La justicia de EEUU ratifica la condena a España por un laudo de 41 millones a Blasket Renewable

La demanda fue iniciada en 2014 por las empresas afectadas a través del Centro Internacional de Arreglo de Diferencias Relativas a Inversiones (CIADI) del Banco Mundial

Archivo – Vista general del Capitolio, sede de la Cámara de Representantes y el Senado de Estados Unidos (EEUU).

El Tribunal del Distrito de Columbia ha emitido una sentencia definitiva contra el Reino de España, ratificando la condena por impagos en el denominado ‘caso Infrared’ y elevando la indemnización pendiente a 41,1 millones de euros (47,6 millones de dólares).

La resolución obliga al pago del laudo arbitral emitido originalmente en agosto de 2019, el cual quedó pendiente tras años de litigios y recursos presentados por la Abogacía del Estado en España.

La demanda fue iniciada en 2014 por las empresas afectadas a través del Centro Internacional de Arreglo de Diferencias Relativas a Inversiones (CIADI) del Banco Mundial, después de sufrir una reversión retroactiva de las primas a plantas solares ubicadas en Andalucía y Extremadura, que les generó importantes pérdidas económicas.

En total, el monto reclamado superaba los 75,7 millones de euros, pero tras la complejidad legal, la cifra se ajustó inicialmente a una compensación menor, que ahora con la sentencia estadounidense aumenta por concepto de intereses y costes legales adicionales

La confirmación del laudo tras el proceso judicial

Tras un largo proceso lleno de retrasos, revisiones y tentativas de anulación del fallo arbitral por parte del Estado español, el recurso fue definitivamente desestimado en 2022.

Sin embargo, España no cumplió voluntariamente el pago, lo que llevó a los acreedores a registrar el laudo ante la justicia estadounidense para su ejecución.

El juez John D. Bates, en su sentencia del 24 de noviembre de 2025, confirmó la validez y la exigibilidad del laudo arbitral, rechazando los argumentos de inmunidad soberana invocados por España.

El tribunal especificó que la ejecución del laudo debe realizarse con la misma fuerza y efectos que una sentencia judicial definitiva en territorios de EE.UU

La decisión significa que si España no realiza el pago voluntariamente, se pueden aplicar procedimientos de embargo e incautación sobre activos comerciales españoles en Estados Unidos para garantizar el cobro de la indemnización pendiente.

El caso Infrared se suma a otros seis procedimientos similares que la justicia estadounidense ha reconocido y registrado recientemente, con montos que en conjunto ascienden a más de 691 millones de euros por impagos en primas renovables, una problemática que ha generado tensión entre los inversores internacionales y la administración española.

 En Australia otro tribunal federal ha dictado una sentencia similar que ordena a España a pagar 469 millones de euros por otros cuatro laudos arbitrales, rechazando los argumentos de inmunidad soberana y señalando que ni la Comisión Europea pudo justificar su intervención.

Inicio del proceso formal de rastreo de bienes

Ante la acumulación de impagos de forma reiterada, las empresas afectadas por los impagos de las renovables iniciaron en las últimas semanas el proceso formal de rastreo de bienes (doscovery order) de España en EEUU, para reclamar el embargo e incautación de los mismos a través de distintos mecanismos aplicables por la justicia del país norteamericano a países u organizaciones que incurren en situaciones de morosidad e incumplimiento de decisiones judiciales.

En paralelo, la ofensiva judicial de los inversores también avanza en Australia. El pasado 29 de agosto, el Tribunal Federal de ese país dictó una sentencia histórica que ordena la ejecución de cuatro laudos arbitrales de las renovables por un importe total de 469 millones de euros contra el Reino de España.

El juez Stewart rechazó los argumentos de inmunidad soberana presentados por el Estado español y avaló íntegramente las reclamaciones de los demandantes, que incluyen a RREEF, 9REN, Watkins y NextEra.

La resolución impone además costas procesales a España e incluso a la Comisión Europea, cuya intervención fue desestimada.

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