Shakira envuelta en una nueva polémica: así queda la reclamación por su canción con Bizarrap

La cantante otra vez en el foco mediático

La cantante Shakira a su llegada a la Audiencia de Barcelona. EFE/Enric Fontcuberta

La cantante Shakira a su llegada a la Audiencia de Barcelona. EFE/Enric Fontcuberta

La Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia (CNMC) ha decidido archivar la reclamación presentada contra la canción “Shakira: BZRP Music Sessions, Vol. 53”, uno de los mayores éxitos recientes de la música latina, tras considerar que no existe incitación manifiesta a la discriminación por razón de sexo en su contenido. La decisión, adoptada por la Sala de Supervisión Regulatoria de la CNMC, pone fin a la vía administrativa para este caso.

Shakira y Gerard Piqué durante un partido. EFE/Andreu Dalmau
Shakira y Gerard Piqué durante un partido. EFE/Andreu Dalmau

La reclamación fue presentada por un particular el 18 de enero de 2023, una semana después del lanzamiento de la canción. El denunciante señalaba de forma específica la frase “Las mujeres ya no lloran, las mujeres facturan”, interpretando que la misma, al empoderar al sexo femenino, confirmaba una supuesta situación de discriminación hacia los hombres

Según el reclamante, la letra podía incitar a la discriminación prohibida por el artículo 4.2 de la Ley 13/2022, General de Comunicación Audiovisual (LGCA), que prohíbe la incitación a la violencia, odio o discriminación por motivos como sexo, edad, raza u orientación sexual.

La denuncia se amplió posteriormente, citando la presencia de la canción y su frase en plataformas como YouTube, la web oficial de Shakira, el programa televisivo “Y ahora Sonsoles” y la gala de los Premios Feroz, donde la actriz Bárbara Santa-Cruz repitió la expresión durante su monólogo.

La CNMC da la razón a Shakira

La CNMC, tras analizar la reclamación, determinó que los servicios donde se aloja el contenido (YouTube, la web de Shakira y los canales de los Premios Feroz) no están sujetos a la supervisión de la CNMC por no estar establecidos en España o no alcanzar los umbrales de audiencia significativos requeridos por la ley. 

Además, en el caso de la Asociación de Informadores Cinematográficos de España (organizadora de los Premios Feroz), su canal de YouTube está exento por tratarse de autopromoción de actividades asociativa.

En cuanto al fondo del asunto, la CNMC recordó que para considerar una infracción muy grave bajo el artículo 157.1 de la LGCA, la incitación a la discriminación debe ser “manifiesta”, es decir, patente y clara, y tener capacidad de influir en terceras personas para generar odio o menosprecio

La Sala subrayó que no debe confundirse la sensibilidad personal o el gusto por un contenido polémico con una infracción legal. En este caso, no se apreció que la canción incitara de forma manifiesta a la discriminación por razón de sexo.

Un himno

La canción se convirtió rápidamente en un fenómeno global, batiendo récords de visualizaciones en YouTube y generando intensos debates en redes sociales y medios de comunicación.

Su letra, cargada de referencias indirectas a la ruptura de Shakira con el exfutbolista Gerard Piqué, fue calificada por la crítica como un “himno de venganza” y un relanzamiento de la carrera de la artista

El tema causó discusiones jurídicas y de derechos de imagen, especialmente por sus alusiones a marcas comerciales y personas, aunque los expertos coinciden en que la letra no identifica de manera inequívoca a terceros y está amparada por la libertad artística.

De hecho, los propios autores revelaron que la letra fue revisada y suavizada para evitar posibles demandas legales por parte de Piqué y su entorno.


Historias como esta, en su bandeja de entrada cada mañana.

O apúntese a nuestro  canal de Whatsapp

Deja una respuesta