Cobra tumba una multa de 27 millones por el cártel que amañó contratos en Galicia en la etapa de Florentino Pérez

La Audiencia Nacional concluye que parte de las conductas sancionadas por concertar ofertas en concursos de Adif, entre ellos, cinco del eje Ourense-Santiago, han prescrito

Obras de la vía en la LAV Madrid-Galicia este jueves 26 de febrero de 2020. Adif AV supervisa la fase final del montaje de vía en la LAV Madrid-Galicia en el tramo Pedralba-Ourense. EFE/Brais Lorenzo

Obras de la vía en la LAV Madrid-Galicia este jueves 26 de febrero de 2020. Adif AV supervisa la fase final del montaje de vía en la LAV Madrid-Galicia en el tramo Pedralba-Ourense. EFE/Brais Lorenzo

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La Audiencia Nacional ha anulado dos sanciones de 21,2 millones y 6 millones por su participación en un cártel con grandes contratistas que concertaban ofertas para hacerse con contratos de Adif. La Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia impuso a 15 empresas multas por un valor conjunto de 118 millones, correspondiendo a la compañía entonces integrada en ACS, el grupo de Florentino Pérez, la cuantía más elevada, 27,2 millones.

Entre los participantes en el arreglo de licitaciones para la construcción y mantenimiento de los sistemas de electrificación y electromecánica estaban Elecnor, Isolux, Siemens, Alstom, Indra, Neopul (Sacyr) o Comsa. Y entre los contratos adjudicados bajo la operativa del cártel, que la Sala de lo Contencioso considera acreditado, estuvo el de la construcción y mantenimiento de la catenaria y los sistemas asociados del eje Ourense-Santiago del Corredor Noroeste de Alta Velocidad, el más relevante en lo que atañe a Galicia (30 millones) y en el que habría participado la propia Cobra.

También habría operado el cártel en cuatro contratos de menor importe para el mantenimiento de túneles en ese mismo eje, para la rehabilitación de los centros de transformación de las estaciones de Lalín y Santiago; o en la mejora de la red de tierras y protecciones en las subestaciones eléctricas entre Ourense y Monforte-Vigo. En ninguno de estos está acreditada la participación de Cobra de manera directa. Sí en el anterior, en el que la CNMC detalló incluso que las desavenencias entre la empresa y Elecnor hicieron que se presentaran por separado, recayendo en la segunda la adjudicación final.

Cobra y los 14 años de cártel

A pesar de que la sentencia de la Audiencia Nacional, fechada el pasado 24 de abril, considera probado el cártel, acaba anulando las sanciones impuestas a Cobra al entender que parte de las conductas punibles ya han prescrito. Esto es debido a que la CNMC consideraba que existió una participación continuada por parte de la empresa, lo que supone una única infracción a lo largo del tiempo. De esta manera, los actos sancionables se extendían durante 14 años de licitaciones.

La Sala de lo Contencioso corrige esa apreciación ya que no ve probada la participación de Cobra en los amaños «en el período
comprendido entre el 12 de mayo de 2009, fecha de adjudicación de la última licitación en la cual estaría probada la concertación, y octubre de 2013, en el que consta el reparto de las licitaciones convocadas por Adif en ese año». Ese lapso temporal de cuatro años es suficiente para que los magistrados vean una discontinuidad, es decir, que las conductas posteriores formen parte de otro delito y que las anteriores a 2013, en consecuencia, quedan prescritas.

Por este motivo, estima parcialmente el recurso de la compañía y anula las multas que le impuso Competencia. El fallo debería provocar que el superregulador recalcule la sanción, si bien es previsible que antes la causa llegue al Supremo por la vía del recurso de casación.

Triunfa Sacyr, pierde Siemens

La Audiencia Nacional ha emitido otras dos sentencias respecto a los recursos presentados por las contratistas. En una de ellas, la Sala de lo Contencioso-Administrativo estima el recurso de Sacyr, a la que la CNMC le impuso una multa de 762.363 euros, que el tribunal anula por considerar que no es conforme con el ordenamiento jurídico.

En otra, del 24 de abril, rechaza el recurso presentado por Siemens SA y Siemens AG, que fueron multadas con 16,8 millones. El fallo argumenta que las infracciones se habían calificado correctamente como cártel y que produjeron efectos nocivos en el mercado.

«Los acuerdos de reparto de licitaciones tuvieron como resultado eliminar la incertidumbre entre las empresas imputadas a la hora de establecer su estrategia comercial, permitiendo a dichas empresas adaptar su comportamiento comercial, con el consiguiente perjuicio para Adif, que convocó la mayor parte de estas licitaciones», dice la resolución.

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