El aviso de la Seguridad Social si cobras la pensión mínima

Te explicamos cuál es el último aviso que ha lanzado la Seguridad Social para aquellos que cobran el complemento a mínimos

El ministro de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones, José Luis Escrivá, durante la rueda de prensa posterior al Consejo de ministros extraordinario celebrado este jueves para aprobar la reforma de las pensiones. EFE/ Mariscal.

El ministro de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones, José Luis Escrivá, durante la rueda de prensa posterior al Consejo de ministros extraordinario celebrado este jueves para aprobar la reforma de las pensiones. EFE/ Mariscal.

Recibe nuestra newsletter diaria

O síguenos en nuestro  canal de Whatsapp

La Seguridad Social ha lanzado un importante a aviso a todos aquellos que cobran la pensión mínima. En concreto, a aquellos que estén cobrando la pensión más baja por jubilación, viudedad, orfandad, incapacidad permanente o en favor de familiares.

Aquellos pensionistas que no alcancen la pensión mínima, pueden solicitar el complemento a mínimos, una ayuda que ofrece el organismo para beneficiar a los más vulnerables y a los que no llegan a cobrar la pensión mínima. No obstante, es muy importante no olvidar presentar una declaración de rentas para no dejar de percibirlo.

Y es que, para recibir dicho complemento, es imprescindible no superar unas rentas anuales y debe demostrarse para que la Seguridad Social para que determine si el pensionista puede seguir dicha ayuda. La cuantía del complemento a mínimos es de un máximo de 454 euros al mes en 2023, aunque dependerá del cada caso y de la situación económica del pensionista.

¿Cuándo se tiene que comunicar?

Todos los pensionistas, residentes en España, que perciban el complemento a mínimos y tengan previsto en 2023 recibir ingresos por encima de 8.614 euros al año, deberán informar a la Seguridad Social sobre su nivel de rentas antes del 31 de marzo. También aquellos que, con cónyuge a cargo, tengan previsto ingresar 10.048 euros anuales.

Dinero. Pixabay.

El resto de pensionistas con complementos a mínimos que no cumplan estas condiciones, no tienen la obligación de declarar sus ingresos a la Seguridad Social.

Así puedes notificar los cambios

Para notificar estos cambios, el pensionista puede hacerlo a través de la Sede Electrónica de la Seguridad Social o a través del Portal Tu Seguridad Social, en el apartado “Gestiona tu prestación”. Para ello, es indispensable disponer de un certificado digital, DNI electrónico o cl@ve. 

Una vez cumplimentado y firmado el formulario correspondiente por el propio pensionista, puede ser enviado por correo ordinario o bien presentarlo en cualquiera de los Centros de Atención e Información de la Seguridad Social (CAISS).

Economía Digital

Recibe nuestra newsletter diaria

O síguenos en nuestro  canal de Whatsapp