Victoria moral de Macán: gana el juicio por su inversión en el Popular

La Audiencia de Lugo tumba el recurso del Popular contra el administrador concursal y Lácteos Casa Macán a raíz de la ampliación de capital del banco

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No todo son pulgas en Lácteos Casa Macán, la empresa lucense envuelta en una crisis, con alerta sanitaria incluida, que ha llevado a forzar la retirada de sus quesos del mercado y a precintar sus instalaciones. Como perro flaco, la firma se encuentra en concurso de acreedores desde mediados de 2017, pero ahora le llega el premio de consolación por su fallida inversión en las ampliaciones de capital del Banco Popular.

Victoria moral para Casa Macán la que le concede la Sección Primera de la Audiencia Provincial de Lugo, en una sentencia en la que tumba el recurso presentado por el Banco Popular (ahora Santander) contra una decisión previa del Juzgado de Primera Instancia número dos de dicha ciudad, que ya daba la razón a la compañía láctea. La nueva sentencia sobre el recurso presentado por el Popular data del pasado mes de noviembre y tiene su origen en un incidente concursal previo.

La ampliación del Popular y la inversión de Macán

Y es que el Juzgado de Primera Instancia número dos de Lugo había estimando en febrero de 2018 la demanda interpuesta por el administrador concursal de Lácteos Casa Macán contra la propia compañía propiedad de Eladio Rigeira y contra el Banco Popular. El titular de dicho juzgado había acordado la rescisión de la compra de derechos y adquisición de acciones suscritos por la concursada con el Banco Popular Español en junio de 2016, por un importe conjunto de unos 180.000 euros. Condenaba además al Popular a restituir a la masa del concurso otros 62.600 euros más los intereses legales.

Casa Macán, antes del concurso de acreedores, había invertido en las ampliaciones de capital que se lanzaron desde el Popular a la desesperada para equilibrar su delicada situación financiera, sin éxito a la vista de que el banco acabó liquidado y vendido por un euro al Santander de Ana Patricia Botín.

Ahora, en la sentencia del pasado mes de noviembre, y después de un recurso del Popular contra el administrador concursal y la propia Lácteos Casa Macán, la sala mantiene el criterio del juez y tumba las pretensiones de la entidad financiera. La sala es muy descriptiva: «La concursada, a la fecha en que se suscribieron los contratos cuya rescisión se pretende, atravesaba ya una situación crítica tal y como se desprende del balance de situación del primer semestre del año 2016″.

Un préstamo con la obligación de comprar acciones

«Podría parecer lógico», continúa la sentencia de la Audiencia Provincial de Lugo, «que se suscribiera un préstamo con la entidad bancaria para sufragar aquellas obligaciones vencidas a las que había que hacer frente, pero donde apreciamos el perjuicio a la masa es cuando se adquieren derechos para la ampliación de capital de la entidad bancaria invirtiendo en ello el 45% del importe del préstamo«. Es decir, el Popular prestó el dinero a Macán con el compromiso que destinara prácticamente la mitad a la ampliación de capital, es decir, a invertir en el propio banco.

«Entraba así la ahora concursada en una actividad ajena a su actividad empresarial, y sin hacer frente a las obligaciones que sobre ella ya pesaban», explica la sala, que incide además que «la actividad es considerada de riesgo y que a la fecha de su realización no evitó que la deuda ya existente subsistiese». Por todo ello, los magistrados entienden que se cumplen «los requisitos de minoración del activo y la inexistencia de justificación para ello». El Popular se queda sin su objetivo. Victoria moral para Macán.

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