Clamor jurídico contra el retraso de las elecciones en Cataluña

La controvertida decisión del Govern en funciones de aplazar el 14-F desata recursos ante los tribunales y lamentos de juristas por "la chapuza electoral"

El Parlament de Cataluña está disuelto desde el decreto de convocatoria de elecciones y así permanecerá hasta después de la votación

El Parlament de Cataluña está disuelto desde el decreto de convocatoria de elecciones y así permanecerá hasta después de la votación

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El Govern en funciones de Cataluña no solo va a tener que superar un auténtico chaparrón de recursos judiciales después de dejar sin efecto la convocatoria de elecciones catalanas del 14 de febrero, sino que también va a tener que soportar a los juristas que critican “la chapuza” que el ejecutivo catalán ha perpetrado con un decreto inédito en democracia.

El catedrático de la UAB Rafael Arenas expresa su incredulidad en una conversación con Economía Digital: “Esto nunca se ha visto. La disolución de un Parlamento siempre va a acompañada de la apertura del período electoral. Y ahora mismo lo que tenemos es un Parlamento disuelto y, por tanto, un gobierno sin apenas control, acompañado de un incierto camino a unas elecciones que, en realidad, no sabemos si se celebrarán el 30 de mayo o cuándo”.

Este jurista considera que el decreto de la suspensión de las elecciones del 14-F vulnera el derecho de participación de los ciudadanos de Cataluña y, además, es contrario al Estatut y a la ley orgánica del régimen electoral.

«Creo que ya era discutible lo que ocurrió con el aplazamiento de las elecciones vascas y gallegas, aunque es cierto que aquellas debían celebrarse el 5 de abril de 2020, cuando los ciudadanos estaban confinados en sus domicilios. El caso de las catalanas no se puede comparar desde ese punto de vista», expone.

Y, a continuación, subraya que, a diferencia de lo ocurrido con aquella cita de abril, «en el caso de Cataluña estamos ante unas elecciones cuya convocatoria se había realizado de forma automática», producto de la inhabilitación de Quim Torra y de la incapacidad del Parlament para sustituirlo.

«No estamos ante una convocatoria electoral al uso. No creo que el Govern en funciones tenga la potestad para desconvocar unas elecciones que ni siquiera ha convocado porque se han convocado de forma automática», argumenta Rafael Arenas.

Desmontando la tesis del «vacío legal»

Otros juristas han hablado de un «vacío legal» respecto a la posposición de elecciones, pero este punto de vista no es ni mucho menos unánime.

Lo discute, por ejemplo, el catedrático de derecho constitucional Miguel Presno Linares, de la Universidad de Oviedo. «Yo no creo que exista un vacío legal: en caso de que no esté prevista la suspensión o el aplazamiento de las elecciones es que no se pueden aplazar o suspender. Otra cosa es que habría que haber reformado la legislación electoral para, como parece lógico, contemplar esa eventualidad».

El catedrático de derecho constitucional de la Universitat de Barcelona Xavier Arbós, por su parte, considera que el decreto de la Generalitat es demasiado frágil y contempla que el Tribunal Superior de Justicia de Catalunya dé la razón a las organizaciones que ya han recurrido, la Lliga Democràtica y Federalistes d’Esquerres para satisfacción de todos los que están en contra de este aplazamiento.

«La cuestión es ver cómo se aplazan», se pregunta Arbós. El profesor de la UB explica a Economía Digital que el cambio de fecha debe estar debidamente justificado, puesto que entran en contradicción dos derechos fundamentales como son el derecho a la vida y el de la participación política. A ojos del jurista, la argumentación de la Generalitat es pobre.

«El decreto de la Generalitat no justifica el porqué del cambio en las elecciones, se tiene que dejar claro por qué en esta fecha son un riesgo añadido. No hay, o no he sabido ver, ninguna indicación más concreta», lamenta Arbós, mientras se pregunta «cómo puede ser que el 14-F se pueda comer una hora sin mascarilla pero no se puedan hacer elecciones».

Aplazar al 30-M no garantiza la celebración de elecciones

Más allá de datos concretos como podrían referencias explícitas a datos epidemiológicos sobre por qué es peligroso celebrar las elecciones en febrero, Arbós cree que debe producirse otro elemento clave: que se refleje qué será distinto el 30-M para justificar el cambio electoral.

«¿Qué piensan hacer el 30 de mayo que no han hecho específicamente para las elecciones?», se pregunta el catedrático de la UB. Sobre la explicación de alejar el rebrote de Navidad, recuerda que el 30 de mayo se podría vivir la temida cuarta ola como consecuencia de los rebrotes por la Semana Santa, con lo que la situación sería similar a la de febrero.

Críticas en la Junta Electoral a la indefinición

Aunque la Junta Electoral Central no está llamada a pronunciarse hasta el momento, algunas fuentes han explicado a título individual en conversación con Economía Digital que dudan de la admisión a trámite de los recursos interpuestos por ambas entidades políticas.

Coinciden con Arbós en que el decreto es «flojo», y entienden que una limitación de un derecho como el de la participación política requiera de una muy buena justificación. Sin embargo, manifiestan sus dudas respecto a que el TJSC vaya a tumbarlo sin ir más allá de lo que califican una «intuición jurídica».

Incluso si Vox finalmente recurriera el decreto, que al ser parte interesada por reunir los avales y presentarse a las elecciones favorecería una admisión a trámite, es probable –según opinan fuentes de la JEC– que el tribunal prime el derecho a la salud pese a dar un «tirón de orejas» a la Generalitat por apuntalar de forma deficiente la suspensión.

Además, las fuentes consultadas critican que desde el Gobierno no se hayan aprovechado estos meses para aprobar una modificación de la LOREG que dé amparo jurídico y delimite bien las condiciones que deberían dar pie a un aplazamiento por fuerza mayor: «Muchos la hemos pedido, es una lástima».

«Nadie ha hecho su trabajo bien»

Coinciden, además, en la dificultad añadida generada por el automatismo con el que se han convocado las elecciones, una idea que también comparte el profesor de derecho constitucional de la Universidad de Cantabria Josu de Miguel. Advierte que no hay «base jurídica sólida» sobre la cual tomar la decisión de aplazarlas, ni siquiera en los casos de de Euskadi y Galicia.

De Miguel explica que los decretos son «excepcionales y de derecho de necesidad», como consecuencia de la grave crisis sanitaria que atraviesa el país. Reconoce la dificultad de celebrar elecciones, con municipios confinados o con gente que no podía salir a la calle, como pasaron en las elecciones gallegas y vascas.

Aunque reconoce que la Generalitat podría haber previsto mejor la convocatoria y evitar este escenario, subraya la complejidad de la situación, y se muestra cauto sobre cuál será la decisión que pueda adoptar el TSJC: «Nadie ha hecho su trabajo bien y ahora tenemos los resultados de nuestra impericia».

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Marcos Pardeiro
Sergi Ill

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