Las grandes eléctricas se quitan la careta: llevan al Supremo el recibo de la luz

Iberdrola, Endesa, Gas Natural y EDP presentan recursos contenciosos contra el decreto que modifica la metodología del cálculo de los precios para el pequeño consumidor y su régimen de contratación

Ignacio Sánchez Galán.

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El silencio que han mantenido las grandes eléctricas durante la crisis de precios del pasado mes de enero se ha roto en el Tribunal Supremo. A golpe de recursos, cuatro operadores determinantes en el sistema, Iberdrola, Endesa, Gas Natural y EDP, han hecho explícita en los últimos días su posición sobre la actual configuración de la tarifa eléctrica. Y, a decir por los recursos contenciosos presentados, no les gusta nada.

Las compañías se han quitado la careta ante la Sala Tercera de lo Contencioso del Tribunal Supremo, y su objetivo no es otro que los precios voluntarios para el pequeño consumidor de energía eléctrica, lo que en el sector se conoce como PVPC, que vino a sustituir a la tarifa de último recurso. Bajo lo que se entiende como mercado regulado, en España se acogen a esta tarifa unos 12 millones de clientes, algo más del 46% del total de consumidores.

Contra el pequeño consumidor

La tarifa PVPC, dirigida a los consumidores con una potencia contratada menor o igual a 10 kilovatios, está regulada por el Gobierno, pero también está condicionada en parte por el coste de la energía en el mercado mayorista, y fue una de las que registró las alzas en enero.

En su nuevo frente legal, dos de los grupos han optado por presentar los recursos a través de las filiales Iberdrola Comercialización de Último Recurso SAU e Iberdrola Clientes SAU, en un caso, y Endesa Energía XXI SL, en otro. Ambas iniciativas, que calcan sus argumentos, fueron admitidas a trámite por el alto tribunal los pasados uno y tres del presente mes, después de un enero especialmente convulso para el sector eléctrico por el alza de precios. La pasada semana también fueron admitidos los de EDP Comercializadora del Último Recurso y Gas Natural Sur SDG SA.

Costes de comercialización

En concreto, el núcleo de los recursos presentados gira en torno a un real decreto del 18 de noviembre del pasado año, que modifica otro de marzo de 2014, «por el que se establece la metodología de cálculo de los precios voluntarios para el pequeño consumidor de energía eléctrica y su régimen jurídico de contratación». 

Esos decretos impulsados por el Gobierno tienen su origen en otras dos sentencias del Tribunal Supremo, que anulaban algunos artículos de otro anterior, que databa de  2014, por entender que los valores fijados habían sido elaborados «sin la previa aprobación de la necesaria metodología para determinar tanto los costes de comercialización como la remuneración razonable que pudiera proceder», absteniéndose la sala de entrar a valorar la suficiencia o insuficiencia del margen comercial que se venía aplicando por parte de las eléctricas. 

Por ello, el Supremo condenó al Gobierno a aprobar una nueva metodología, a fijar con arreglo a la misma los costes de comercialización y a regularizar las cantidades derivadas de la actividad de comercialización. Esa nueva metodología, que afecta a los pequeños usuarios, es lo que ahora recurren las grandes eléctricas, en un capítulo más de una tormenta que se traslada ya a los tribunales.

Economía Digital

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