Seis meses de prisión y más de 1.000 € de multa por una baja falsa en el trabajo

El Tribunal Supremo confirma la condena a un trabajador por falsedad en documento oficial tras manipular un parte médico para prolongar su ausencia y seguir cobrando el sueldo

Mazo de madera de juez utilizado en los juicios

Mazo de madera de juez utilizado en los juicios. Foto: Freepik

El Tribunal Supremo ha ratificado una condena de seis meses de cárcel y más de 1.000 euros de multa a un ciudadano que falsificó un parte médico para justificar una ausencia laboral. El alto tribunal considera que el trabajador cometió un delito de falsedad en documento oficial, al alterar un documento sanitario con el objetivo de mantener su salario pese a no acudir al trabajo.

La sentencia pone fin a un proceso judicial que comenzó tras la investigación de una baja médica sospechosa en una empresa catalana. El caso, aparentemente menor, ha sentado un precedente importante: la manipulación de un parte de incapacidad temporal (IT), incluso cuando se envía por medios telemáticos, se considera falsificación de un documento público y, por tanto, tiene consecuencias penales graves.

Un día de gastroenteritis que se convirtió en un delito

Los hechos se remontan a junio de 2021, cuando el trabajador acudió a su Centro de Atención Primaria (CAP) aquejado de una gastroenteritis. El médico le concedió una baja médica de un día, con el correspondiente parte de baja y alta, que el empleado remitió correctamente a su empresa por correo electrónico.

Sin embargo, al día siguiente decidió no reincorporarse al trabajo y prolongar su baja sin autorización médica. Para ello, manipuló el parte original, creando un nuevo documento en el que alteró las fechas y añadió anotaciones falsas para hacer creer que la incapacidad se extendía durante más días.

El trabajador envió el documento falsificado a su empleador, alegando que había sufrido una recaída. Al advertir errores en la primera versión del documento manipulado, llegó incluso a elaborar una segunda versión falsa, en la que modificó nuevamente los datos médicos y volvió a enviarla por correo electrónico.

Del engaño laboral al delito penal

El caso fue denunciado y llegó al Juzgado de lo Penal número 3 de Granollers, que en su día condenó al trabajador por falsedad en documento oficial y un delito leve de estafa. El fallo imponía seis meses de prisión, además de una multa de seis meses con cuotas diarias de seis euros, lo que suma más de 1.000 euros.

El juez consideró probado que el acusado había fabricado un documento médico falso con el único propósito de cobrar un salario que no le correspondía, aprovechando la confianza de su empresa y el sistema administrativo de la Seguridad Social.

No obstante, el condenado recurrió la sentencia ante la Audiencia Provincial de Barcelona, que revocó la condena y le absolvió. El tribunal provincial entendió que, al tratarse de una copia escaneada del documento original, no podía determinarse con certeza si la falsificación afectaba a un documento oficial o a una simple copia privada.

Detalle de la toga de un juez. Foto EFE-Biel Aliño
Detalle de la toga de un juez. Foto EFE-Biel Aliño

El Supremo corrige y endurece el criterio

La historia no terminó ahí. El Ministerio Fiscal recurrió en casación ante el Tribunal Supremo, alegando que el documento falsificado debía considerarse oficial “por destino”, es decir, por su finalidad de ser presentado ante una administración pública. El Supremo dio la razón a la Fiscalía y restableció la condena inicial, dejando claro que el tipo penal no depende del soporte material, sino del carácter del documento que se pretende simular.

El parte de baja médica es un documento oficial, generado administrativamente, aunque se transmita por medios telemáticos”, subraya la sentencia. El tribunal añade que la falsificación no pierde su gravedad por tratarse de una copia escaneada o una reproducción digital, ya que lo que se manipula no es la copia, sino la credibilidad del documento original.

El Supremo ha introducido además un concepto clave: el documento oficial por destino. Según los magistrados, aunque el documento haya sido creado por un particular, si su finalidad es tener efectos ante una administración pública, como en este caso la Seguridad Social, adquiere automáticamente la categoría de documento oficial.

Es decir, falsificar una baja médica no es una simple mentira laboral, sino un intento de engañar al Estado y alterar los registros de la Seguridad Social, lo que lo convierte en un delito penal grave. El alto tribunal lo deja claro: “Cuando mediante una reproducción se simula un documento oficial, la falsedad se refiere al tipo de documento simulado, no al medio empleado. Lo que se falsifica no es la fotocopia, sino el propio documento oficial que se pretende imitar”.

Consecuencias ejemplares y advertencia judicial

La decisión del Supremo marca un aviso contundente a trabajadores y empresas. Alterar o fabricar un parte médico falso, aunque sea para justificar un solo día de ausencia, puede acarrear cárcel y antecedentes penales.

Los jueces insisten en que este tipo de conductas dañan la confianza en el sistema sanitario y laboral, además de generar perjuicios económicos tanto para la empresa como para la Seguridad Social. “El fraude documental, aunque de pequeña escala, erosiona la fiabilidad del sistema administrativo”, señala el fallo.

Además, la sentencia abre la puerta a que casos similares puedan ser perseguidos con mayor rigor en el futuro, especialmente en un contexto donde las bajas médicas se gestionan de forma electrónica y las copias digitales pueden manipularse fácilmente.

Una lección sobre ética laboral y digital

Más allá de la condena, el caso refleja los riesgos del mal uso de la tecnología en el ámbito laboral. Con la digitalización de los procesos administrativos, los intentos de falsificación se han multiplicado, pero también las herramientas para detectarlos.

El Tribunal Supremo recuerda que los documentos digitales tienen el mismo valor legal que los físicos y, por tanto, su falsificación se castiga con la misma severidad.

La resolución, firme y sin posibilidad de recurso, concluye con la condena definitiva del trabajador a seis meses de prisión y multa, además de su inclusión en el registro de antecedentes penales. Un recordatorio de que un engaño aparentemente pequeño puede convertirse en un delito grave cuando se intenta burlar al sistema público.

En definitiva, el fallo del Supremo deja una enseñanza clara: la ética laboral y la integridad documental siguen siendo pilares fundamentales en la era digital, y falsificar una baja médica, aunque parezca algo menor, puede costar caro: el trabajo, la reputación y la libertad.

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Alba Carbajal

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