Condena a Convergència y cárcel para su extesorero por el caso Palau

El extesorero de CDC Daniel Osàcar ha sido condenado a cuatro años y y cinco meses de cárcel y el partido deberá pagar 6,6 millones de euros de indemnización

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El extesorero de Convergència Daniel Osàcar ha sido condenado a cuatro años y cinco meses de cárcel por el caso Palau. Además, el partido deberá abonar un decomiso de más de 6,6 millones de euros por los beneficios obtenidos ilegalmente a través del Palau de la Música, según se establece en la sentencia que se ha entregado a los acusados este lunes.

Osàcar ha sido condenado por un delito continuado de tráfico de influencias, penado con once meses de prisión, y por otro de blanqueo de capitales, por el que se le ha impuesto otra pena de tres años y seis meses de prisión. En total, la condena se eleva a cuatro años y cinco meses de privación de libertad.

La pena mayor ha sido por blanqueo de capitales en concurso medial con un delito continuado de falsedad contable y en documento mercantil. Por estos cargos también se le impone una multa equivalente al duplo de la suma total blanqueada (3.796.555 euros). El tribunal ha aplicado como atenuante la dilación “extraordinaria e indebida” de la tramitación de un caso que estalló en julio de 2009, hace más de ocho años.

El tribunal también ha acordado el decomiso de los beneficios obtenidos ilegalmente por Convergència que establece en 6.676.105 euros. La sentencia considera probado que la vieja Convergència (en la actualidad, Pdecat) cobró comisiones a Ferrovial a través del Palau de la Música por la concesión de obras públicas.

La sentencia indica que Fèlix Millet y Jordi Montull, principales responsables del Palau, mediaron para el “establecimiento, mantenimiento y funcionamiento” de un sistema por el cual Ferrovial pagaba comisiones a Convergència.

Según el tribunal, Millet y Montull pactaron con el extesorero convergente Carles Torrent, ya fallecido, los importes que cobraría CDC a cambio de la adjudicación de obras públicas. Después de la muerte de Torrent en 2005, Osàcar le relevó. La sentencia indica que no se excluye la participación de otras personas del partido que “no han podido ser completamente identificadas”.

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