Tebas gana el pulso judicial por la última deuda del concurso del Deportivo

La Audiencia Nacional estima el recurso de la Liga de Fútbol Profesional (LFP) contra el acuerdo entre el Dépor y Hacienda en 2017 para dar carpetazo a su deuda privilegiada

Javier Tebas

El presidente de la Liga de Fútbol Profesional, Javier Tebas. EFE

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Los caminos del Real Club Deportivo de La Coruña y Javier Tebas vuelven a cruzarse en los tribunales a cuenta de las deudas del conjunto herculino con la Agencia Española de Administración Tributaria (AEAT). La Audiencia Nacional ha dado la razón y ha estimado el recurso planteado por la Liga de Fútbol Profesional (LFP) contra el Acuerdo del Tribunal Económico Administrativo Central de 25 de julio de 2017 que gira en torno a la recaudación de los ingresos por las quinielas y las deudas con Hacienda por parte del club presidido por Fernando Vidal.

Según recoge la sentencia fechada el pasado 10 de noviembre “la controversia trae causa del acuerdo de la Dependencia Regional de Recaudación de la Delegación Especial de Galicia de 5 de mayo de 2014”. En él, “en ejecución de un derecho de prenda en favor de la Agencia Estatal de la Administración Tributaria, se requiere a la LFP para que efectúe el ingreso de las cantidades que en concepto de participación en la recaudación de las quinielas correspondían y se devengaron a favor del Real Club Deportivo de La Coruña” desde el 11 de enero de 2013 hasta el 5 de febrero de 2014.

El acuerdo de refinanciación con Abanca

Hacienda entendía que existía derecho de prenda sobre la recaudación de estos ingresos durante el periodo de tiempo que transcurrió desde que el club se declarase en concurso de acreedores hasta que, ya con Tino Fernández en la presidencia, se aprobase el convenio de acreedores. Sin embargo, la LFP decidió pleitear al considerar que no se había generado “derecho al cobro de cantidad alguna como consecuencia del reparto de las quinielas” al entender que “cuando un club o sociedad deportiva es declarado en concurso pierde su derecho a percibir los derechos económicos que pudieran corresponderle de su participación en La Liga”.

La institución presidida por Javier Tebas recurrió ante este acuerdo de 2014 y ante el siguiente (del año 2017), con el que la Agencia Tributaria daba carta de pago por todos los créditos privilegiados reconocidos en el concurso después de que el club herculino y Abanca sellasen un acuerdo de refinanciación que permitía cancelar la deuda privilegiada. Con él, la entidad presidida por Juan Carlos Escotet concedía al club herculino un préstamo de 45 millones a pagar en 15 años e imprimía su nombre al estadio coruñés, rebautizado desde entonces como Abanca-Riazor.

Los motivos del rechazo de la Audiencia Nacional

En este documento sellado una vez que el Deportivo salvaba su match ball ante Hacienda, la sentencia emitida por la Sección séptima de la Sala de lo Contencioso de la Audiencia Nacional recoge que también se estipulaba que “las garantías que se constituyeron según lo establecido en el Acuerdo singular de 7 de marzo de 2014, quedan levantadas. En este acto se entregan al Real Club Deportivo de la Coruña diligencia de levantamiento de todos los embargos y prendas que se practicaron en garantía del acuerdo de 7 de marzo de 2014”, motivo por el cual el tribunal considera el acuerdo contrario a derecho.

“La Administración no puede ir en contra de sus propios actos y debe atenerse a lo dispuesto en el convenio singular, primero, y en la modificación de éste, después”, dictamina en contra del criterio de la Abogacía del Estado, al entender que “no pueda soslayarse” que el Dépor y la Agencia Tributaria acuerden derivar el saldo “pendiente de la deuda (4,46 millones de euros) al 20 de enero de 2023, siendo entonces cuando la extinción del aplazamiento justificaría, en su caso, la posibilidad de ejecutar la prenda” sobre los ingresos de recaudación por quinielas que quedaron en su momento aparcados.

El ‘Caso Fuenlabrada’ en el horizonte

Javier Tebas y la Liga de Fútbol Profesional ganan su pulso a Hacienda con el Deportivo como telón de fondo mientras se encuentra a la espera de las sentencias que se puedan producir a raíz del denominado Caso Fuenlabrada.

Por el momento, la Consellería de Sanidade ha propuesto sanciones de 360.000 euros tanto para la LFP como para el Fuenlabrada por incumplimiento de los protocolos sanitarios con su viaje a A Coruña el pasado 20 de febrero pese al brote detectado en el equipo madrileño. El procedimiento corre en paralelo al puesto en marcha por el juzgado central de lo contencioso-administrativo número 2 de Madrid, que ha desestimado las alegaciones de La Liga contra la demanda presentada por el Numancia para incorporarse como parte interesada en el recurso presentado contra la resolución del Tribunal de Arbitraje Deportivo (TAD) mediante la cual este organismo (dependiente del CSD) arrebataba a la Real Federación Española de Fútbol (RFEF) la competencia para decidir sobre el posible descenso administrativo del Fuenlabrada o la repetición de la última jornada de la pasada campaña en Segunda División.

Al mismo tiempo, el juzgado de Instrucción número 6 de A Coruña retomó el pasado mes de diciembre la causa que investiga posibles delitos de lesiones y contra los trabajadores por parte de la LFP y el Fuenlabrada por el viaje del equipo madrileño a la ciudad herculina.

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