PSOE y ERC culminan la rebaja de la malversación que piden Junqueras y Puigdemont

Proponen rebajar a 4 años de prisión las penas del delito de malversación para desvío presupuestario del patrimonio público que dañe el "servicio público"

El portavoz de ERC, Gabriel Rufián, de pie, entregando a Sánchez un ejemplar del libro de cuentos escrito por Junqueras en prisión en diciembre de 2020. Foto: EFE/Ballesteros

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El grupo socialista y Esquerra Republicana han llegado a un acuerdo para rebajar las penas del delito de malversación de 1 a 4 años de prisión como máximo e inhabilitación especial de 2 a 6 años cuando con el desvío presupuestario del patrimonio público se cause un “daño o entorpecimiento grave del servicio público”. Hasta ahora, el Código Penal contempla penas de cárcel de hasta 8 años para la malversación o 12 años con agravantes, y no diferencia entre si se ha producido o no ánimo de lucro.

En concreto, PSOE y ERC han firmado, sin Unidas Podemos, una enmienda transaccional reformando la enmienda presentada inicialmente por ERC sobre la malversación a la proposición de ley de reforma del Código Penal. Esta transaccional establece tres tipos de conductas castigadas por malversación.

Aunque Unidas Podemos no firma el texto, la enmienda de PSOE y ERC ha contado con su voto a favor en la Comisión de Justicia del Congreso, el cual era necesario para que saliera adelante esta modificación. También han reunido suficientes votos el resto de enmiendas transaccionales incluidas en el informe de la ponencia aprobado.

Tres tipos de conductas penadas por malversación

La primera de las conductas penadas por malversación, la apropiación o intento de apropiación de patrimonio público, con ánimo de lucro, para el enriquecimiento personal o de terceros, integra la conducta más grave y contiene varios agravantes. Este caso contempla penas de 2 a 6 años de prisión, aunque podrían llegar hasta los 8 años en los casos más graves.

En segundo lugar, se tipifica un tipo de malversación por el uso temporal de patrimonio público para uso privado, delito que tendría entre 6 meses y 3 años de prisión e inhabilitación de 1 a 4 años. Se concreta además que el uso temporal del patrimonio público sea para un uso «privado», y no «particular» o «ajeno a la función pública».

Y, por último, un tercer tipo, en el que podrían estar los líderes del procés, provocado por dar al patrimonio público una aplicación distinta a aquella a la que estaba presupuestado, lo cual estaría penado, como se detalla anteriormente, con hasta 4 años de prisión e inhabilitación especial de 2 a 6 años.

De esta manera, se podrán beneficiar los dirigentes del procés independentista catalán condenados por malversación o pendientes de ser juzgados por este delito, entre ellos, el exvicepresidente de la Generalitat, Oriol Junqueras, y el expresidente, Carles Puigdemont. El primero fue condenado a 13 años de cárcel y 13 de inhabilitación por malversación y sedición, mientras que el segundo, al haber huido, está a la espera de ser juzgado también por ambos delitos.

Fuentes de Esquerra Republicana consideran, sin embargo, que ni siquiera el tercer tipo se correspondería con las conductas como la de organización del 1 de octubre, y «menos aún» con penas de prisión, «dado que no se produjo ningún daño ni entorpecimiento grave del servicio público».

Cristina Dolz

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