Nuevo golpe para Carlota Pi: la justicia falla a favor de la plantilla de Holaluz por la eliminación del teletrabajo
La comercializadora de luz de Carlota Pi recurrirá el fallo judicial

Los fundadores de Holaluz (Oriol Vila; Ferran Nogué; y Carlota Pi)
Golpe judicial para Holaluz por la eliminación del teletrabajo. La comercializadora de luz de Carlota Pi ha perdido en primera instancia la demanda interpuesta por los trabajadores de la compañía catalana por la supresión de este derecho laboral enmarcada en su proceso de reestructuración.
El juzgado de lo social Nº21 de Barcelona ha fallado en favor de los trabajadores de Holaluz, tras una demanda colectiva interpuesta junto con el sindicato CGT que denunciaba la eliminación total del teletrabajo, según ha podido saber ECONOMÍA DIGITAL.
Fuentes de Holaluz explican que la compañía respeta la decisión judicial, pero va a recurrir el fallo y destacan que «lo importante para la compañía es que está saliendo adelante de una situación muy complicada y que cada vez se habla más de generación distribuida».
El caso se remonta a finales de 2024, cuando Holaluz comunicó a la plantilla que el 2025 daría inicio a la reversión del teletrabajo a lo que se suma la eliminación de otros beneficios sociales.
La empresa justificó entonces estos cambios por causas económicas debido a la crítica situación en la que se encontraba. La empresa estaba inmersa en un proceso de reestructuración de deuda para evitar la quiebra, que finalmente ha logrado gracias a la entrada en su capital del fondo de inversión Icosium.
Tras dos semanas de negociación que finalizaron sin acuerdo, la plantilla convocó la primera huelga en España por la eliminación del teletrabajo y el sindicato CGT, junto con el Comité de Empresa, interpuso una demanda por conflicto colectivo que acaban de ganar en primera instancia.
Más de un 30% de la plantilla se ha ido de Holaluz
Según explican desde CGT, más de un 30% de la plantilla dejó la empresa ya que tras casi cinco años de trabajo en con un modelo flexible y tres años de sueldos congelados en muchos de los casos.
Además, el sindicato asegura que gran parte de la plantilla no podía asimilar los gastos extra de transporte y tiempo, se habían mudado o habían sido contratadas directamente fuera de la ciudad.
En esta línea, Holaluz sometió la reversión del teletrabajo a través del artículo 41, junto con la pérdida de otros beneficios sociales, considerándola una modificación sustancial de las condiciones de trabajo (MSCT). Esto obligaba a una negociación de buena fe con la representación legal de las personas trabajadoras.
En la demanda se denunció la falta de buena fe de negociación y la ausencia de pruebas que justificaran la necesidad de la eliminación del teletrabajo.
«Se hizo hincapié también en que uno de los objetivos de la compañía fuese empujar a gran parte de la plantilla a dejar la empresa», destaca CGT.
La sentencia dictamina que en dicha negociación no se aprecia la buena fe por parte de la empresa en lo relativo a la reversión del teletrabajo debido a la poca flexibilidad en aceptar un modelo híbrido consensuado con las personas trabajadoras.
Además, apunta el sindicato, esta modalidad de teletrabajo formaba parte de los contratos aun existiendo una cláusula de reversibilidad y no se dio como medida transitoria o excepcional.
Dicha cláusula se reserva el derecho a revisar y evaluar bajo circunstancias objetivas vinculadas a la idoneidad del puesto de cada caso individual. «La empresa, sin embargo, ha tomado una decisión generalizada y alegando causas económicas», señala CGT.
Tampoco se encuentra correlación directa entre la situación económica a través de la que pasa la empresa y la eliminación del teletrabajo ni se demuestra que sea un factor para la pérdida de eficiencia o productividad.
«En definitiva, la falta de datos objetivos y mensurables que justifiquen el cambio, la poca flexibilidad para negociar otras alternativas como un modelo híbrido y la comunicación a la plantilla sobre el nuevo modelo previa al cierre de las negociaciones concluyen en que el retorno a la presencialidad obligatoria no se ajusta a derecho», concluye CGT.