Jurado popular en España: qué es, cómo funciona y cómo se elige

Mazo de madera de juez utilizado en los juicios

Mazo de madera de juez utilizado en los juicios. Foto: Freepik

La figura del jurado popular vuelve a estar en el centro del debate público en España. La decisión del juez Juan Carlos Peinado de que el presunto caso de malversación en el que está implicada Begoña Gómez pueda resolverse mediante este sistema judicial ha reavivado el interés sobre un mecanismo que, aunque lleva casi tres décadas en vigor, todavía despierta dudas entre muchos ciudadanos.

El jurado popular se instauró de forma estable en España en 1995, tras la aprobación de la Ley Orgánica 5/1995 del Tribunal del Jurado. Esta norma fue la encargada de dar cumplimiento al artículo 125 de la Constitución Española de 1978, que reconocía la participación directa de la ciudadanía en la administración de justicia.

Aunque pueda parecer una innovación reciente, la idea de que los ciudadanos participen en juicios tiene raíces en el siglo XIX. Ya en la Constitución de Cádiz de 1812 se mencionaba esta posibilidad, que se aplicó durante el Trienio Liberal (1820-1823). Sin embargo, los vaivenes políticos hicieron que su aplicación fuera intermitente y desapareciera durante la dictadura franquista. No sería hasta la democracia cuando se retomó y consolidó este modelo.

Qué delitos juzga un jurado popular

El jurado popular en España no interviene en todos los casos. Está reservado a delitos graves y concretos, principalmente relacionados con la vida y la integridad de las personas. Entre ellos destacan los asesinatos, homicidios, inducción o cooperación al suicidio, lesiones graves y delitos de violencia de género con resultado de muerte o daño físico de gran gravedad.

Asimismo, también es competente en determinados delitos contra la libertad, como la violación, el abuso sexual grave o el secuestro. Y, quizá de manera más polémica, en algunos delitos contra la administración pública: cohecho, tráfico de influencias o malversación de caudales públicos. Este último aspecto genera controversia en el ámbito jurídico, ya que son delitos que requieren conocimientos técnicos que no siempre poseen los ciudadanos elegidos como jurados.

No cualquier persona puede formar parte de un jurado popular. El proceso comienza con la selección aleatoria de ciudadanos inscritos en el censo electoral de la provincia donde se haya cometido el delito. Para ser elegible, es imprescindible cumplir con varias condiciones: tener nacionalidad española, ser mayor de edad, residir en la provincia correspondiente, saber leer y escribir, y estar en pleno ejercicio de los derechos civiles.

A ello se suma que existen incompatibilidades y motivos de excusa. Quedan excluidos, por ejemplo, quienes tengan relación con el proceso —acusados, abogados, peritos, testigos— o quienes desempeñen cargos públicos o judiciales. Además, una persona mayor de 65 años, alguien que ya haya ejercido como jurado en los últimos años o quienes acrediten dificultades familiares o de salud pueden excusarse.

El proceso de selección y recusación

Una vez confeccionada la lista inicial, se realiza un sorteo para designar a los jurados titulares y suplentes. En esta fase, tanto la defensa como la acusación tienen la posibilidad de recusar a candidatos si consideran que no son imparciales o podrían tener algún tipo de prejuicio.

Este mecanismo de recusación, que puede basarse en causas justificadas o ser utilizado de forma estratégica, busca garantizar la objetividad del jurado. Finalmente, se constituye un tribunal compuesto por nueve ciudadanos y dos suplentes, presidido por un juez profesional que dirige las cuestiones de procedimiento y aplica la ley.

Durante el juicio, el jurado escucha a las partes, observa la presentación de pruebas, atiende a los testimonios y sigue las instrucciones del juez-presidente. Sin embargo, no interviene en cuestiones legales, que siguen estando bajo la autoridad del juez.

La fase decisiva llega al final, cuando los miembros del jurado se retiran a deliberar en privado. En ese momento, analizan las pruebas, discuten entre ellos y responden al llamado “objeto del veredicto”, un cuestionario detallado de preguntas que estructura su decisión.

Para que el veredicto tenga validez, es necesaria una mayoría cualificada. Dependiendo del delito, se exige un mínimo de cinco o siete votos a favor en un jurado de nueve personas. Una vez alcanzado, se comunica al tribunal y el juez-presidente dicta la sentencia conforme a lo acordado y a lo establecido en la ley.

La participación ciudadana y sus críticas

El jurado popular ha sido defendido como una herramienta democrática que acerca la justicia a la ciudadanía y permite que la sociedad participe directamente en decisiones que afectan a su convivencia. También se ha señalado que contribuye a aumentar la transparencia y la confianza en el sistema judicial.

No obstante, este modelo ha recibido críticas desde distintos sectores. Entre las más habituales, la dificultad de que ciudadanos sin formación jurídica comprendan en profundidad casos complejos, el riesgo de dejarse influir por factores externos —como la presión mediática— o la lentitud añadida que puede suponer al proceso judicial.

Más allá del caso de Begoña Gómez, en los últimos años varios juicios han sido seguidos de cerca por la opinión pública gracias al jurado popular. Uno de los más mediáticos se desarrolla actualmente en Igualada, donde un acusado se enfrenta a cargos por la violación de una joven en la madrugada del 1 de noviembre de 2021.

La mujer del presidente del Gobierno, Begoña Gómez, durante la Comisión de Investigación sobre programas de cátedras y postgrados de la Universidad Complutense de Madrid y empresas financiadoras, en la Asamblea de Madrid. Foto: Eduardo Parra / Europa Press
La mujer del presidente del Gobierno, Begoña Gómez, durante la Comisión de Investigación sobre programas de cátedras y postgrados de la Universidad Complutense de Madrid y empresas financiadoras, en la Asamblea de Madrid. Foto: Eduardo Parra / Europa Press

Procesos como este recuerdan que, aunque pueda generar debate, el jurado popular sigue siendo una pieza esencial de la justicia española. Con sus luces y sombras, representa la voluntad constitucional de que la ciudadanía no sea únicamente espectadora, sino también protagonista en el funcionamiento del Estado de derecho.

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Alba Carbajal

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