La Justicia obliga a ofrecer el castellano en la selectividad catalana

El TSJC recuerda que el TC ya dictaminó que no se puede justificar la "imposición estatutaria" del uso preferente del catalán en detrimento del castellano

Imagen de archivo de unos alumnos / EFE

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El Tribunal Superior de Justicia de Cataluña (TSJC) ha acordado que las Pruebas de Acceso Universitario de Cataluña se ofrecerán en catalán, castellano y aranés, al considerar que la elección de la lengua de los enunciados de examen de la selectividad «no puede venir determinada por la administración».

Hasta ahora, los exámenes se ofrecían en catalán por defecto y, sólo si el alumno lo pedía explícitamente, se le ofrecía un examen cuyos enunciados fueran en castellano, tal y como quedaba reflejado en el artículo 1.2.2. las instrucciones del Consejo Interuniversitario que contaba con el apoyo de la Generalitat.

El Tribunal ha anulado dicho artículo a petición la Asamblea por una escuela bilingüe de Cataluña. La plataforma lo había recurrido, denunciando que el procedimiento actual sitúa a los alumnos que quieren llevar a cabo la selectividad en otra lengua en una situación de vulnerabilidad, ya que «disponen de menos tiempo».

Los jueces, por su parte, han dado un carácter urgente a la derogación del artículo que conformaba el sistema de reparto de pruebas actual debido a que este año comenzarán en menos de 24 horas. Por tanto, los alumnos que hagan la selectividad a partir de mañana ya podrán elegirla lengua en la que llevar a cabo sus exámenes entre el castellano, el catalán y el aranés, las tres cooficiales de la comunidad.

El TSJC, además, ha destacado también que el Tribunal Constitucional ya recordó a la Generalitat que el hecho de que el catalán sea la lengua propia de Cataluña «no puede justificar la imposición estatutaria del uso preferente de aquella lengua, en detrimento del castellano, también lengua oficial en la Comunidad Autónoma, por las administraciones públicas». Lo mismo ocurre, argumenta, con el aranés.

«La lengua oficial está configurada como un derecho subjetivo: El derecho de los ciudadanos a utilizar el idioma de su elección, y a relacionarse con los poderes públicos y la Administración imponiendo su opción, y no a la inversa, sentencia el TSJC.

Esta nueva disposición, no obstante, no afectará a las asignaturas relacionadas con lengua y literatura, tanto castellana como catalana, cuyos enunciados en los exámenes estarán escritos en sus respectivas lenguas, así como en las asignaturas correspondientes a lenguas extranjeras, como el inglés, francés, alemán o italiano, que serán entregados en la lengua del ejercicio».

Andoni Berná Calvo

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