¿Indemnizar a los Franco? 800.000 euros en obras y 45 años de gastos en Meirás

La decisión de la Audiencia Nacional de indemnizar a los Franco por las obras acometidas en Meirás desde 1975 ha recibido críticas por parte de las instituciones demandantes que, sin embargo, celebran que se ratifique la titularidad pública del pazo

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Este viernes se conoció el resultado del recurso de la familia Franco a la sentencia que dictaminó que el Pazo de Meirás es propiedad pública. La sección tercera de la Audiencia Provincial de A Coruña ha declarado que el histórico emplazamiento y las fincas incluidas en su recinto son propiedad del Estado, tal y como se falló el pasado septiembre. Sin embargo, si bien los magistrados del tribunal provincial han confirmado la sentencia de primera instancia en lo relativo a la propiedad del pazo, han revocado parcialmente el fallo en otras cuestiones.

Entre ellas, reconocen a los apelantes, los herederos del dictador, “el derecho a ser resarcidos en los gastos necesarios en que incurrieron para la conservación del inmueble” ya que consideran “acreditado” que realizaron “múltiples obras de rehabilitación y mantenimiento” y que tras el incendio que sufrió el recinto en el año 1978 también llevaron a cabo reparaciones. Los jueces sostienen que es “obvio” que si el edificio hubiese estado abandonado durante 45 años, “su estado actual sería ruinoso”. Eso sí, el fallo dado a conocer no estipula la cantidad que el Estado debería abonar a los Franco, al entender que esos gastos deberán definirse en la fase de ejecución de la sentencia. La defensa de la familia estimó durante el juicio celebrado el año pasado gastos de cerca de 800.000 euros.

Los cálculos de la defensa de los Franco

Lo cierto es que en la sentencia del juzgado de Primera Instancia dada a conocer el pasado mes de septiembre, y en la que se desestimó que la familia Franco tuviese derecho a indemnización por este concepto, se avanzaba una cifra por parte de los demandados. La defensa de los Franco insistió en que todos los “impuestos o tributos” referidos al Pazo de Meirás fueron abonados por los sucesores de Francisco Franco “desde su fallecimiento y hasta la fecha”. “Una tributación que, procede recalcar, ha sido pacífica y gustosamente tramitada y aceptada por las Administraciones Públicas”, aseguraban.

Los abogados de los Franco hicieron hincapié en los gastos derivados del incendio que sufrió el inmueble en el año 1978. Aseveraban que “todo fue tramitado, gestionado y sufragado por los sucesores de Francisco Franco”. La defensa presentó ante el juzgado actas de peritación sobre los perjuicios causados por el incendio en la propiedad (una de un perito designado por la viuda de Franco y otras de las compañías aseguradoras, Caser y Covadonga). La defensa argumentaba que esos documentos evidenciaban que todos los trámites y gestiones que se realizaron “para propiciar la pertinente indemnización del siniestro” fueron llevados a cabo por los herederos del dictador. “Todo lo concerniente a la gestión, contratación y, sobre todo, pago de las muy diversas obras que, en años posterior, se ejecutaron en el pazo para su recuperación, fue asumido y sufragado por los propios sucesores”, apuntaban los abogados, que presentaron un conjunto documental de presupuestos, facturas e informes de seguimiento de trabajos realizados entre los años 1994 y 2002 “que, entre otras cosas, pone de manifiesto como el total gastado en tales obras ascendió a una cifra próxima a los 800.000 euros”.

En esta línea, la Audiencia Provincial concluye que hasta el año 1975 es el Estado “el que se hace cargo de la totalidad de los gastos inherentes a la propiedad, obras de mejora y mantenimiento”, pero que, desde esa fecha y hasta la actualidad, “son los herederos los que asumieron esos costes de mantenimiento, por lo que la Audiencia les reconoce el derecho a ser indemnizados”.

Reacciones a la sentencia

La sentencia ha sido acogida de forma desigual. Si bien las partes demandantes aplauden que se ratifique que el Pazo de Meirás forma parte del patrimonio público, la indemnización a los Franco ha supuesto un jarro de agua fría para los representantes de algunas de las administraciones implicadas.

El alcalde de Sada –municipio coruñés en el que se encuentra el pazo–, Benito Portela, confirmó este viernes que recurrirán la sentencia en relación a este asunto, si bien ha valorado “lo fundamental” del fallo, en relación a la “declaración de nulidad de títulos, la expulsión de los Franco del pazo y la incorporación al mismo al patrimonio público”.

En la misma línea, el responsable de Patrimonio de la Diputación de A Coruña y miembro de la Junta pro Devolución del Pazo de Meirás, el nacionalista Xosé Luís Penas, ha calificado de «incomprensible» que la Justicia «ordene darle más dinero a los Franco después del inmenso patrimonio que consiguieron como herencia del dictador, de las propiedades robadas al pueblo gallego de forma ilícita». El presidente de la Diputación de A Coruña, el socialista Valentín González Formoso, manifestó por su parte la “satisfacción” por una sentencia que pone en valor el trabajo de las administraciones demandantes, si bien indicó que no comparte el reconocimiento de indemnización. «Al margen de este punto que no compartimos, y creemos que la mayoría de la sociedad no entiende, tenemos que esar satisfechos», dijo.

La alcaldesa de A Coruña, Inés Rey, ha trasladado su «satisfacción» por la sentencia, de la que ha dicho que «refuerza la idea de hacer justicia a una anomalía histórica». El ayuntamiento coruñés está llevando a cabo dos estudios paralelos, uno jurídico-histórico y otro histórico-artístico, para reclamar por vía judicial la Casa Cornide, palacete enclavado en el municipio,»que se adquirió siguiendo el mismo modus operandi que en Meirás».

La Xunta de Galicia ha manifestado que es “una buena noticia” que la Audiencia ratifique que “Meirás es propiedad pública”, si bien ha apuntado que “toca analizar la sentencia en todos sus términos para seguir defendiendo el patrimonio de todos los gallegos”.

Contra la resolución de la Audiencia Provincial cabe interponer o bien un recurso de casación o bien uno de carácter extraordinario por infracción procesal ante el Tribunal Supremo.

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