscal, declaró la “incompetencia de la jurisdicción civil” para el conocimiento de la demanda interpuesta y la “nulidad de todas las actuaciones desde su admisión a trámite”. 

En base a esta jurisprudencia el Supremo dictó dos autos, en octubre del 2025 para el caso de Inditex y en noviembre del mismo año para el de Lonia, en el que admite el recurso de casación de Aena con el que aspira a conseguir la nulidad de las sentencias precedentes.  

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