El Tribunal de Cuentas archiva la investigación sobre el rescate a Plus Ultra

El auto determina que la ayuda económica no presenta indicios de incumplimiento de las leyes reguladoras del régimen presupuestario del sector público

Un avión de la aerolínea española Plus Ultra. EFE/EDUARDO CAEVRO

Recibe nuestra newsletter diaria

O síguenos en nuestro  canal de Whatsapp

El Tribual de Cuentas ha archivado la investigación sobre el rescate a Plus Ultra al considerar que esta concesión no afectó a los fondos públicos. “Los hechos contemplados en la acción pública no presentan indicios de haber dado lugar al incumplimiento de las leyes reguladoras del régimen presupuestario y de contabilidad aplicable al sector público”.

Esta es la conclusión que se indica en el auto. El pasado 15 de junio, Ciudadanos se dirigió a este tribunal para que analizara si había indicios de responsabilidad contable en el rescate de la aerolínea. No obstante, la justicia ha determinado que no hay datos que avalen esta tesis de la formación de Inés Arrimadas.

La sentencia, dictada por el consejero Felipe García Ortiz, explica que esta investigación tenía por objeto aclarar si la denuncia de los naranjas tenía fundamento sobre la concesión a la compañía de una ayuda financiera cargada al Fondo de Apoyo a la Solvencia de las Empresas Estratégicas (FASEE), gestionado por la SEPI, por un importe de 53 millones de euros.

Según Ciudadanos, la entrega de esta cantidad ha provocao un «menosvabo en los fondos públicos» porque la empresa no reunía los requisitos para «ser beneficiaria de dicha ayuda».

“La ayuda financiera percibida hasta el momento por la empresa Plus Ultra, por importe de 19 millones de euros, es un préstamo ordinario y como tal no ha originado un perjuicio económico a los fondos públicos”

Al respecto, la resolución determina que “la ayuda financiera percibida hasta el momento por la empresa Plus Ultra, por importe de 19 millones de euros, es un préstamo ordinario y como tal no ha originado un perjuicio económico a los fondos públicos”.

El presidente del Gobierno español, Pedro Sánchez, habla a los medios de comunicación este fin de semana, en el campus de la compañía HP, en Palo Alto (EE.UU.). EFE/Juanjo Martín

Y añade que: “Un perjuicio a los fondos públicos por la concesión de este préstamo se produciría por su aplicación a finalidades distintas a las que fue concedido (…) o por su falta de amortización en los correspondientes plazos de vencimiento o por impago de los intereses que, en su caso, se hubieran pactado”.

La Fiscalía y la Abogacía apoyan la decisión

Felipe García ha apuntado que esta decisión ha contado con el respaldo de la Fiscalía y la Abogacía del Estado.

En concreto, el informe elaborado por la Fiscalía señala que la ley que rige el funcionamiento del Tribunal de Cuentas y “el criterio constante de la doctrina sobre la materia” exigen que se compruebe “la realidad o efectividad del daño o perjuicio” a los fondos púbicos, “lo que significa que este ha de ser real y no meramente potencial o posible, descartando especulaciones acerca de perjuicios contingentes o dudosos”.

En conclusión, el fiscal jefe del Tribunal de Cuentas, Miguel Ángel Torres, ha insistido en su informe que no se ha producido un daño en relación con determinados caudales públicos y que, además, ese daño no es efectivo y evaluable económicamente.

“Según consta en la documentación aportada por los denunciantes”, los préstamos concedidos por el Fondo de Apoyo a la Solvencia para las Empresas Estratégicas todavía no han vencido, por lo que todavía es «prematuro en el momento actual predecir el cumplimiento o incumplimiento de las obligaciones asumidas por la entidad beneficiaria y el consiguiente perjuicio para los fondos públicos”, concluye el texto.

Economía Digital

Recibe nuestra newsletter diaria

O síguenos en nuestro  canal de Whatsapp