El Tribunal Supremo revoluciona los despidos: ahora las empresas deberán convocar una audiencia previa

El Supremo obliga a las empresas a ofrecer una audiencia previa al trabajador antes de ejecutar un despido disciplinario, marcando un cambio histórico en la legislación laboral española

El Supremo obliga a las empresas a ofrecer una audiencia previa al trabajador antes de ejecutar un despido disciplinario, marcando un cambio histórico en la legislación laboral española

El Supremo obliga a las empresas a ofrecer una audiencia previa al trabajador antes de ejecutar un despido disciplinario, marcando un cambio histórico en la legislación laboral española

En una sentencia histórica, el Tribunal Supremo ha dado un giro radical a su doctrina sobre los despidos disciplinarios. Por primera vez, el Alto Tribunal exige que las empresas convoquen un trámite de audiencia previa antes de despedir a un trabajador, permitiéndole defenderse de las acusaciones que se le imputan. Esta decisión, unánime en la Sala de lo Social, supone un refuerzo sustancial del derecho de defensa del empleado.

Un cambio necesario: de la carta al diálogo

Hasta ahora, muchas empresas podían despedir a sus empleados con una simple carta disciplinaria, sin ofrecerles la oportunidad de explicar su versión de los hechos. Pero la sentencia 1.250/2024 del 18 de noviembre del Supremo modifica esta práctica: obliga a las compañías a abrir un procedimiento previo en el que el trabajador pueda conocer los cargos en su contra y responder a ellos.

El fundamento legal de esta obligación se basa en el artículo 7 del Convenio 158 de la Organización Internacional del Trabajo (OIT), vigente en España desde 1986. Según el Supremo, ese precepto obliga a dar la oportunidad de defensa “a menos que no pueda pedirse razonablemente al empleador”. De esta forma, el Tribunal Supremo adapta su interpretación a los cambios del ordenamiento jurídico actual, teniendo en cuenta la Ley de Tratados Internacionales y la doctrina constitucional.

No todos los despidos anteriores se verán afectados. El Supremo aclara que la obligación de audiencia previa será exigible solo para despidos que se inicien después de la publicación de la sentencia, por lo que los despidos ya ejecutados antes de ese momento no están retroactivamente obligados a cumplir este trámite.

La sentencia se dictó en un caso concreto: el despido disciplinario de un profesor de la Fundació Escola Superior d’Art Dramàtic de Baleares, denunciado por alumnos por comportamientos inapropiados. Con ese precedente, el Supremo ha aprovechado ese supuesto para fijar una regla general aplicable a otros despidos disciplinarios futuros.

¿Cómo funciona la audiencia previa?

Según explican expertos en derecho laboral, la audiencia previa obligará a las empresas a notificar por escrito al trabajador las acusaciones concretas, dar un plazo para que presente alegaciones y valorar esas respuestas antes de decidir el despido.

No se trata de una mediación ni de un trámite conciliatorio, sino de una garantía jurídica para que el empleado pueda defenderse formalmente. Si la empresa no convoca esta audiencia previa y despide de forma disciplinaria, el despido podría considerarse improcedente, lo que implicaría consecuencias legales y económicas para la compañía.

Tribunal Supremo. Foto: Asociación de la Prensa de Madrid.
Tribunal Supremo. Foto: Asociación de la Prensa de Madrid.

Los sindicatos han valorado positivamente la sentencia, ya que refuerza los derechos de los trabajadores. Por su parte, algunas asesorías legales advierten de que este nuevo requisito puede ralentizar los procesos de despido, especialmente en empresas con muchos empleados. Además, desde ciertos despachos se apunta que podría ser necesario reformar el Estatuto de los Trabajadores para acomodar este cambio doctrinal y dar mayor seguridad jurídica tanto a empleadores como a trabajadores.

Importancia laboral y social

Este fallo marca un antes y un después en las relaciones laborales en España. El despido disciplinario deja de ser un acto unilateral y potencialmente arbitrario: el trabajador tiene derecho a contradecir los cargos antes de que su contrato sea rescindido. Se refuerza así el principio de defensa, uno de los pilares fundamentales en derecho laboral.

Para muchas personas, esto supone una protección adicional: ya no bastará con que la empresa diga “te despido”, sino que deberá explicitar sus motivos, escuchar al trabajador y fundamentar la decisión final. Este mecanismo puede evitar despidos abusivos y asegurar que las decisiones empresariales se toman con más transparencia.

La reciente sentencia del Tribunal Supremo que impone la audiencia previa antes del despido disciplinario representa un cambio profundo en la forma de gestionar las salidas de los empleados. La palabra clave aquí es despido: ya no podrá llevarse a cabo sin ofrecer al trabajador la oportunidad de defenderse. Una revolución jurídica en favor del equilibrio entre empresa y empleado, que refuerza el derecho a la defensa y exige más responsabilidad a las compañías antes de tomar una decisión tan drástica como extinguir un contrato.

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