Atención parados mayores de 52 años: el SEPE cortará el subsidio si no presentas la declaración de rentas
Una obligación anual que puede dejar sin ayuda a miles de beneficiarios si no se cumple a tiempo
Los sindicatos solicitan al Gobierno medidas urgentes para acabar con la saturación del SEPE
Los desempleados mayores de 52 años que perciben el subsidio específico del SEPE deberán extremar la atención a sus trámites, porque un descuido puede dejarles sin cobrar durante meses o incluso suponer la pérdida definitiva de la ayuda. El organismo público ha recordado que la renovación anual mediante la declaración de rentas es un requisito imprescindible, y que su ausencia provoca la suspensión automática del subsidio, con efectos inmediatos.
Esta declaración anual no consiste solo en firmar un documento, sino en aportar la información y la documentación necesaria para acreditar que se cumplen todos los requisitos económicos. El SEPE revisa ingresos, posibles rentas extraordinarias o variaciones patrimoniales, y si detecta que en algún momento del año el beneficiario superó los límites establecidos, actúa de oficio para ajustar las cantidades.
Esta obligación afecta a todos los beneficiarios del subsidio para mayores de 52 años, una ayuda que garantiza ingresos mínimos a quienes ya han agotado otras prestaciones y se encuentran en una fase de especial vulnerabilidad laboral.
Un subsidio vital para quienes siguen en paro a las puertas de la jubilación
El subsidio para mayores de 52 años se ha convertido en uno de los pilares del sistema de protección por desempleo en España, ya que permite a miles de personas con dificultades de reinserción laboral mantener ingresos mientras cotizan para su futura jubilación. A diferencia de otros subsidios, esta ayuda se prolonga hasta que el beneficiario logra trabajo o cumple la edad ordinaria de retiro.
Para poder acceder a esta prestación es necesario cumplir condiciones estrictas, como haber agotado previamente el paro, mantenerse inscrito como demandante de empleo y no superar un umbral de rentas personales. El control de estas rentas es precisamente el motivo por el que el SEPE exige la declaración anual: se trata de verificar que la persona sigue cumpliendo los requisitos que justificaron la concesión inicial.
Los expertos en derecho laboral recuerdan que este subsidio no es automático, y que cualquier cambio económico debe comunicarse de inmediato. Una herencia, un alquiler temporal o incluso un rendimiento puntual pueden hacer que el beneficiario supere los límites legales, lo que obliga al SEPE a actuar.
Plazos estrictos: quince días hábiles para entregar la declaración anual
El SEPE establece un plazo muy concreto para presentar la declaración de rentas, fijado en los quince días hábiles posteriores a la fecha en la que se cumplen los doce meses desde la concesión o última reanudación del subsidio. Esto significa que cada beneficiario tiene una fecha distinta, y debe estar atento a su expediente para no cometer errores.
Si la declaración no se presenta dentro de ese plazo, el subsidio se suspende automáticamente, sin necesidad de que el SEPE emita una resolución previa. Esta suspensión no es un castigo simbólico: implica que la persona deja de cobrar la ayuda y que deberá reanudarla posteriormente si sigue cumpliendo los requisitos.
El problema es que muchos beneficiarios desconocen que el retraso puede desencadenar otros efectos, como el inicio de procedimientos sancionadores o la obligación de devolver cantidades percibidas de forma indebida. El organismo recalca que la responsabilidad recae totalmente en el beneficiario, que debe controlar los plazos.

Qué ocurre si se superan las rentas: suspensiones, ajustes y devoluciones
La normativa del subsidio exige que el beneficiario no supere un nivel determinado de ingresos, calculado sobre el 75% del Salario Mínimo Interprofesional en cómputo mensual. Cualquier cantidad superior, incluso si se produce solo durante un mes, implica la pérdida temporal del derecho.
Si el SEPE detecta que el beneficiario superó ese límite durante el año anterior, suspenderá la ayuda desde la fecha en que se produjo el incumplimiento. Si más adelante vuelve a cumplir los requisitos, podrá reanudarla, pero siempre con regularización previa de lo cobrado indebidamente.
Cuando el exceso de rentas afecta a todo el periodo y no existe posibilidad de reanudar la prestación, el SEPE reclamará la devolución total de las cantidades. Además, el organismo puede abrir un expediente sancionador si considera que el beneficiario ocultó información, lo que aumenta la preocupación entre quienes dependen de esta ayuda.
La declaración de la Renta 2025: un cambio histórico para desempleados y perceptores de subsidios
Además de la declaración anual de rentas, los parados deberán prepararse para otra novedad importante: a partir del ejercicio fiscal 2025, todas las personas que cobren prestaciones o subsidios por desempleo tendrán la obligación de presentar declaración del IRPF.
Esta obligación estaba prevista inicialmente para 2024, pero un informe del Ministerio de Trabajo decidió retrasarla por motivos de seguridad jurídica. En consecuencia, será la declaración de 2026 —correspondiente al ejercicio 2025— la primera en la que todos los perceptores de prestaciones deberán rendir cuentas con Hacienda.
Con esta medida, la Agencia Tributaria busca unificar criterios y equiparar a los perceptores de ayudas a otros contribuyentes, ya que hasta ahora muchos parados no tenían obligación de presentar la declaración por no superar los mínimos establecidos. Esto supone un cambio relevante para miles de hogares.
Hacienda recuerda: el Ingreso Mínimo Vital también exige declarar
La Agencia Tributaria ha reiterado que los beneficiarios del Ingreso Mínimo Vital ya estaban obligados a presentar la declaración, independientemente de sus ingresos. Esta obligación se mantiene y se extiende de hecho a cualquier persona de la unidad de convivencia, convirtiéndose en un requisito indispensable para conservar la ayuda.
El objetivo de esta obligación es garantizar la transparencia y el control de los recursos públicos, evitando situaciones en las que los beneficiarios acumulen rentas no declaradas. En el caso del subsidio de mayores de 52 años, la declaración de IRPF permitirá al SEPE y a Hacienda contrastar información automáticamente.
Los expertos consideran que estas nuevas exigencias aumentarán los trámites burocráticos, pero también aportarán más claridad al sistema y reducirán los casos de cobro indebido.