Correos, dirigido por Pedro Saura, tendrá que pagar 10.000 euros a una de sus empleadas: posible fraude en la contratación
El fallo siguió la línea marcada por el Comité Europeo de Derechos Sociales, que instó a España a elevar las indemnizaciones en casos de despido sin causa suficiente
El presidente de Correos, Pedro Saura
Una trabajadora de Correos en Sant Cugat del Vallès sufrió la precariedad laboral llevada al extremo. Durante 20 años una trabajadora de Correos en Sant Cugat del Vallès, encadenó más de 84 contratos temporales ejerciendo siempre funciones similares bajo el paraguas del III Convenio Colectivo.
Su vida laboral estuvo marcada por la incertidumbre, aunque las tareas se repetían, nunca hubo una continuidad real en la relación contractual.
El modelo utilizado por Correos pone el foco en un problema ampliamente extendido en sectores públicos; el uso sistemático de contratos temporales para cubrir funciones estructurales. Si bien esto es legal en situaciones puntuales, la reiteración durante décadas puede constituir un fraude en la contratación, camuflando lo que debería ser una plaza fija.
La jurisprudencia laboral denomina este fenómeno como la “unidad esencial del vínculo”, utilizado por los tribunales para revisar los años realmente prestados y, en consecuencia, el derecho a indemnizaciones ante despidos.
La protagonista del caso, además, se enfrentó a dificultades de conciliación familiar. En 2022, solicitó por escrito a Recursos Humanos trabajar sólo en turno de mañana para atender necesidades derivadas del nacimiento de su hijo.
Correos la declaró no disponible en las bolsas de empleo, y aparecieron nuevas irregularidades, contratos adjudicados a personas fuera de la bolsa y peticiones reiteradas de adaptación de jornada que no prosperaron.
Correos: Un despido improcedente
El final de esta historia se produjo en mayo de 2023, cuando Correos notificó el fin de su último contrato, dando por acabada la relación laboral.
Ante esta situación, la trabajadora demandó a la empresa por despido improcedente, reclamando la totalidad de su vida laboral para el cálculo de la indemnización.
El argumento era firme: si has trabajado de forma continuada para una empresa durante 20 años, desempeñando las mismas funciones, la ley debería protegerte como indefinida, no como “eventual perpetua”.
El caso llegó al Juzgado de lo Social número 2 de Terrassa, que en primera instancia reconoció la improcedencia del despido y ofreció a Correos la opción de readmitir a la empleada o indemnizar con apenas 949 euros.
La afectada recurrió entonces ante el Tribunal Superior de Justicia de Cataluña (TSJC), que analizó la cadena de contratos y las interrupciones para fijar la fecha efectiva de antigüedad desde el 3 de abril de 2018, después de la baja maternal, pero ignorando interrupciones anteriores que la empresa consideró relevantes.
Finalmente, la Sala rechazó que las solicitudes de conciliación familiar estuvieran detrás del despido, dado que hubo contrataciones posteriores a dichas peticiones.
El despido fue ratificado como improcedente, pero no nulo, y la indemnización recalculada en 9.810 euros. Esta cifra es notablemente superior a la inicial, aunque no cubre toda la expectativa de la afectada, que buscaba reconocimiento de toda la antigüedad acumulada.
El fallo siguió la línea marcada por el Comité Europeo de Derechos Sociales, que instó a España a elevar las indemnizaciones en casos de despido sin causa suficiente.
La tendencia empieza a reflejarse en otras sentencias similares, como la de un juzgado de Guadalajara que otorgó 10.000 euros de indemnización adicional por daños y perjuicios en despido improcedente a un trabajador de corta antigüedad. Se reconoce así que la legislación vigente muchas veces no protege adecuadamente al trabajador ante abusos empresariales de la temporalidad.
El impacto social y legal: ¿fin del abuso contractual?
El caso de esta trabajadora de Correos no es solo una historia personal, arroja luz a una práctica común en España; el uso abusivo de contratos temporales para cubrir necesidades estructurales.
El sector público no es ajeno a este problema, tal y como señalan sindicatos y juristas. Numerosos trabajadores temporales llevan décadas encadenando contratos por días, meses o campañas, sin acceder jamás a la estabilidad de una plaza fija.
En el ámbito legislativo, el Tribunal Supremo y tribunales europeos insisten: cuando una empresa utiliza el mismo puesto y funciones durante años a través de contratos temporales concatenados, se trata de un vínculo indefinido, y el despido debe ser tratado como tal.