Así puedes protegerte de los inquilinos morosos

Para evitar perjuicios económicos por impagos en la renta hay varios tipos de avales, garantías y depósitos que son ofrecidos por inmobiliarias y aseguradoras

Tener un inquilino moroso puede arruinar al propietario. Foto Way Home Studio

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La oferta de viviendas en alquiler ha caído el 17% en el último año, y en el caso de Barcelona, el derrumbe solo entre mayo y junio pasado ha sido del 43%, según revela el Col·legi d’Administradors de Finques de Barcelona-Lleida.

Entre las razones se encuentran las limitaciones de la Ley de Vivienda, pero también el temor a que el inquilino se convierta en un moroso y que el sueño de tener una renta adicional se convierta en una pesadilla legal y burocrática.

Las razones para dejar de pagar un alquiler son variadas, pero a grandes rasgos, esto sucede por dos grandes motivos: la situación económica del inquilino cambia drásticamente (como puede ser por la pérdida de un trabajo o la desaparición del sostén económico del hogar), o que el arrendatario sea un caradura que se aprovecha de los resquicios legales para vivir gratis.

Pero hay formas de evitar esta situación, y es teniendo en cuenta estas alternativas para poner freno a los inquilinos morosos.

Fianza

Es cierto que muchos propietarios y agencias inmobiliarias imponen varias garantías a los inquilinos, pero al menos una de ellas es obligatoria: la fianza.

Hay varios seguros que protegen al propietario. Foto Freepik

Ya la Ley de Arrendamiento Urbano establece que el inquilino debe depositar el equivalente a un mes por adelantado.

La Ley de Arrendamiento Urbano obliga al inquilino a depositar una fianza equivalente a un mes

Si bien en casos de impago se puede recurrir a ella para compensar la mensualidad no abonada, su existencia es para abonar posibles desperfectos o daños que se hayan producido a la vivienda tras el fin de un contrato.

Por ello no es válido dejar de pagar el último mes de alquiler para que sea asumido por la fianza. Además, cabe recordar que el propietario dispone de 30 días para devolverla tras haber reparado los daños o comprobado que la vivienda está intacta.

Aval bancario

Esta garantía, que puede equivaler a tres o seis meses de renta, es una cantidad que está pignorada en la cuenta del arrendatario, detallan en el Observatorio Español del Seguro del Alquiler.

En caso de impago el propietario puede pedir la ejecución al banco para contar con el dinero de la deuda. Pero por el alto coste económico que representa para el inquilino muchos de ellos se niegan a firmarlo.

Depósito de garantía

A diferencia del aval, que está en manos del banco, el depósito queda bajo la custodia del propietario; que lo conservará hasta la finalización del contrato.

Por lo general el monto pactado es de dos mensualidades, lo que ayuda a paliar una situación de impago pero temporalmente.

Además se suele firmar cuando se alquilan viviendas de alta gama, o que tienen bienes como muebles u obras de arte muy valiosas.

Garantía de cobro

Hay inmobiliarias que cobran una comisión al propietario a cambio de ofrecerle una garantía de cobro.

En caso de impago, la empresa se compromete a abonar las mensualidades pendientes y a ordenar el deshaucio.

Hay varias situaciones que pueden derivar en el impago del alquiler. Foto Life Style Memory

Seguro de impago

Este seguro es una de las opciones que más está creciendo entre los propietarios. Además de cubrir posibles impagos también protegen al propietario de posibles daños en la vivienda y de los gastos legales en caso de una demanda de desahucio.

El seguro de impago es contratado por el propietario, pero puede pactar el pago con el inquilino

Si bien la contratación es del arrendador es posible que el pago se pacte con el inquilino; lo que representa un gasto más accesible que el aval bancario o el depósito.

Estudio de solvencia

Antes de firmar el contrato el propietario puede solicitar las últimas nóminas del inquilino para ver su solidez económica.

Y si persisten las dudas, puede consultar registros como el Fichero de Inquilinos Morosos para saber si antes había tenido una situación de impago.

Seguro del hogar

Este no cubre deudas de la renta mensual, pero sirve para tener un respaldo por posibles daños en la propiedad.

Cabe puntualizar que el seguro paga destrozos cuando son causados por mala fe, no en aquellos electrodomésticos e infraestructuras que se deterioran por el paso del tiempo.

Garantía de inquilino

Este es un producto nuevo, que comercializa Idealista Seguro con Aserta España, y permite que los inquilinos puedan tener más facilidades frente a las exigencias de los propietarios.

Con esta garantía se asegura el cobro del alquiler por hasta 12 mensualidades, y cobrando en los primeros cinco días de la reclamación.

La pega es que es un coste que tiene que asumir el inquilino, aunque más accesible que los otros tipos de depósitos y garantías que hay en el mercado.

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