El Govern valora sancionar a Endesa con hasta 6 millones por dificultar el autoconsumo

La Dirección General de Energía abre un expediente a la distribuidora EDistribución Redes Digitales, del grupo Endesa, tras detectar "dificultades y retrasos" en la tramitación de los contratos de autoconsumo

El presidente de la Generalitat, Pere Aragonès. EFE/Marta Pérez

El presidente de la Generalitat, Pere Aragonès. EFE/Marta Pérez

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La Generalitat de Catalunya ha abierto un expediente sancionador a la distribuidora EDistribución Redes Digitales, del grupo Endesa. El motivo es la identificación de una supuesta «vulneración de la normativa en materia de autoconsumo colectivo», lo que puede conllevar la interposición de una multa de entre 600.000 euros y 6 millones de euros.

La Dirección General de Energía, que depende del Departamento de Acción Climática, Alimentación y Agenda Rural, ha sido el organismo que ha abierto el expediente sancionador, tras un expediente informativo que evidencia que la compañía ha incurrido en «prácticas que implican la imposición injustificada de condiciones, dificultades o retrasos en la tramitación de los contratos de acceso o de suministro en las modalidades de autoconsumo».

Se trata, pues, de una actuación que habría «perjudicado a los consumidores», considerada como una «infracción grave» por el organismo que ha abierto el expediente sancionador.

Dificultades y retrasos

Un claro ejemplo de las prácticas que ha detectado la Dirección General de Energía es el hecho que EDistribución Redes Digitales no haya adaptado «dos de cada tres contratos que han solicitado formalizarse en la modalidad de autoconsumo colectivo». También «ha denegado casi una de cada tres peticiones de modificación del contrato de acceso en suministros con autoconsumo colectivo», gran parte de las veces «aduciendo motivos incorrectos».

«La compañía no habría tramitado otro tercio de las instalaciones al no haber recibido ninguna solicitud de la empresa comercializadora para adaptar el contrato a la modalidad de autoconsumo colectivo», subraya el expediente informativo a la vez que hace hincapié que la empresa de Endesa «no activó un 46% de las peticiones rechazadas por no haber recibido ninguna petición de modificación del contrato de acceso desde la empresa comercializadora».

No obstante, recuerda que cuando la dirección general ha remitido a la distribuidora la documentación, «ya es suficiente para modificar el contrato de acceso».

Por su parte, el 30% de las denegaciones han tenido lugar porque «la petición de la comercializadora no incluía el acuerdo de reparto, ni tampoco, en el caso de instalaciones de menos de 100 kW, por no haber recibido ninguna solicitud de la comercializadora para adaptar el contrato de autoconsumo colectivo».

«Desde el momento en que la distribuidora comunica el Código de Autoconsumo (CAU), un requisito para la autorización administrativa de la instalación, se entiende que el solicitante ha aportado un acuerdo de reparto y un acuerdo de compensación de excedentes correcto», enfatiza la dirección general de energía.

A pesar de que la normativa «no prevé una inspección previa a la conexión de la instalación a realizar por parte de la empresa distribuidora», según indica el informe, el 12% de las denegaciones de la activación del autoconsumo se han producido por «no haber pasado la correspondiente inspección».

Con todo, el Gobierno catalán ha optado por abrir un expediente sancionador a la compañía de Endesa y le ha requerido a «aplicar los descuentos previstos en la normativa en todos aquellos casos en los que la modificación de los contratos de acceso y la compensación de excedentes se hayan activado más allá del plazo de dos meses a partir de su comunicación».

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